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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación"
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# REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación - Artículo 70

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA
- CAPÍTULO VI - De las Garantías

```text
Artículo 70. Para la calificación y aceptación de las garantías no fiscales cuyo beneficiario sea el Gobierno Federal, la Tesorería o el Auxiliar deben observar lo siguiente:

I.	Solicitar al deudor u obligado principal el otorgamiento de la garantía que corresponda en alguna de las formas establecidas en el artículo 48 de la Ley;

II.	Calificar la garantía otorgada para lo cual verificarán que:

a)	Se expida a favor de la “Tesorería de la Federación”;

b)	Se precise en la garantía el acto o contrato que establece la obligación principal o, en su caso, el proceso o juicio del cual derive;

c)	Sea acorde con los términos de la obligación garantizada;

d)	Su monto sea suficiente para cubrir el importe principal de la obligación garantizada y, en su caso, los accesorios causados;

e)	Se cumpla con los demás requisitos que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables a cada tipo de garantía, y

f)	Tratándose de fianza o seguro de caución, que se ajusten a los modelos aprobados por la Secretaría en términos de la Ley de Instituciones de Seguros y de Fianzas, y

III.	Aceptar la garantía cuando se cumpla con los requisitos de la fracción anterior, recibiendo los documentos constitutivos de la misma, conforme a las disposiciones generales que para tal efecto emita la Tesorería.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación, artículo 70.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LTF.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
