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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación"
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article_label: "Artículo 5"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación - Artículo 5

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA
- CAPÍTULO I - Disposiciones Comunes

```text
Artículo 5. La Tesorería verificará, de conformidad con las disposiciones que para tal efecto emita, los reportes y la documentación comprobatoria y justificativa de las operaciones de ingreso y egreso que reciba por parte del Auxiliar y, con base en ellos y en su propio reporte, emitirá los informes que las unidades administrativas competentes de la Secretaría le requieran.

En caso de que se detecten errores u omisiones en la información de los reportes a que se refiere este artículo, la Tesorería notificará tal situación al Auxiliar correspondiente, a efecto de que éste subsane dichos errores u omisiones dentro de un plazo de cinco a quince días hábiles siguientes a dicha notificación.

Cuando los errores u omisiones no se subsanen en el plazo establecido, en términos del párrafo anterior, la Tesorería ajustará el reporte correspondiente conforme a la documentación que muestre el detalle de las operaciones efectivamente comprobadas y justificadas.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación, artículo 5.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LTF.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
