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law_key: "Reg_Senado"
title: "Reglamento Del Senado De La República"
content_level: law
status: reviewed
source: full_law_prompt_manual
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## Resumen de la ley

El Reglamento Del Senado De La República regula el estatuto de senadoras y senadores, el funcionamiento del Senado, sus órganos, procedimientos legislativos y especiales, y los servicios parlamentarios, administrativos y técnicos. Ordena inmunidad, derechos, obligaciones, licencias, suplencias, vacantes, impedimentos, responsabilidades, disciplina parlamentaria, grupos parlamentarios, Mesa Directiva, Junta de Coordinación Política, Pleno, salón de sesiones, tipos de sesiones, quórum, asistencia, orden del día, debates, votaciones, comisiones, comparecencias, nombramientos y procedimientos propios del Senado.

## Qué regula

- Estatuto parlamentario de senadoras y senadores.
- Inmunidad constitucional, derechos, obligaciones, licencias, suplencias y vacantes.
- Impedimentos, incompatibilidades, responsabilidades y disciplina parlamentaria.
- Grupos parlamentarios y sus estatutos, recursos, organización y funcionamiento.
- Mesa Directiva, Presidencia, Secretaría y Junta de Coordinación Política.
- Pleno, recinto, tribuna, tipos de sesiones, asistencia, quórum, orden del día y recesos.
- Procedimientos legislativos, iniciativas, dictámenes, discusión, votaciones y trámites especiales.
- Servicios parlamentarios, administrativos y técnicos del Senado.

## A quién aplica

- Senadoras y senadores en funciones.
- Mesa Directiva, Presidencia, vicepresidencias y secretarías del Senado.
- Junta de Coordinación Política.
- Grupos parlamentarios y senadores sin grupo.
- Comisiones, comités y sus juntas directivas.
- Secretaría General de Servicios Parlamentarios y Secretaría General de Servicios Administrativos.
- Servidores públicos del Senado y órganos internos de control.
- Personas invitadas, comparecientes, autoridades y particulares que intervienen en procedimientos senatoriales.

## Materias principales

- Organización y funcionamiento del Senado.
- Derechos, obligaciones, inmunidad y disciplina de senadoras y senadores.
- Licencias, suplencias, vacantes, impedimentos y pérdida del cargo.
- Sesiones ordinarias, extraordinarias, secretas, permanentes y solemnes.
- Orden del día, quórum, asistencia, inasistencias y descuentos.
- Mesa Directiva, Junta de Coordinación Política, comisiones y comités.
- Procedimiento legislativo, debates, votaciones, comparecencias y trámites especiales.
- Publicidad parlamentaria, Gaceta, Diario de los Debates, medios digitales y documentos electrónicos.

## Definiciones importantes

| Concepto | Significado en el reglamento |
| --- | --- |
| Senado | Cámara de Senadores del Congreso General de los Estados Unidos Mexicanos. |
| Senador | Senadora o senador en funciones. |
| Pleno | Máximo órgano de decisión del Senado reunido conforme a reglas de quórum. |
| Mesa | Mesa Directiva del Senado. |
| Junta | Junta de Coordinación Política. |
| Gaceta | Gaceta del Senado. |
| Recinto | Conjunto de edificios del Senado, incluido salón de sesiones y dependencias. |
| Sistema Electrónico | Sistema automatizado de registro de asistencia, votación y audio. |
| Iniciativa preferente | Iniciativa del Ejecutivo Federal en términos del artículo 71 constitucional. |
| Comisiones unidas | Modalidad en que dos o más comisiones participan en análisis y dictamen de asuntos. |

## Mapa de temas

| Tema | Artículos relacionados | Para qué sirve |
| --- | --- | --- |
| Disposiciones generales | 1 a 5 | Define objeto del reglamento, medios digitales, interpretación y cómputo de plazos. |
| Estatuto de senadoras y senadores | 6 a 24 | Regula inmunidad, derechos, obligaciones, licencias, suplencias, vacantes y disciplina. |
| Grupos parlamentarios | 25 a 31 | Ordena constitución, organización, estatutos, recursos y rendición de cuentas. |
| Mesa Directiva y Junta | 32 a 45 | Regula integración, sesiones, facultades, remoción y coordinación política. |
| Pleno y sesiones | 46 a 57 | Define recinto, tribuna, sesiones ordinarias, extraordinarias, secretas, permanentes y solemnes. |
| Asistencia y quórum | 58 a 68 | Regula registro, quórum, justificaciones, reportes y descuento por inasistencia. |
| Orden del día | 69 en adelante | Establece fuentes, prioridades, programación y publicidad de asuntos. |
| Procedimientos legislativos | Diversos títulos | Regula iniciativa, dictamen, debate, votación, comisiones y procedimientos especiales. |

## Plazos importantes

- Para cómputo de plazos, los días se entienden hábiles salvo disposición legal en contrario; los meses, de fecha a fecha; las horas, de momento a momento.
- Las sesiones ordinarias se realizan preferentemente martes y jueves, inician por regla general a las once horas y duran hasta cuatro horas, prorrogables.
- La cita a sesión extraordinaria, cuando la convocatoria no fije fecha, debe emitirse con por lo menos veinticuatro horas de anticipación.
- En recesos legislativos, la Mesa se reúne cuando menos una vez al mes.
- Modificaciones en cargos directivos de grupos parlamentarios se notifican dentro de cinco días hábiles posteriores.
- Reformas a estatutos de grupos parlamentarios se informan dentro de diez días hábiles posteriores a su aprobación.
- El sistema electrónico de asistencia se abre noventa minutos antes de la sesión y se cierra treinta minutos después de iniciada.
- La solicitud de justificación de inasistencia debe remitirse dentro de cinco días hábiles.
- En general, no se justifican más de seis inasistencias por periodo ordinario, salvo supuestos especiales.
- La Secretaría formula informe final de inasistencias injustificadas dentro de veinte días hábiles posteriores a la clausura del periodo.
- La Mesa programa asuntos que debe incorporar al orden del día en un plazo no mayor a diez días naturales.

## Derechos principales

- Presentar iniciativas de ley o decreto, proposiciones, excitativas, mociones, solicitudes, propuestas y votos particulares.
- Participar en sesiones, reuniones, debates, discusiones, votaciones y órganos del Senado.
- Formar parte de un grupo parlamentario.
- Elegir y ser electos para órganos del Senado o de la Comisión Permanente.
- Solicitar información a autoridades y entidades públicas para el desarrollo de la función legislativa.
- Recibir información de instancias administrativas, parlamentarias y de investigación del Senado.
- Contar con identificación oficial, dieta, recursos y apoyos conforme a disponibilidad presupuestal.
- Solicitar licencia para separarse temporalmente del cargo.
- Participar en órganos del Senado bajo principio de igualdad y proporcionalidad de género en la medida posible.

## Obligaciones principales

- Desempeñar el cargo con apego a la Constitución, la Ley, el reglamento y demás disposiciones.
- Asistir puntualmente a sesiones y reuniones y participar en votaciones.
- Desempeñar funciones y actividades para las que sean designados o electos.
- Cuidar que los recursos asignados se destinen a sus fines.
- Conducirse con respeto con legisladores, personal y personas concurrentes.
- Abstenerse de actos incompatibles o de usar la condición legislativa en beneficio propio.
- Informar intereses económicos o beneficios personales y excusarse en trámites correspondientes.
- Presentar declaraciones e informes exigidos por normas aplicables.
- Guardar reserva de información reservada o confidencial.
- Informar anualmente a la ciudadanía sobre actividades realizadas.

## Autoridades relacionadas

- Pleno del Senado.
- Mesa Directiva y Presidencia del Senado.
- Junta de Coordinación Política.
- Comisión de Reglamentos y Prácticas Parlamentarias.
- Comisiones, comités y juntas directivas.
- Secretaría General de Servicios Parlamentarios.
- Secretaría General de Servicios Administrativos.
- Órgano interno de control del Senado.
- Cámara de Diputados y Comisión Permanente del Congreso de la Unión.
- Poder Ejecutivo Federal, Poder Judicial Federal, entidades federativas, municipios y órganos autónomos cuando intervienen en asuntos del Senado.

## Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

- Solicitud de licencia por escrito y resolución por el Pleno.
- Llamamiento del suplente y reincorporación de senador con licencia.
- Declaratoria de vacante y cobertura conforme a la Constitución.
- Excusa por conflicto de interés o interés directo.
- Constitución, notificación, reforma de estatutos y rendición de cuentas de grupos parlamentarios.
- Convocatoria, preparación y actas de la Mesa Directiva.
- Registro de asistencia, verificación de quórum, justificación de inasistencias y publicación de reportes.
- Integración del orden del día y programación de asuntos.
- Presentación, turno, dictamen, debate y votación de iniciativas, proposiciones y asuntos especiales.
- Uso de medios digitales, firma digitalizada, documentos electrónicos y Gaceta.

## Sanciones o consecuencias

- La pérdida de condición de senador puede declararse si se desempeña otro empleo o comisión remunerada sin licencia previa en términos constitucionales.
- Las faltas administrativas se sancionan por el órgano interno de control conforme a procedimientos aplicables.
- Las sanciones de destitución, inhabilitación o separación se determinan conforme a juicio político, declaración de procedencia y legislación aplicable.
- La inasistencia injustificada puede causar descuento en la dieta conforme al artículo 64 constitucional.
- La ausencia de propietario y suplente puede originar declaración de vacante.
- Revelar información reservada o confidencial genera responsabilidad conforme al reglamento y normas de transparencia o seguridad nacional.
- La falta de quórum puede concluir la sesión e incorporar asuntos pendientes a la siguiente.

## Artículos clave

| Artículo | Por qué importa |
| --- | --- |
| 1 | Define el objeto del reglamento y reconoce medios digitales para documentos y comunicaciones. |
| 2 | Contiene conceptos básicos como Senado, Pleno, Mesa, Junta, Recinto y Sistema Electrónico. |
| 6 a 7 | Regulan inmunidad y acciones para salvaguardarla. |
| 8 a 10 | Establecen derechos, dieta y obligaciones de senadoras y senadores. |
| 11 a 17 | Regulan licencias, suplencias y vacantes. |
| 21 a 24 | Ordenan responsabilidades y disciplina parlamentaria. |
| 32 a 45 | Regulan Mesa Directiva y Junta de Coordinación Política. |
| 49 a 57 | Definen tipos y modalidades de sesiones. |
| 58 a 68 | Regulan asistencia, quórum, justificaciones y descuentos. |

## Leyes relacionadas

- [Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos](/CPEUM/)
- [Ley Orgánica Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos](/LOCGEUM/)
- [Reglamento De La Cámara De Diputados](/Reg_Diputados/)
- [Reglamento Para El Gobierno Interior Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos](/219/)
- [Ley General De Transparencia Y Acceso A La Información Pública](/LGTAIP/)
- [Ley General De Responsabilidades Administrativas](/LGRA/)
- [Ley Federal De Responsabilidades De Los Servidores Públicos](/LFRSP/)

## Reformas y vigencia

El Reglamento Del Senado De La República fue publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de junio de 2010 y entró en vigor el 1 de septiembre de 2010. El texto fuente lo identifica como vigente y registra última reforma publicada el 6 de diciembre de 2024. Su transitorio primero dejó de aplicar al Senado, desde su entrada en vigor, las disposiciones relativas del Reglamento para el Gobierno Interior del Congreso General.

## Preguntas frecuentes (autogeneradas)

### ¿Qué regula este reglamento?

Regula el estatuto de senadoras y senadores, órganos del Senado, sesiones, quórum, orden del día, procedimientos legislativos, disciplina y servicios parlamentarios.

### ¿Cuáles son derechos básicos de una senadora o senador?

Presentar iniciativas y proposiciones, participar en debates y votaciones, formar grupo parlamentario, solicitar información, recibir dieta y pedir licencia, entre otros.

### ¿Cuándo hay quórum en el Senado?

La sesión inicia con la asistencia de la mitad más uno de integrantes del Senado, conforme al artículo 59 del reglamento.

### ¿Cómo se justifican inasistencias?

La solicitud se presenta ante la Presidencia de la Mesa dentro de cinco días hábiles, con medios que acrediten alguna causa permitida.

### ¿Qué consecuencias tiene una inasistencia injustificada?

El Presidente ordena el descuento en la dieta conforme al artículo 64 constitucional, sin deliberación ni votación del Pleno.

## Fuente oficial

- Ficha HTML: [Cámara de Diputados](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/reg_senado.htm)
- Word oficial: [Reg_Senado.doc](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/doc/Reg_Senado.doc)
- PDF oficial: [Reg_Senado.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/Reg_Senado.pdf)
- PDF móvil: [Reglamento_del_Senado.pdf](https://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf_mov/Reglamento_del_Senado.pdf)

## Aviso

Aviso legal: Este contenido es informativo y no sustituye asesoría legal profesional.
