---
regulation_key: "Reg_LTF"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "81"
article_label: "Artículo 81"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LTF"
canonical_path: "/Reg_LTF/articulo/81/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación - Artículo 81

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LAS FUNCIONES DE TESORERÍA
- CAPÍTULO VI - De las Garantías

```text
Artículo 81. La Tesorería o el Auxiliar que haya aceptado la garantía procederá a su cancelación, conforme a lo dispuesto en las disposiciones jurídicas aplicables, en los supuestos siguientes:

I.	Que se hayan realizado los actos o se hayan cumplido las obligaciones establecidas en los contratos y actos administrativos; en los procedimientos de contratación de obras o de adquisición y arrendamiento de bienes o prestación de servicios; de permisos; de autorizaciones; de licencias; de concesiones y otras obligaciones de naturaleza no fiscal o haya fenecido el periodo de vigencia de éstos;

II.	Que se haya efectuado el pago voluntario de la obligación garantizada con motivo del incumplimiento, y

III.	En cualquier otro caso, conforme a lo previsto en las disposiciones jurídicas aplicables.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Tesorería de la Federación, artículo 81.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LTF.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
