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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación"
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# REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación - Artículo 13

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA
- CAPÍTULO I - Disposiciones Comunes

```text
Artículo 13. Para el uso de los equipos o sistemas automatizados a que se refiere el artículo 10 de la Ley, el Auxiliar deberá designar a un administrador de usuarios, quien será responsable de:

I.	Designar a las personas que, en su calidad de usuarios, tendrán acceso a los equipos o sistema automatizados de que se trate, así como determinar sus perfiles;

II.	Designar a la persona que funja como enlace con la Tesorería para los aspectos relacionados con la operación de los equipos o sistemas automatizados de que se trate;

III.	Mantener actualizado el catálogo de usuarios que tendrán acceso a los equipos o sistemas automatizados de que se trate;

IV.	Solicitar a la Tesorería los medios de identificación electrónica para los usuarios de los equipos o sistemas automatizados de que se trate, y

V.	Las demás obligaciones que establezca la Tesorería mediante disposiciones generales que para tal efecto emita.

En caso de que los Auxiliares sean Dependencias y Entidades corresponderá a los Oficiales Mayores u homólogos fungir como administradores de usuarios, por lo que deberán cumplir con las obligaciones previstas en el párrafo anterior.

Cuando una persona física o moral sin tener el carácter de Auxiliar deba utilizar los equipos o sistemas automatizados a que se refiere este artículo tendrá las obligaciones establecidas en el párrafo primero de este artículo en lo que resulten aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación, artículo 13.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LTF.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
