# NOM-015-SSA2-2010

Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus

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- Clave de la Norma: NOM-015-SSA2-2010
- Comité que desarrolló la Norma: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades
- Dependencia(s): Secretaría de Salud
- Estado de la Norma: Vigente
- Fecha de entrada en vigor: 24/11/2010
- Fecha de publicación en el DOF: 23/11/2010
- Grado: Parcialmente equivalente
- Producto, servicio, proceso o sistema: Diabetes mellitus
- Título de la Norma: Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus

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## Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus

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NORMA
 
Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus.
 
 
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
 
 
MAURICIO HERN
A
NDEZ 
A
VILA, Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y Presidente del
 
Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, con fundamento en
 
los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento
 
Administrativo; 3o. fracciones II, XIV y XVIII, 13 apartado A), fracción I, 158, 159, 160 y 161 de la Ley General
 
de Salud; 38, fracción II, 40, fracciones III y XI, 41, 47 fracción IV y 51 de la Ley Federal sobre Metrología y
 
Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 8 fracción V, 10
 
fracciones VII y XVI y 45 fracción VII, del Reglamento Interior de la Secretaría de Salud, me permito ordenar la
 
publicación en el Diario Oficial de la Federación de la:
 
 
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-015-SSA2-2010, PARA LA PREVENCI
O
N,
 
TRATAMIENTO Y
 
CONTROL DE LA DIABETES MELLITUS
 
 
 
CONSIDERANDO
 
 
 
Que con fecha 24 de marzo de 2009, en cumplimiento de lo previsto en el artículo 46, fracción I de la Ley
 
Federal sobre Metrología y Normalización, el Centro Nacional de Vigilancia Epidemiológica y Control de
 
Enfermedades (CENAVECE), ahora, Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades
 
(CENAPRECE), presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de
 
Enfermedades, el anteproyecto de la presente Norma Oficial Mexicana.
 
 
Que con fecha 23 de junio de 2009, el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y
 
Control de Enfermedades aprobó el Proyecto de Modificación a la Norma y, con fundamento en el artículo 47
 
fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó el 20 de octubre de 2009 en el
 
Diario
 
Oficial de la Federación, a efecto de que dentro de los siguientes sesenta días posteriores a dicha
 
publicación,
 
los interesados presentaran sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de
 
Prevención
 
y
 
Control de Enfermedades.
 
 
Que las respuestas a los comentarios recibidos por el mencionado Comité, fueron publicadas previamente
 
a la expedición de esta Norma en el Diario Oficial de la Federación, en los términos del artículo 47, fracción III
 
de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.
 
 
Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo
 
Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades, se expide la siguiente:
 
Norma Oficial
 
Mexicana NOM-015-SSA2-2010, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus.
 
 
 
PREFACIO
 
 
 
En la elaboración de esta Norma Oficial Mexicana participaron las unidades administrativas e instituciones
 
siguientes:
 
 
SECRETARIA DE SALUD
 
 
Centro Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades
 
 
Dirección General de Calidad y Educación en Salud
 
 
Centro Nacional de Equidad de Género y Salud Reproductiva
 
 
Dirección General de Promoción a la Salud
 
 
Dirección General de Comunicación Social
 
 
Comisión Coordinadora de Institutos Nacionales de Salud y Hospitales de Alta Especialidad
 
 
Instituto Nacional de Ciencias Médicas y de Nutrición Salvador Zubirán
 
 
Instituto Nacional de Cardiología Ignacio Chávez
 
 
Hospital General de México
 
 
Secretariado del Consejo Nacional de Salud
 
 
SECRETARIA DE LA DEFENSA NACIONAL
 
 
Dirección General de Sanidad
 
 
SECRETARIA DE MARINA
 
 
Dirección General Adjunta de Sanidad Naval
 
 
SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
 
  
 
 
Dirección General de Protección y Medicina Preventiva en el Transporte
 
 
INSTITUTO MEXICANO DEL SEGURO SOCIAL
 
 
Unidad de Salud Pública
 
 
Coordinación de Programas Integrados de Salud
 
 
Coordinación de Salud en el Trabajo 
 
 
Coordinación de Atención Médica
 
 
 
Coordinación de Planeación e Infraestructura Médica
 
 
Coordinación de Educación Médica
 
 
Coordinación de Investigación Médica
 
 
Coordinación de Prestaciones Económicas y Sociales
 
 
 
Coordinación General del Programa IMSS-Oportunidades
 
 
INSTITUTO DE SEGURIDAD Y SERVICIOS SOCIALES DE LOS TRABAJADORES DEL ESTADO
 
 
SISTEMA NACIONAL PARA EL DESARROLLO INTEGRAL DE LA FAMILIA
 
 
PETROLEOS MEXICANOS
 
 
Gerencia de Servicios Médicos
 
 
Secretarías de Salud de los estados de Aguascalientes, Baja California, Baja California Sur, Campeche,
 
Coahuila, Colima, Chiapas, Chihuahua, Distrito Federal, Durango, Guanajuato, Guerrero, Hidalgo, Jalisco,
 
México, Michoacán, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Oaxaca, Puebla, Querétaro, Quintana Roo, San Luis
 
Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz, Yucatán y Zacatecas.
 
 
UNIVERSIDAD NACIONAL AUTONOMA DE MEXICO
 
 
Facultad de Medicina de la UNAM
 
 
INSTITUTO POLITECNICO NACIONAL
 
 
Escuela Superior de Medicina
 
 
ORGANIZACION PANAMERICANA DE LA SALUD, 
Programa de Enfermedades no Transmisibles y Promoción
 
de la Salud 
OPS/MEX
 
 
FEDERACION MEXICANA DE DIABETES, A.C.
 
 
SOCIEDAD MEXICANA DE NUTRICION Y ENDOCRINOLOGIA, A.C.
 
 
COLEGIO DE MEDICINA INTERNA DE MEXICO, A.C.
 
 
ASOCIACION NACIONAL MEXICANA DE EDUCADORES EN DIABETES, A.C.
 
 
CENTRO DE ESTUDIOS EN DIABETES, A.C.
 
 
COMITE INTERDISCIPLINARIO DE DIABETES, OBESIDAD Y PREVENCION DE ENFERMEDADES
 
CARDIOVASCULARES, A.C.
 
 
CAMARA DE LA INDUSTRIA FARMACEUTICA, A.C.
 
 
SOCIEDAD DE NUTRIOLOGIA, A.C.
 
 
COLEGIO MEXICANO DE NUTRIOLOGOS, A.C.
 
 
FUNDACION MEXICANA PARA LA SALUD, A.C.
 
 
INDICE
 
 
 
0. 
    
Introducción
 
 
1.
     
Objetivo y campo de aplicación
 
 
2.
     
Referencias
 
 
3.
     
Definiciones
 
 
4.
     
Símbolos y abreviaturas
 
 
5.
     
Generalidades
 
 
6.
     
Clasificación
 
 
7.
     
Diabetes mellitus
 
 
8.
     
Prevención
 
  
 
 
9.
     
Detección
 
 
10.
   
Diagnóstico
 
 
11.
   
Tratamiento y control
 
 
12.
   
Referencia al especialista o al segundo nivel de atención
 
 
13.
   
Otras formas de diabetes
 
 
14.
   
Vigilancia epidemiológica
 
 
15.
   
Bibliografía
 
 
16.
   
Concordancia con normas internacionales y mexicanas
 
 
17.
   
Observancia de la Norma
 
 
18.
   
Vigencia
 
 
19.
   
Apéndices normativos
 
 
20.
   
Apéndices informativos
 
 
0.
 Introducción
 
 
La epidemia de la diabetes mellitus (DM) es reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS)
 
como una amenaza mundial. Se calcula que en el mundo existen más de 180 millones de personas con
 
diabetes y es probable que esta cifra aumente a más del doble para 2030. En 2005 se registraron 1.1 millones
 
de muertes debidas a la diabetes, de las cuales alrededor de 80% ocurrieron en países de ingresos bajos o
 
medios, que en su mayoría se encuentran menos preparados para enfrentar esta epidemia.
 
 
De acuerdo a los resultados de la Encuesta Nacional de Salud 2000 (ENSA), la prevalencia nacional de
 
diabetes mellitus en hombres y mujeres adultos de más de 20 años fue de 7.5% (IC95% 7.1-7.9), lo que
 
representa 3.6 millones de casos prevalentes, de los cuales 77% contaba con diagnóstico médico previo. La
 
prevalencia fue ligeramente mayor en mujeres (7.8%) respecto de los hombres (7.2%).
 
 
De conformidad con la información de la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2006 (ENSANUT) la
 
prevalencia aumentó a 14%, lo que representa un total de 8 millones de personas con diabetes; en la
 
población urbana, la prevalencia fue significativamente mayor.
 
 
En México, la DM ocupa el primer lugar en número de defunciones por año, tanto en hombres como en
 
mujeres las tasas de mortalidad muestran una tendencia ascendente en ambos sexos con más de 70 mil
 
muertes y 400,000 casos nuevos anuales cabe señalar que según la Dirección General de Información en
 
Salud en el 2007 hubo un número mayor de defunciones en el grupo de las mujeres (37,202 muertes)
 
comparado con el de los hombres (33,310), con una tasa 69.2 por 100,000 habitantes en mujeres y de 64 en
 
hombres, diferencias importantes a considerar en las acciones preventivas, de detección, diagnóstico y
 
tratamiento de este padecimiento. La diabetes no es un factor de riesgo cardiovascular. Es un equivalente de
 
enfermedad cardiovascular debido a que el riesgo de sufrir un desenlace cardiovascular es igual al de la
 
cardiopatía isquémica.
 
 
 
La DM es un padecimiento complejo que lleva implícito una serie de situaciones que comprometen el
 
control en los pacientes, lo cual favorece el desarrollo de complicaciones, con los consecuentes trastornos en
 
la calidad de vida, muertes prematuras e incremento en los costos de atención y tasas de hospitalización. Al
 
igual que otros países, México enfrenta problemas diversos que limitan la eficacia de los programas
 
institucionales para la contención de esta enfermedad. Destacan por su importancia el insuficiente abasto de
 
medicamentos, equipo inadecuado y obsoleto en las unidades de salud, la inaccesibilidad a exámenes de
 
laboratorio, deficiencias en el sistema de referencia y contrarreferencia de pacientes, limitaciones de los
 
servicios de apoyo psicológico, nutricional, nula promoción de actividad física, automonitoreo y escasa
 
supervisión de los servicios para alcanzar la adherencia terapéutica.
 
 
El descontrol metabólico y las consecuentes complicaciones se agravan cuando en los servicios de salud
 
no se realiza una eficiente y oportuna detección y seguimiento de grupos con factores de riesgo, aunado a
 
que en la población hay una percepción inadecuada y desconocimiento del riesgo para desarrollar diabetes.
 
Lo anterior da lugar a que no se realice un diagnóstico oportuno y a que no se dé la pronta incorporación de
 
los pacientes detectados al tratamiento.
 
 
Por consiguiente, se debe señalar la asociación de altas tasas de comorbilidad que inciden en la gravedad
 
de la diabetes y la presencia cada vez mayor de complicaciones micro y macro vasculares por la falta de
 
diagnóstico y tratamiento oportunos y de seguimiento a los pacientes. La escasa utilización de intervenciones
 
eficaces deriva en que hasta el momento no se ha utilizado la evidencia científica disponible en la materia
 
como base para una mejor atención. La insuficiencia de recursos es otro de los factores que inciden en la
 
magnitud de la diabetes en México y en el cumplimiento de los objetivos de los programas estatales.
 
  
 
 
La aplicación de esta Norma Oficial Mexicana contribuirá a reducir la elevada incidencia de la enfermedad,
 
a evitar o retrasar sus complicaciones y a disminuir la mortalidad asociada a esta causa.
 
 
1.
 Objetivo y campo de aplicación
 
 
1.1
 Esta Norma Oficial Mexicana tiene por objeto establecer los procedimientos para la prevención,
 
tratamiento, control de la diabetes y la prevención médica de sus complicaciones.
 
 
1.2
 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria en el territorio nacional para los
 
establecimientos y profesionales de la salud de los sectores público, social y privado que presten servicios de
 
atención a la diabetes en el Sistema Nacional de Salud.
 
 
2.
 Referencias
 
 
Para la correcta aplicación de la presente Norma Oficial Mexicana es necesario consultar las siguientes
 
normas oficiales mexicanas:
 
 
2.1
 Norma Oficial Mexicana -017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica.
 
 
2.2
 Norma Oficial Mexicana -168-SSA1-1998, Del expediente clínico.
 
 
2.3
 Norma Oficial Mexicana -174-SSA1-1998, Para el manejo integral de la obesidad.
 
 
2.4
 Norma Oficial Mexicana -030-SSA2-2009, Para la prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y
 
control de la hipertensión arterial sistémica.
 
 
2.5
 Norma Oficial Mexicana -037-SSA2-2002, Para la prevención y control de las dislipidemias.
 
 
2.6
 
Norma Oficial Mexicana -043-SSA2-2005, Servicios básicos de salud. Promoción y educación para la
 
salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.
 
 
2.7
 Norma Oficial Mexicana NOM-086-SSA1-1994, Bienes y Servicios. Alimentos y bebidas no alcohólicas
 
con modificaciones en su composición. Especificaciones nutrimentales.
 
 
3.
 Definiciones
 
 
Para los efectos de esta Norma se entiende por:
 
 
3.1
 Actividad Física
, a los actos motores propios del ser humano, realizada como parte de sus
 
actividades cotidianas.
 
 
3.2
 Alteración del metabolismo
, a la alteración del metabolismo de proteínas, grasas y carbohidratos que
 
se caracteriza por niveles de glucosa alterada, en ayuno, o a la intolerancia a la glucosa; ambas condiciones
 
son procesos metabólicos intermedios entre la ausencia y la presencia de diabetes.
 
 
3.3
 Angiopatía diabética
, a la alteración de los vasos sanguíneos que aparece como complicación
 
crónica de la diabetes. Existen dos clases: la macroangiopatía (aterosclerosis) y la microangiopatía (alteración
 
de los pequeños vasos).
 
 
3.4
 Arteriosclerosis
, al endurecimiento de las arterias.
 
 
3.5
 Aterosclerosis
, a la variedad de arteriosclerosis, en la que existe infiltración de la íntima con
 
macrófagos cargados de grasa, proliferación de células musculares con fibrosis y reducción de la luz del vaso
 
sanguíneo. Algunas placas pueden llegar a calcificarse. Existe daño endotelial y predisposición para la
 
formación de trombos. Es una de las complicaciones más frecuentes de la diabetes e hipertensión arterial y
 
causa importante de muerte.
 
 
3.6
 Automonitoreo
 es el análisis de glucosa (azúcar) que las personas con diabetes realizan en su casa,
 
lugar de trabajo, escuela, o cualquier otro lugar, de acuerdo a las indicaciones de su profesional de la salud.
 
Para hacerlo se debe de utilizar glucómetros ya que la medición de la glucosa en orina no es aceptable.
 
 
 
3.7
 Ayuno
, a la abstinencia de ingesta calórica, por un lapso de tiempo de 8 hrs.
 
 
3.8
 Caso confirmado de diabetes
, a la persona cuyo diagnóstico se corrobora por medio del laboratorio:
 
una glucemia plasmática en ayuno 
³
126 mg/dl;: una glucemia plasmática casual 
³
200 mg/dl; o bien una
 
glucemia 
³
200 mg/dl a las dos horas después de una carga oral de 75 g de glucosa anhidra disuelta en agua,
 
criterios diagnósticos de diabetes, en el Sistema Nacional de Salud.
 
 
3.9
 Caso de prediabetes
, a la persona con antecedente de padre o madre o ambos con estado
 
metabólico intermedio entre el estado normal y la diabetes. El término prediabetes se aplica a los casos tanto
 
de Glucosa Anormal en Ayunas (GAA), como a los de Intolerancia a la Glucosa (ITG), según los criterios
 
diagnósticos en el Sistema Nacional de Salud.
 
 
 
3.10
 Caso en control
, al paciente bajo tratamiento en el Sistema Nacional de Salud, que presenta de
 
manera regular, niveles de glucemia plasmática en ayuno de entre 70 y 130 mg/dl o de Hemoglobina
 
Glucosilada (HbA1c) por debajo de 7%.
 
 
  
 
 
3.11
 Caso en control metabólico
, al paciente bajo tratamiento en el Sistema Nacional de Salud, que
 
presenta de manera regular, glucosa en ayuno normal, IMC menor a 25, lípidos y presión arterial normales.
 
 
 
3.12
 Caso en descartado
, al caso sospechoso o probable en quien por estudios de laboratorio se
 
determinan cifras de glucemia
 
no diagnósticas de diabetes mellitus, presenta signos o síntomas propios de
 
cualquier otro padecimiento o evento
 
diferente a diabetes mellitus, en ellos puede o no haber confirmación
 
etiológica de otro diagnóstico. Aquel que no cumple con los criterios de caso probable (si es sospechoso) o
 
confirmado (si es probable)
 
 
3.13
 Caso sospechoso
, a la persona con factores de riesgo comunes para enfermedades no
 
transmisibles: edad (mayor de 20 años), antecedente heredofamiliar (padres y/o hermanos), sobre peso u
 
obesidad, circunferencia
 
abdominal mayor de 80 cm en mujeres o 90 cm en hombres, hijo macrosómico
 
en
 
mujeres, hipertensión arterial.
 
 
3.14
 Caso probable
, a la persona que en el examen de detección, presenta una glucemia capilar en
 
ayuno > 100 mg/dl, o una glucemia capilar casual > 140 mg/dl.
 
 
3.15
 Cetosis
, a la acumulación de cuerpos cetónicos en los tejidos y líquidos corporales.
 
 
3.16
 Cetoacidosis
, a la complicación aguda, por deficiencia absoluta o relativa de la secreción de insulina.
 
Tal situación conduce al catabolismo de las grasas como fuente de energía, produciendo la formación de
 
cuerpos cetónicos lo cual se manifiesta como acidosis metabólica.
 
 
3.17
 Comunicación educativa en salud
, al proceso y desarrollo de esquemas novedosos y creativos de
 
comunicación sustentado en técnicas de mercadotecnia social, que permiten la producción y difusión de
 
mensajes de alto impacto, con el fin de reforzar los conocimientos relativos a la salud y promover conductas
 
saludables en la población.
 
 
 
3.18
 Deporte
, a la actividad institucionalizada y reglamentada, desarrollada en competiciones que tiene
 
por objeto lograr el máximo rendimiento.
 
 
3.19
 Detección o tamizaje
, a la búsqueda activa de personas con diabetes no diagnosticada o bien con
 
alteración de la glucosa.
 
 
3.20
 Diabetes
, a la enfermedad sistémica, crónico-degenerativa, de carácter heterogéneo, con grados
 
variables de predisposición hereditaria y con participación de diversos factores ambientales, y que se
 
caracteriza por hiperglucemia crónica debido a la deficiencia en la producción o acción de la insulina, lo que
 
afecta al metabolismo intermedio de los hidratos de carbono, proteínas y grasas.
 
 
 
3.21
 Diabetes gestacional
:
 es la alteración en el metabolismo de los hidratos de carbono que se detecta
 
por primera vez durante el embarazo, 
é
sta traduce una insuficiente adaptación a la insulinoresistencia que se
 
produce en la gestante.
 
 
3.22
 Diabetes tipo 1
, al tipo de diabetes en la que existe destrucción de células beta del páncreas,
 
generalmente con deficiencia absoluta de insulina. Los pacientes pueden ser de cualquier edad, casi siempre
 
delgados y suelen presentar comienzo abrupto de signos y síntomas con insulinopenia antes de los 30 años
 
de edad.
 
 
3.23
 Diabetes tipo
 2
, al tipo de diabetes en la que se presenta resistencia a la insulina y en forma
 
concomitante una deficiencia en su producción, puede ser absoluta o relativa. Los pacientes suelen ser
 
mayores de 30 años cuando se hace el diagnóstico, son obesos y presentan relativamente pocos síntomas
 
clásicos.
 
 
3.24
 Diagnóstico de prediabetes
, a la presencia de una o ambas de las alteraciones en la glucosa
 
sanguínea mencionadas con anterioridad: Glucosa Anormal en Ayuno e Intolerancia a la Glucosa. Estas
 
alteraciones pueden presentarse en forma aislada o bien en forma combinada en una misma persona.
 
 
3.25
 Dieta
, al conjunto de alimentos que se consumen al día.
 
 
 
3.26
 Educador en diabetes
, al profesional de la salud capacitado en educación terapéutica en diabetes,
 
que trabaja en colaboración con el o la médico tratante.
 
 
3.27
 Educación para la salud
, al proceso de enseñanza-aprendizaje que permite, mediante el
 
intercambio y análisis de la información, desarrollar habilidades y cambiar actitudes, con el propósito de
 
inducir comportamientos para cuidar la salud individual y colectiva.
 
 
3.28
 Educación Física
, al proceso por medio del cual se adquiere, transmite y acrecienta la cultura de
 
actividad física.
 
  
 
 
3.29
 Edulcorantes o endulzantes nutritivos o no nutritivos
, a los productos que, en el primer caso,
 
aportan energía a la dieta e influyen sobre los niveles de insulina y glucosa; entre éstos se incluyen sacarosa,
 
fructosa, dextrosa, lactosa, maltosa, miel, jarabe de maíz, concentrados de jugos de frutas y otros azúcares
 
derivados de los alcoholes, como los polioles; en el segundo caso, a los edulcorantes no nutritivos que son
 
endulzantes potentes, su aporte energético es mínimo y no afectan los niveles de insulina o glucosa sérica,
 
por ejemplo: sacarina, aspártame, acesulfame de potasio y sucralosa.
 
 
3.30
 Factor de riesgo
,
 al atributo o exposición de una persona, una población o el medio, que están
 
asociados a la probabilidad de la ocurrencia de un evento.
 
 
3.31
 Género
, al conjunto de atributos sociales que se le asignan a las personas (formas de comportarse,
 
valores, normas, actividades a realizar, recompensas, su lugar en el mundo), según haya sido identificado
 
como hombre o como mujer. Dichos atributos son socialmente construidos, por lo que cada cultura, según la
 
época y el grupo social, le da un sentido diferente a lo que significa ser hombre y ser mujer.
 
 
3.32
 Glucemia casual
, al nivel de glucosa capilar o plasmática, a cualquier hora del día,
 
independientemente del periodo transcurrido después de la última ingestión de alimentos.
 
 
3.33
 Glucemia de riesgo para desarrollar complicaciones crónicas
, 
>
111 mg/dl en ayuno y 
>
140 mg/dl
 
en el periodo posprandial inmediato.
 
 
3.34
 Glucosa Anormal en Ayuno
, glucosa de ayuno 
>
 a 100 y 
<
 a 125 mg/dl.
 
 
3.35
 Glucotoxicidad
, a la hiperglucemia sostenida 
>
 250 mg/dl, que inhibe la producción y acción
 
periférica de la insulina que favorece la apoptosis (muerte celular) de las células beta.
 
 
3.36
 Grasas Trans
, a las grasas líquidas como los aceites que se hidrogenan químicamente. Aumentan el
 
colesterol LDL y reducen el colesterol HDL.
 
 
3.37
 
Grupos de Ayuda Mutua
, a la organización de las y los pacientes que bajo la supervisión médica y
 
con el apoyo de los servicios de salud, sirve de escenario para la capacitación necesaria en el control de las
 
enfermedades crónicas no transmisible, facilita la educación y autocuidado de la salud.
 
 
3.38
 Grupos de apoyo
, a los grupos de personas con una enfermedad similar que se encuentran para
 
intercambiar opiniones sobre la mejor manera de enfrentar su o sus enfermedades o tratamiento.
 
 
3.39
 Hiperglucemia en ayuno
, a la elevación de la glucosa por arriba de lo normal (
>
100 mg/dl), durante
 
el periodo de ayuno. Puede referirse a la glucosa alterada en ayuno o a la hiperglucemia compatible con
 
diabetes, dependiendo de las concentraciones de glucosa según los criterios especificados en esta Norma.
 
 
3.40
 Hiperglucemia posprandial
, a la glucemia > 140 mg/dl, dos horas después de la comida.
 
 
3.41
 
Hipoglucemia
, al estado agudo en el que se presentan manifestaciones secundarias a descargas
 
adrenérgicas (sudoración fría, temblor, hambre, palpitaciones y ansiedad), o neuroglucopénicas 
 
(visión
 
borrosa, debilidad, mareos) debido a valores subnormales de glucosa, generalmente <60-50 mg/dl. Pueden
 
aparecer síntomas sugestivos de hipoglucemia cuando se reducen estados de hiperglucemia sin llegar a
 
descender hasta los 50 mg/dl.
 
 
 
3.42
 Hemoglobina glicada (glucosilada)
, a la prueba que utiliza la fracción de la hemoglobina que
 
interacciona combinándose con la glucosa circulante, para determinar el valor promedio de la glucemia en las
 
últimas 12 semanas.
 
 
3.43
 Indice de Masa Corporal o índice de Quetelet
, al peso corporal en kilogramos, dividido entre la
 
estatura en metros elevada al cuadrado (Kg/m2).
 
 
3.44
 Individuo en riesgo
, a la persona con uno o varios factores para llegar a desarrollar diabetes.
 
 
3.45
 Ingresos
, a los casos nuevos que se incorporan a tratamiento en una unidad médica del Sistema
 
Nacional de Salud.
 
 
3.46
 Instrumento de detección
, al procedimiento o prueba para identificar a sujetos sospechosos de
 
tener la enfermedad, cuya sensibilidad y especificidad han sido debidamente establecidas en una prueba de
 
validación, tomando como parámetro de referencia el método aceptado para pruebas diagnósticas.
 
 
3.47
 Intolerancia a la Glucosa
, a los niveles de glucosa 2 horas post carga oral de 75 gramos de glucosa
 
anhidra 
>
 140 y 
<
 199 mg/dl.
 
 
3.48
 Microalbuminuria
, a la excreción urinaria entre 30 y 300 mg albúmina/g creatinina.
 
  
 
 
3.49
 Nefropatía diabética
, a la complicación renal tardía de la diabetes. Se refiere al daño
 
predominantemente de tipo glomerular, con compromiso intersticial; frecuentemente se añade daño por
 
hipertensión arterial y debe de valorarse a los 5 años del diagnóstico en diabetes tipo 1 y al momento del
 
diagnóstico en la diabetes tipo 2.
 
 
3.50
 Neuropatía diabética
, a la neuropatía somática que afecta los nervios sensitivos y motores
 
voluntarios y puede corresponder a un daño difuso (polineuropatía) o localizado en un nervio
 
(mononeuropatía). La neuropatía autonómica (visceral) se manifiesta por diarrea, gastroparesia, vejiga
 
neurogénica, disfunción eréctil e hipotensión ortostática, entre otras complicaciones. Debe de valorarse a los 5
 
años del diagnóstico en diabetes tipo 1 y al momento del diagnóstico en la diabetes tipo 2. El subdiagnóstico
 
permite la evolución de las alteraciones hasta extremos peligrosos para la función del pie o mano dañada e
 
incluso la vida, es recomendable explorar la sensibilidad y los reflejos en manos y pies.
 
 
3.51
 Perspectiva de género en el campo de la salud
, al concepto que ayuda a escuchar y comprender
 
las diferentes necesidades y expectativas de hombres y mujeres frente al cuidado de la salud y la enfermedad
 
al acudir a un centro de salud; además condicionan la respuesta al tratamiento y el apego a la terapéutica. Es
 
una estrategia destinada a hacer que las preocupaciones y las experiencias de las mujeres y los hombres
 
sean un elemento integrante de la elaboración, instrumentación, supervisión y evaluación de políticas y
 
programas a fin de que ambos se beneficien por igual y se impida que la desigualdad se perpetúe.
 
 
3.52
 Participación social
, al proceso que permite involucrar a la población, autoridades locales,
 
instituciones públicas y los sectores social y privado en la planeación, programación, ejecución y evaluación
 
de los programas y acciones de salud, con el propósito de lograr un mayor impacto y fortalecer el Sistema
 
Nacional de Salud.
 
 
3.53
 Peso corporal de acuerdo con el IMC (kg/m2)
, a la clasificación de la siguiente manera: IMC 
>
 18.5
 
y 
<
 24.9, peso normal; IMC 
>
 25 y 
<
 29.9, sobrepeso; IMC 
>
 30, obesidad.
 
 
3.54
 Primer nivel de atención
, a las unidades de primer contacto del paciente con los servicios de salud,
 
que llevan a cabo las acciones dirigidas al cuidado del individuo, la familia, la comunidad y su ambiente; sus
 
servicios están enfocados básicamente a la promoción de la salud, a la detección y al tratamiento temprano
 
de las enfermedades.
 
 
3.55
 Promoción de la salud
, al proceso que permite fortalecer los conocimientos, aptitudes y actitudes de
 
las personas para participar corresponsablemente en el cuidado de su salud y para optar por estilos de vida
 
saludables, facilitando el logro y la conservación de un adecuado estado de salud individual y colectiva
 
mediante actividades de participación social, comunicación educativa y educación para la salud.
 
 
3.56
 Proteinuria clínica o macroalbuminuria
, a la excreción urinaria > 300 mg de albúmina por día o
 
más de 200 mg/min.
 
 
3.57
 Ración o porción
, a la cantidad de alimentos expresada en diferentes medidas de uso común para
 
cada grupo de alimentos que se utiliza para la prescripción dietética.
 
 
3.58
 Reingreso
, a la o al paciente que después de causar baja, por cambio de domicilio, rechazo al
 
tratamiento, por haberse perdido o porque expresamente haya solicitado su baja por cualquier motivo, se
 
incorpora nuevamente al tratamiento en una unidad médica del Sector Salud.
 
 
3.59
 Resistencia a la insulina
, a la disminución de la efectividad de esta hormona ya sea exógena o
 
endógena, en los tejidos muscular, hepático y adiposo.
 
 
 
3.60
 Retinopatía diabética
, al compromiso de los vasos pequeños, incluyendo los capilares, con aumento
 
de la permeabilidad, que permite la salida de lípidos formando exudados duros, obstrucción de vasos con
 
infartos, produciéndose los exudados blandos. Puede haber ruptura de vasos, causando micro hemorragias;
 
la formación de nuevos vasos sanguíneos por hipoxia puede condicionar hemorragias masivas. Se debe
 
evaluar en los pacientes con diabetes tipo 1 a los 5 años del diagnóstico y en el momento del diagnóstico a los
 
pacientes con diabetes tipo 2; posteriormente debe ser evaluado anualmente.
 
 
3.61
 Segundo nivel de atención
, a las unidades que atienden los problemas de salud que, a causa de su
 
complejidad, no pueden ser atendidos en el primer nivel de atención.
 
 
3.62
 Síndrome metabólico
, a la constelación de anormalidades bioquímicas, fisiológicas y
 
antropométricas, que ocurren simultáneamente y pueden dar oportunidad o estar ligadas a la resistencia a la
 
insulina y, por ende, incrementar el riesgo de desarrollar diabetes mellitus, enfermedad cardiovascular o
 
ambas. Dentro de estas entidades se encuentran: obesidad abdominal, intolerancia a la glucosa o diabetes
 
mellitus tipo 2, HTA y dislipidemia (hipertrigliceridemia y/o HDL bajo), conforme al Apéndice Normativo A.
 
 
  
 
 
4.
 Símbolos y abreviaturas
 
 
El significado de los símbolos y abreviaturas utilizadas en esta Norma es el siguiente:
 
 
ALT: 
                       
Alanina Amino Transferasa
 
 
ARA II:
                     
Antagonistas de los receptores de Angiotensina II
 
 
AST: 
                       
Aspartato Amino Transferasa
 
 
ATP III: 
                    
El Panel de Tratamiento en Adulto III
 
 
cal: 
                         
Caloría
 
 
CENAPRECE: 
           
Centro
 
Nacional de Programas Preventivos y Control de Enfermedades de la
 
Secretaría de Salud.
 
 
CIE-10: 
                    
Clasificación Internacional de Enfermedades
 
 
CTOG:
                     
Curva de tolerancia a la glucosa
 
 
DM: 
                        
Diabetes mellitus
 
 
DMT-2:
                     
Diabetes mellitus Tipo 2
 
 
DNA: 
                      
Acido Desoxirribonucléico
 
 
DPP- 4: 
                   
Enzima dipeptidil peptidasa 4
 
 
ECA: 
                       
Enzima convertidora de angiotensina
 
 
EFR: 
                       
Escala de factores de riesgo
 
 
EVC:
                       
Enfermedad cerebro vascular
 
 
FDA: 
                       
Agencia de Medicamentos y Alimentos
 
 
FR: 
                         
Factor de riesgo
 
 
g: 
                           
Gramo
 
 
GAA: 
                      
Glucosa anormal de ayuno
 
 
GIP: 
                        
Polipéptido insulinotrópico dependiente de insulina
 
 
GLP-1: 
                    
Péptido parecido al glucagón tipo 1
 
 
HbA1c: 
                    
Hemoglobina glicada (glucosilada)
 
 
HDL:
                        
Lipoproteínas de alta densidad
 
 
HMG-CoA: 
               
3-hidroxy-3-metilglutaril Coenzima A
 
 
hrs: 
                         
Horas
 
 
HTA:
                        
Hipertensión arterial
 
 
IAM:
                        
Infarto agudo del miocardio
 
 
IDF: 
                        
Federación Internacional de Diabetes
 
 
IECA:
                       
Inhibidor de la enzima convertidora de angiotensina
 
 
IMC: 
                       
Indice de masa corporal
 
 
ITG: 
                        
Intolerancia a la glucosa
 
 
Kcal: 
                       
Kilocaloría
 
 
Kg: 
                         
Kilogramo
 
 
Kg/m²: 
                     
Kilogramo entre metro cuadrado
 
 
LDL: 
                       
Lipoproteínas de baja densidad
 
 
>: 
                           
Mayor que
 
 
>
: 
                           
Mayor o igual que
 
 
<: 
                           
Menor que
 
 
<
: 
                           
Menor o igual que
 
  
 
 
m: 
                          
Metro
 
 
µg: 
                         
Microgramo
 
 
mg: 
                         
Miligramo
 
 
mg/dl: 
                     
Miligramos por decilitro
 
 
min: 
                        
Minutos
 
 
mL: 
                         
Mililitro
 
 
mm de Hg: 
               
Milímetros de mercurio
 
 
mmol/l :
                    
Milimoles por litro
 
 
MODY: 
                    
Diabetes tipo 2 de presentación en los jóvenes
 
 
NOM: 
                      
Norma Oficial Mexicana
 
 
NPH: 
                      
Proteína Neutra de Hagedorn
 
 
NYHA: 
                     
Asociación de Cardiología de Nueva York
 
 
%: 
                          
Por ciento
 
 
OMS: 
                      
Organización Mundial de la Salud
 
 
P.A.: 
                       
Presión arterial
 
 
PAI-1: 
                     
Inhibidor del activador de plasminógeno 1
 
 
P-D: 
                        
Prediabetes
 
 
PGA: 
                      
Prueba de glucosa en ayuno
 
 
PPARs: 
                   
Receptores activados por proliferadores de peroxisomas
 
 
PTGO: 
                    
Prueba de tolerancia a la glucosa oral
 
 
STOP-NIDDM:
           
Estudio para prevenir diabetes mellitus no insulinodependiente
 
 
TZDs: 
                     
Tiazolidinedionas
 
 
UI: 
                          
Unidades de insulina
 
 
VCT: 
                       
Valor calórico total
 
 
VET: 
                       
Valor energético total
 
 
5.
 Generalidades
 
 
5.1
 Esta Norma define los procedimientos y acciones para la prevención, detección, diagnóstico y
 
tratamiento de la prediabetes y diabetes mellitus tipo 2 y tipo 1, tendientes a disminuir la incidencia de esta
 
enfermedad y para establecer programas de atención médica idóneos a fin de lograr un control efectivo de los
 
padecimientos y reducir sus complicaciones y su mortalidad.
 
 
5.2
 Se consideran como síntomas clásicos de la diabetes, a la poliuria, la polidipsia, la polifagia y la
 
pérdida de peso.
 
 
6.
 Clasificación
 
 
6.1
 
Para
 fines de clasificación y registro se utilizará la CIE-10.
 
 
6.2
 Con fines de diagnóstico y tratamiento, se empleará la siguiente clasificación:
 
 
6.2.1
 Diabetes Tipo 1.
 
 
6.2.1.1
 Mediada inmunitariamente
 
 
6.2.1.2
 Idiopática
 
 
6.2.2
 Diabetes Tipo 2.
 
 
6.2.3
 Otros tipos específicos:
 
 
6.2.3.1
 Defectos genéticos en la función de las células beta, que comprende varias entidades.
 
 
6.2.3.1.1
 Cromosoma 12, HNF-1 alfa (antes MODY 3).
 
 
6.2.3.1.2
 Cromosoma 7, glucocinasa (antes MODY 2).
 
  
 
 
6.2.3.1.3
 Cromosoma 20, HNF-4 alfa (antes MODY 1).
 
 
6.2.3.1.4
 Mutaciones puntiformes del DNA mitocondrial asociado a sordera.
 
 
6.2.3.1.5
 Otros.
 
 
6.2.3.2
 Defectos genéticos en la acción de la insulina.
 
 
6.2.3.2.1
 Resistencia a la insulina tipo A.
 
 
6.2.3.2.2
 Leprecaunismo.
 
 
6.2.3.2.3
 Síndrome Rabson-Mendenhall.
 
 
6.2.3.2.4
 Diabetes lipoatrófica.
 
 
6.2.3.2.5
 Otros.
 
 
6.2.3.3
 Enfermedades del páncreas exócrino.
 
 
6.2.3.3.1
 Pancreatitis.
 
 
6.2.3.3.2
 
Trauma/pancreatectomía.
 
 
6.2.3.3.3
 Neoplasia.
 
 
6.2.3.3.4
 Fibrosis quística.
 
 
6.2.3.3.5
 Hemocromatosis.
 
 
6.2.3.3.6
 Pancreatopatía fibrocalculosa.
 
 
6.2.3.3.7
 Otras.
 
 
6.2.3.4
 Endocrinopatías
 
 
6.2.3.4.1
 Acromegalia.
 
 
6.2.3.4.2
 Síndrome de Cushing.
 
 
6.2.3.4.3
 
Glucagonoma.
 
 
6.2.3.4.4
 Feocromocitoma.
 
 
6.2.3.4.5
 Hipertiroidismo.
 
 
6.2.3.4.6
 Otras.
 
 
6.2.3.5
 Diabetes inducida químicamente, o por drogas.
 
 
6.2.3.5.1
 Vacor.
 
 
6.2.3.5.2
 Pentamidina.
 
 
6.2.3.5.3
 Acido nicotínico.
 
 
6.2.3.5.4
 Glucocorticoides.
 
 
6.2.3.5.5
 Hormonas tiroideas.
 
 
6.2.3.5.6
 Diazóxido.
 
 
6.2.3.5.7
 Agonistas beta-adrenérgicos.
 
 
6.2.3.5.8
 Tiazidas.
 
 
6.2.3.5.9
 Otros.
 
 
6.2.3.6
 Infecciones.
 
 
6.2.3.6.1
 Rubéola congénita.
 
 
6.2.3.6.2
 Citomegalovirus.
 
 
6.2.3.6.3
 Otros.
 
 
6.2.3.7
 Diabetes poco común mediada inmunitariamente.
 
 
6.2.3.7.1
 Síndrome de "stiff-man".
 
 
6.2.3.7.2
 Anticuerpos contra el receptor de insulina.
 
 
6.2.3.7.3
 Otros.
 
  
 
 
6.2.3.8
 Otros síndromes genéticos, algunas veces asociados con diabetes.
 
 
6.2.3.8.1
 Síndrome de Down.
 
 
6.2.3.8.2
 Síndrome de Klinefelter.
 
 
6.2.3.8.3
 Síndrome de Turner.
 
 
6.2.3.8.4
 
Síndrome de Wolfram.
 
 
6.2.3.8.5
 Otros.
 
 
6.2.4
 Diabetes gestacional.
 
 
7.
 Diabetes Tipo 2
 
 
7.1
 Es la forma más común de diabetes. En los apartados 8, 9, 10 y 11 de esta NOM se establecen los
 
procedimientos de prevención, detección, diagnóstico y tratamiento de este tipo de diabetes.
 
 
8.
 Prevención
 
 
8.1
 Principios generales.
 
 
8.1.1
 La prevención de la diabetes y sus complicaciones implica un conjunto de acciones adoptadas para
 
evitar su aparición o progresión.
 
 
8.1.2
 La prevención es un pilar que debe evitar la aparición de la enfermedad, el desarrollo de las
 
complicaciones agudas y crónicas, para lo cual debe llevarse a cabo a través de un equipo multidisciplinario y
 
estrechamente vinculado que permita, a través de sus acciones, obtener impactos en la salud del paciente
 
con factores de riesgo asociados a diabetes mellitus o quienes ya la padecen.
 
 
8.1.3
 Detección de diabetes entre la población general y aqu
e
llos que tengan los factores de riesgo
 
señalados en el numeral 8.1.4
 
 
 
8.1.4
 Los factores de riesgo son: sobrepeso y obesidad, sedentarismo, familiares de primer grado con
 
diabetes, 
>
45 años de edad, las mujeres con antecedentes de productos macrosómicos (>4 kg) y/o
 
con
 
antecedentes obstétricos de diabetes gestacional, mujeres con antecedente de ovarios poliquísticos;
 
asimismo, se considera dentro de este grupo a las personas con hipertensión arterial (
>
140/90), dislipidemias
 
(colesterol HDL 
<
40 mg/dl, triglicéridos 
>
250 mg/dl), a los y las pacientes con enfermedades cardiovasculares
 
(cardiopatía isquémica, insuficiencia vascular cerebral, o insuficiencia arterial de miembros inferiores) y con
 
antecedentes de enfermedades psiquiátricas con uso de antipsicóticos.
 
 
8.1.5
 La prevención de la diabetes mellitus se realiza en tres niveles: primaria, secundaria y terciaria.
 
 
8.1.5.1
 Prevención primaria
 
 
8.1.5.1.1
 Tiene como objetivo evitar el inicio de la enfermedad. En la práctica, prevención es toda actividad
 
que tiene lugar antes de las manifestaciones de la enfermedad con el propósito específico de prevenir
 
su
 
aparición.
 
 
8.1.5.1.2
 
Existen dos tipos de estrategias de intervención primaria: en la población general y en la
 
población con factores de riesgo asociados a la diabetes.
 
 
8.1.5.1.2.1
 En la población en general
 
 
8.1.5.1.2.1.1
 Medidas destinadas a modificar el estilo de vida y las características socioambientales,
 
conforme a los factores de riesgo señalados en el numeral 8.1.4 que, unidas a factores genéticos, constituyen
 
causas desencadenantes de la diabetes.
 
 
8.1.5.1.2.1.2
 Puesto que la probabilidad de beneficio individual a corto plazo es limitada, es necesario que
 
las medidas poblacionales de prevención se mantengan de manera permanente para que sean efectivas a
 
largo plazo.
 
 
8.1.5.1.2.1.3
 Las acciones de prevención primaria deben ejecutarse, no sólo a través de actividades
 
médicas, sino también con la participación y compromiso de la comunidad y autoridades sanitarias utilizando
 
los medios de comunicación masivos existentes en cada región como radio, prensa y televisión, entre otros.
 
 
8.1.5.1.2.1.4
 Los factores protectores para la prevención y control de esta enfermedad consisten en
 
modificar los cambios en el estilo de vida que abarca reducción de peso, una adecuada nutrición, la
 
realización de ejercicio y la disminución de los factores de riesgo cardiovascular.
 
 
8.1.5.1.2.2
 En la población con factores de riesgo, señalados en el numeral 8.1.4.
 
  
 
 
8.1.5.1.2.2.1
 La intervención inicial y a lo largo del padecimiento se realizará especialmente con
 
tratamiento no farmacológico y consistirá en:
 
 
8.1.5.1.2.2.2.1
 
Educación para la salud: folletos, revistas y boletines, entre otros.
 
 
8.1.5.1.2.2.2.2
 Promoción de la salud: corrección de factores dentro del estilo de vida.
 
 
8.1.5.1.2.2.2.3
 Prevención y corrección de obesidad: dietas con bajo contenido graso y azúcares refinados
 
y alta proporción de fibra alimentaria.
 
 
8.1.5.1.2.2.2.4
 
Uso racional y prescripción adecuada de medicamentos diabetogénicos, por ejemplo,
 
diuréticos, corticoides, beta-bloqueadores.
 
 
8.1.5.1.2.2.2.5
 Promoción del ejercicio físico rutinario y programado.
 
 
8.1.5.1.2.2.2.6
 Integración a Grupos de Ayuda Mutua, encaminados a que el o la paciente sea responsable
 
de su autocuidado y permanentemente se autogestionen en pro de su control metabólico.
 
 
8.1.5.1.2.2.2.7
 Uso de la evidencia científica a través de monofármacos preventivos, que disminuyan el
 
porcentaje de conversión a DMT-2, conforme a la Guía de recomendaciones para la promoción de la salud,
 
prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la prediabetes.
 
 
 
8.1.5.2
 Prevención secundaria.
 
 
8.1.5.2.1
 Estará encaminada a pacientes ya confirmados con diabetes mellitus y cuyos objetivos son evitar
 
la aparición de complicaciones agudas, y evitar o retrasar las complicaciones crónicas.
 
 
8.1.5.2.2
 Las acciones para cumplir los objetivos propuestos se fundamentan en el control metabólico
 
óptimo y permanente de la enfermedad.
 
 
8.1.5.3
 Prevención Terciaria
 
 
8.1.5.3.1
 Estará dirigida a pacientes que presentan complicaciones crónicas y tiene como objetivo evitar la
 
discapacidad por insuficiencia renal, ceguera, pie diabético y evitar la mortalidad temprana por enfermedad
 
cardiovascular.
 
 
8.1.5.3.2
 Estas acciones requieren de la participación de profesionales especializados en las diferentes
 
complicaciones.
 
 
8.2
 Control de peso
 
 
8.2.1
 El control de peso es una de las metas básicas para la prevención de la diabetes.
 
 
8.2.2
 La reducción ideal de peso debe ser entre el 5% y el 10% del peso total.
 
Debe ser una meta anual
 
hasta alcanzar su peso ideal.
 
 
 
8.2.3
 El primer paso en el tratamiento de la diabetes en adultos mayores debe ser la instauración de un
 
régimen alimentario que lo conlleve a una disminución de peso, sobre todo si presentan sobrepeso, para que
 
de esta manera disminuya el patrón de insulinoresistencia, sin provocar pérdida de masa muscular
 
(sarcopenia). Es importante tener en cuenta la edad del paciente, comorbilidades asociadas o no a la diabetes
 
mellitus, nivel de funcionalidad y soporte social.
 
 
8.3
 Actividad física
 
 
8.3.1
 La actividad física habitual en sus diversas formas: actividades de la vida diaria, trabajo no
 
sedentario, recreación y ejercicio, tiene un efecto protector contra la diabetes.
 
 
8.3.2
 Por tal motivo, se debe recomendar a la población general, mantenerse físicamente activa a lo largo
 
de la vida, adoptando prácticas que ayuden a evitar el sedentarismo.
 
 
8.3.3
 En el caso de personas de vida sedentaria, se les debe recomendar la práctica de ejercicio aeróbico,
 
en especial la caminata, por lo menos 150 minutos a la semana.
 
 
8.3.4
 La aplicación de la anterior indicación deberá efectuarse de manera gradual, acompañada de las
 
instrucciones pertinentes sobre las precauciones para evitar lesiones u otros posibles problemas.
 
 
8.3.5
 La actividad física más recomendada es de tipo aeróbico, intensidad leve a moderada, es importante
 
aclarar que debe ajustarse para pacientes con cardiopatía isquémica o en pacientes que están bajo
 
tratamiento con beta-bloqueadores, algunos calcioantagonistas como el verapamilo y diltiazem, que toman
 
antiarrítmicos, o digitálicos, entre otras, conforme se establece en el Apéndice Normativo E.
 
 
 
8.3.6
 Las sesiones de actividad física se realizarán en tres etapas que son: calentamiento, aeróbica y
 
recuperación.
 
  
 
 
8.4
 Alimentación
 
 
8.4.1
 Debe promoverse un tipo de alimentación que sea útil para la prevención de la diabetes, conforme a
 
las recomendaciones de la Norma Oficial Mexicana NOM-043-SSA2-2005, Servicios básicos de salud.
 
Promoción y educación para la salud en materia alimentaria. Criterios para brindar orientación.
 
 
8.4.2
 El aporte energético total debe adecuarse, a fin de mantener un peso adecuado, evitándose planes
 
de alimentación con menos de 1200 Kcal al día, como se señala en el Apéndice Normativo B.
 
 
8.4.3
 El valor calórico total (VCT) diario de los alimentos será determinado de acuerdo al Apéndice
 
Normativo C.
 
 
8.4.4
 El VCT derivado de los macronutrimentos para mantener un peso recomendable será de la siguiente
 
manera: menos del 30% de las grasas, de lo cual no más del 7% corresponderá a las grasas saturadas, con
 
predominio de las monoinsaturadas (hasta 15%); 50%-60% de hidratos de carbono predominantemente
 
complejos (menos del 10% de azúcares simples), 14 g de fibra por cada 1000 kcal, preferentemente soluble.
 
En promedio 15% de las kcal totales corresponderá a proteínas y la ingestión de colesterol no será mayor de
 
200 mg/día.
 
 
8.4.5
 El equipo de salud deberá ser debidamente capacitado para poder establecer un plan de
 
alimentación adecuado a individuos con o sin diabetes, cuando no haya disponibilidad de un nutriólogo o
 
especialistas en nutrición, con conocimientos en diabetes.
 
 
8.4.6
 Los productos industrializados que se incluyan en el plan de alimentación de personas con diabetes,
 
deberán cumplir los lineamientos para productos reducidos en grasa y sodio señalados en la Norma Oficial
 
Mexicana NOM-086-SSA1-1994, Bienes y Servicios. Alimentos y bebidas no alcohólicas con modificaciones
 
en su composición. Especificaciones nutrimentales. Su recomendación se basará en que no sean adicionados
 
con sacarosa, fructosa, glucosa.
 
 
8.5
 Promoción de la salud
 
 
8.5.1
 El fomento de los estilos de vida saludables, necesarios para prevenir o retardar la aparición de la
 
diabetes, se llevará a cabo mediante acciones de promoción de la salud.
 
 
8.5.2
 La promoción de la salud se llevará a cabo entre la población general, mediante actividades de
 
educación para la salud, de participación social y de comunicación educativa, con énfasis en ámbitos
 
específicos como la familia, la escuela, la comunidad y grupos de alto riesgo.
 
 
8.6
 Comunicación social
 
 
8.6.1
 La población general habrá de ser adecuada y oportunamente informada, mediante los medios de
 
comunicación social, sobre los factores de riesgo que favorecen el desarrollo de la diabetes.
 
 
8.6.2
 Los mensajes al público deben enfatizar que el control de tales factores contribuye además a la
 
prevención y al control de otras enfermedades crónicas importantes.
 
 
8.6.3
 
Los servicios públicos de salud, con apoyo de los servicios de salud privados, efectuarán campañas
 
para educar a la población sobre alimentación, actividad física, obesidad y otros factores de riesgo
 
cardiovascular.
 
 
8.6.4
 
Se debe establecer coordinación con los organismos públicos y privados, así como con asociaciones
 
de profesionales de la comunicación, a fin de desarrollar acciones en el campo de la comunicación educativa,
 
tendientes a estimular el cambio hacia la práctica de estilos de vida saludables.
 
 
8.7
 Participación social
 
 
8.7.1
 Se debe estimular la participación comunitaria, así como la colaboración de los grupos y
 
organizaciones sociales, para promover la adopción de estilos de vida saludables, particularmente entre los
 
grupos de mayor riesgo.
 
 
8.7.2
 A través de la coordinación con instituciones y dependencias, públicas y privadas, así como con
 
asociaciones de profesionales que trabajan en el campo de la actividad física, el deporte y el
 
acondicionamiento físico, se fomenta la práctica del ejercicio y el deporte, dentro de la población en general.
 
 
8.8
 Educación para la salud
 
 
8.8.1
 La Secretaría de Salud debe establecer, en coordinación con las instituciones educativas, programas
 
de información a la población estudiantil sobre los factores de riesgo de enfermedades no transmisibles
 
frecuentes, entre éstas, la diabetes, así como
 
la actualización de los programas educativos sobre diabetes de
 
las instituciones que preparan a los profesionales de la salud.
 
 
  
 
 
8.8.2
 Las actividades de educación para la salud se deben dirigir principalmente a los niños, a los jóvenes
 
y a las personas adultas en alto riesgo de desarrollar diabetes.
 
 
8.8.3
 Se deben promover procesos que modifiquen actitudes tendientes a mejorar la salud individual,
 
familiar y colectiva en la materia de diabetes.
 
 
8.8.4
 Se debe promover el desarrollo de factores protectores para el control de esta enfermedad, como
 
son el control de peso, práctica de actividad física y una alimentación saludable de acuerdo a las
 
características de las regiones donde viven.
 
 
8.9
 Prevención de la diabetes mellitus tipo 2 en individuos de alto riesgo.
 
 
8.9.1
 Personas en riesgo de llegar a tener diabetes.
 
 
8.9.1.1
 En primer lugar se incluyen los hijos de padres con diabetes independientemente de su nivel de
 
glucemia, a las personas con prediabetes identificados mediante pruebas de detección con glucosa de ayuno
 
o PTGO, de acuerdo a criterios diagnósticos de esta Norma.
 
 
 
8.9.1.2
 También se considera dentro de este grupo a aquellos individuos con uno o varios de los
 
siguientes factores de riesgo: sobrepeso, obesidad, sedentarismo, familiares de primer grado con diabetes,
 
>
65 años de edad, las mujeres con antecedentes de productos macrosómicos (>4 kg) y/o con antecedentes
 
de diabetes gestacional y mujeres con antecedente de ovarios poliquísticos.
 
 
8.9.1.3
 Asimismo, se considera dentro de este grupo a las personas con hipertensión arterial (
>
140/90),
 
dislipidemias (colesterol HDL 
<
40 mg/dl, triglicéridos 
>
250 mg/dl), a los pacientes con enfermedades
 
cardiovasculares (cardiopatía isquémica, insuficiencia vascular cerebral, o insuficiencia arterial de miembros
 
inferiores) y con antecedentes de enfermedades psiquiátricas que reciban antipsicóticos. De igual forma, ante
 
la ausencia de dichos criterios debe comenzar a hacerse a partir de los 45 años. Si los resultados son
 
normales, se deben repetir las pruebas en intervalos de tres años.
 
 
 
8.9.2
 Las personas consideradas en alto riesgo de diabetes deben ser informadas de tal situación y
 
apoyadas para efectuar los cambios necesarios en sus estilos de vida.
 
 
8.9.3
 La prevención específica de la diabetes forma parte de las actividades correspondientes a la
 
prestación de servicios de salud y requiere la intervención de los médicos, en especial de quienes tienen bajo
 
su responsabilidad el cuidado general de la salud de los pacientes y de sus familias.
 
 
8.9.4
 La participación de otros miembros del equipo de salud, como profesionales de la nutrición,
 
enfermería, trabajo social, educadores en diabetes, odontología, psicología y deporte, es de gran importancia
 
para auxiliar a las personas en alto riesgo.
 
 
8.9.5
 
Es importante apoyar el desarrollo de investigaciones, para la puesta en marcha de programas y
 
acciones efectivas dirigidas a prevenir la diabetes en individuos de alto riesgo.
 
 
 
8.10
 La educación para las personas con diabetes o en riesgo de desarrollarla puede apoyarse en material
 
educativo conforme a los apéndices informativos de esta NOM.
 
 
9.
 Detección
 
 
9.1
 La detección de la prediabetes y de la diabetes mellitus tipo 2 se debe realizar en la población general
 
a partir de los 20
 
años de edad o al inicio de la pubertad si presenta obesidad y factores de riesgo con
 
periodicidad de cada 3 años, a través del Programa de Acción espec
í
fico de Diabetes Mellitus vigente
 
y en
 
campañas en el ámbito comunitario y sitios de trabajo, así como en los que los hombres o las mujeres suelen
 
reunirse o desarrollar actividades y en los servicios del sistema de educación pública, además de los que
 
acuden a servicios de salud pública y privada.
 
 
9.2
 El tamizaje de glucosa en población expuesta, ayuda a identificar a las personas con diabetes no
 
diagnosticadas, individuos con alteración a la glucosa en ayuno, permitiendo establecer medidas preventivas
 
para retardar la aparición de la diabetes, modificando su estilo de vida del paciente, alimentación, actividad
 
física, mediante una educación para la salud.
 
 
9.3
 Es recomendable que la detección de diabetes, se haga de manera integrada con otros factores de
 
riesgo cardiovascular, como hipertensión arterial, dislipidemias, tabaquismo, sedentarismo y circunferencia
 
abdominal anormal, así como otras condiciones clínicas asociadas a la resistencia a la insulina.
 
 
  
 
 
9.4
 Programas permanentes de detección
 
 
9.4.1
 Si la glucemia capilar es <100 mg/dl y no hay factores de riesgo se realizará esta misma prueba en 3
 
años. Si en la detección la glucemia capilar es <100 mg/dl y el paciente presenta obesidad, sedentarismo,
 
tabaquismo debe ser capacitado para tener alimentación correcta, realizar su plan de actividad física y
 
suspender el tabaquismo y repetir la detección en un año. Si la glucemia es >100 mg/dl en ayuno o casual
 
>140 mg/dl se procederá a la confirmación diagnóstica con medición de glucemia plasmática de ayuno.
 
 
9.4.2
 La glucosa capilar se debe de realizar con un medidor de glucosa automatizado, el cual tenga las
 
especificaciones del fabricante, el personal de salud deberá de recibir la capacitación continua.
 
 
10.
 Diagnóstico
 
 
10.1
 Se establece el diagnóstico de prediabetes cuando la glucosa de ayuno es igual o mayor a 100 mg/dl
 
y menor o igual de 125 mg/dl (GAA) y/o cuando la glucosa dos hrs. post-carga oral de 75 g de glucosa anhidra
 
es igual o mayor a 140 mg/dl y menor o igual de 199 mg/dl (ITG).
 
 
10.2
 Se establece el diagnóstico de diabetes si se cumple cualquiera de los siguientes criterios: presencia
 
de síntomas clásicos y una glucemia plasmática casual 
>
 200 mg/dl; glucemia plasmática en ayuno 
 
>
 126 mg/
dl; o bien glucemia 
>
200 mg/dl a las dos hrs. después de una carga oral de 75 g de glucosa anhidra disuelta
 
en agua, sin olvidar que en la prueba de ayuno 
o
 en la PTOG, o en ausencia de síntomas inequívocos de
 
hiperglucemia, estos criterios se deben confirmar repitiendo la prueba en un día diferente.
 
 
 
10.3
 Diagnóstico de diabetes mellitus en niños y jóvenes
 
 
10.3.1
 Las pruebas para detección y diagnóstico de prediabetes y diabetes mellitus en niños y jóvenes se
 
realiza si presentan los siguientes criterios:
 
 
10.3.1.1
 Sobrepeso en niños (IMC > del percentil 85 para la edad y sexo, peso para la talla > del percentil
 
85, o peso mayor de 120% ideal para la talla) con cualquiera de los tres siguientes factores de riesgo:
 
 
10.3.1.1.1
 Historia de DM-2 en el primero o segundo grado familiar.
 
 
10.3.1.1.2
 Raza/Etnia (Nativa Americana, Afroamericana, Latina, Asiática/Americana, Nativa de las Islas
 
del Pacífico).
 
 
10.3.1.1.3
 Signos y/o condiciones de resistencia a la insulina (acantosis nigricans, hipertensión arterial,
 
dislipidemia, o síndrome de ovarios poliquísticos).
 
 
10.3.2
 En la mayoría de las personas jóvenes, el diagnóstico de la diabetes tipo 1 deberá hacerse sin
 
dificultad y de manera urgente. Los síntomas de sed, ingesta de líquidos y micción excesivos deben inducir a
 
la realización inmediata de pruebas anticuerpos anti-insulares.
 
 
 
10.3.2.1
 Glucosuria intensa (>1,0 g/dl); posible cetonuria (frecuentemente >0.4 g/dl de acetoacetato);
 
hiperglucemia aleatoria 200 mg/dl).
 
 
10.3.2.2
 Pruebas repetidas al azar para determinar glucemia, glucosuria. Determinación de marcadores de
 
autoanticuerpos en células insulares.
 
 
10.3.2.3
 
Curva de tolerancia oral a la glucosa (CTOG): en ayuno, utilizando una carga de glucosa por vía
 
oral de 1.75 g/kg de peso corporal (máximo 75 g).
 
 
 
10.3.2.4
 En las personas jóvenes, la diabetes tipo 1 comienza generalmente de manera repentina y aguda,
 
con poliuria, polidipsia y evidencias de cetosis. En una minoría de jóvenes, el comienzo es más lento, con
 
síntomas que van apareciendo en el transcurso de varios meses.
 
 
10.3.2.5
 Datos clínicos adicionales: Enuresis de comienzo reciente o persistente. Dolor abdominal con o
 
sin vómitos. Candidiasis vaginal. Poco aumento de peso o pérdida de peso. Fatiga, irritabilidad, deterioro del
 
rendimiento académico. Infecciones dérmicas recurrentes.
 
 
 
10.4
 
Diabetes gestacional.
 
 
10.4.1
 
Antes de efectuar la prueba de tolerancia a la glucosa, se deberá realizar la prueba de detección en
 
toda embarazada entre las semanas 24 y 28 de gestación. Si una hora después de una carga de 50 g de
 
glucosa por vía oral, se encuentra una glucemia plasmática >140 mg/dl, se efectuará la prueba diagnóstica.
 
 
10.4.2
 
Se recomienda que los estudios iniciales se hagan entre la semana 24 y 28 de embarazo (alrededor
 
de los 6 meses), aunque las mujeres con mayor riesgo pueden ser estudiadas desde antes. El estudio
 
consiste en una muestra de glucosa en sangre (50 g de glucosa por vía oral) y si la sospecha es alta se hacen
 
estudios más específicos, como la prueba de tolerancia a la glucosa en tres horas.
 
  
 
 
En esta prueba, se toma una muestra de sangre en ayuno, después, la mujer toma una cantidad
 
específica de glucosa disuelta en agua y se continúa tomando muestras de sangre cada hora hasta completar
 
3 horas. Se diagnostica diabetes si dos o más de los niveles de glucosa se encuentran por arriba de los
 
siguientes valores: En ayuno 95 mg/dl, 1
 
hora 180 mg/dl, a las 2 horas 155 mg/dl y a las 3 horas 140 mg/dl
 
"
(Criterios de Carpenter y Coustan)
"
.
 
 
11.
 Tratamiento y control
 
 
11.1
 
El tratamiento de la diabetes tiene como propósito aliviar los síntomas, mantener el control
 
metabólico, prevenir las complicaciones agudas y crónicas, mejorar la calidad de vida y reducir la mortalidad
 
por esta enfermedad o por sus complicaciones.
 
 
11.2
 Las personas identificadas con glucosa anormal en ayuno, y/o intolerancia a la glucosa, requieren de
 
una intervención preventiva por parte del médico y del equipo de salud, ya que el riesgo para desarrollar
 
diabetes mellitus Tipo 2 y enfermedad cardiovascular es elevado, conforme a lo establecido en la Guía de
 
recomendaciones para la promoción de la salud, prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control
 
de
 
la prediabetes.
 
 
11.2.1
 
En las personas con glucosa anormal en ayuno, y/o intolerancia a la glucosa, de primera intención
 
se recomienda la intervención no farmacológica (dieta y ejercicio). Nutrición: Reducir la sobre-ingesta calórica,
 
principalmente la ingesta de carbohidratos refinados y de grasas saturadas. El objetivo es lograr la reducción
 
de al menos un 5 a 10% del peso corporal. Consultar Manejo Nutricional de la diabetes mellitus tipo 2 y
 
Obesidad. Ejercicio: Se recomienda ejercicio aeróbico mínimo 30 minutos al día durante 5 veces a la semana.
 
El tipo e intensidad del ejercicio debe adaptarse a la edad y condiciones físicas de cada paciente. Consultar
 
Ejercicio en Diabetes mellitus y Obesidad. También es importante considerar las actividades y roles que
 
tradicionalmente realizan tanto hombres como mujeres para sugerir acciones concretas en el cuidado de su
 
salud. El cambio de estilo de vida es por tiempo indefinido.
 
 
11.2.2
 
Tratamiento farmacológico. Se llevará a cabo conforme a la Guía de recomendaciones para la
 
promoción de la salud, prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la prediabetes.
 
 
11.3
 El planteamiento de un programa terapéutico a largo plazo para la o el adulto mayor con diabetes
 
debe tener en cuenta los siguientes aspectos: valoración de la expectativa de vida, la existencia de
 
complicaciones propias de la diabetes, la presencia de trastornos neuropsiquiátricos u otros problemas
 
médicos coexistentes y la cooperación y facultad del paciente para comprender el programa terapéutico.
 
 
11.4
 Componentes del tratamiento
 
 
11.4.1
 El médico, en colaboración con el equipo de salud, tiene bajo su responsabilidad la elaboración y
 
aplicación del plan de manejo integral del paciente, el cual deberá ser adecuadamente registrado en el
 
expediente clínico, conforme a la NOM-168-SSA1-1998, Del expediente clínico.
 
 
11.4.2
 
Para el propósito anterior, en la visita inicial se deben registrar los datos en una historia clínica
 
debidamente elaborada, en esa misma visita y en visitas subsecuentes.
 
 
11.4.3
 
El plan de manejo debe incluir el establecimiento de las metas de tratamiento, el manejo no
 
farmacológico, el tratamiento farmacológico, la educación del paciente, el automonitoreo y la vigilancia de
 
complicaciones.
 
 
11.4.4
 
Las metas básicas del tratamiento incluyen el logro de niveles adecuados de glucosa, colesterol
 
total, colesterol-LDL, colesterol-HDL, triglicéridos, presión arterial, índice de masa corporal, circunferencia
 
abdominal, y la HbA1c. Estas metas serán objeto de vigilancia médica de manera periódica, conforme al
 
Apéndice Normativo D.
 
 
11.4.5
 El manejo inicial de pacientes con diabetes tipo 2 se hará mediante medidas no farmacológicas,
 
mismas que se deberán mantener durante todo el curso del tratamiento. No obstante lo anterior, existe
 
evidencia de que el uso de medicamentos en etapas tempranas (prediabetes: glucosa de ayuno anormal e
 
intolerancia a la glucosa) pueden disminuir la progresión hacia la diabetes manifiesta. En el caso de diabetes
 
tipo 1, la indicación para el uso de insulina es al momento del diagnóstico en conjunto con las medidas no
 
farmacológicas.
 
 
11.4.6
 En la diabetes tipo 2, el manejo farmacológico se iniciará cuando el médico tratante así lo juzgue
 
pertinente, incluso desde el diagnóstico, sobre todo en presencia de hiperglucemia sintomática y para
 
alcanzar metas de control lo más tempranamente posible, conforme a la Guía de Tratamiento Farmacológico
 
para el Control de la diabetes mellitus.
 
  
 
 
11.5
 
Manejo no farmacológico.
 
 
11.5.1
 
Es la base para el tratamiento pacientes con prediabetes y diabetes y consiste en un plan de
 
alimentación, control de peso y actividad física apoyado en un programa estructurado de educación
 
terapéutica.
 
 
11.5.2
 Es responsabilidad del personal médico, apoyado con un equipo de salud, motivar a la o el paciente
 
en la adopción de medidas de carácter no farmacológico ya que son condiciones necesarias para el control de
 
la enfermedad y retraso de complicaciones.
 
 
11.5.2.1
 Es necesario que el personal médico y el equipo de salud en el cual se apoya estén
 
sensibilizados en cuanto a considerar las condiciones de vida que tienen tanto hombres como mujeres,
 
derivadas del género, para adaptar las medidas de carácter no farmacológico, con el fin de favorecer el control
 
de la enfermedad y retraso de complicaciones.
 
 
11.5.3
 
Control de peso.
 
 
11.5.3.1
 
Se considera que el o la paciente ha logrado un control ideal de peso, si mantiene un IMC >18.5
 
y
 
<25; se pueden establecer metas intermedias, de acuerdo con lo especificado en el Apéndice Normativo E.
 
 
11.5.3.2
 Para mantener el control de peso se debe seguir el plan de alimentación, actividad física y
 
ejercicio en los siguientes términos:
 
 
11.5.4
 Plan de actividad física y ejercicio.
 
 
11.5.4.1
 
El médico de primer contacto debe estar capacitado para establecer el plan básico de actividad
 
física o ejercicio para lo cual se apoyará en el equipo de salud y profesionales en esta materia.
 
 
11.5.4.2
 
El tipo, intensidad, duración y frecuencia del ejercicio se deben fijar de acuerdo con los
 
lineamientos descritos en el apartado 8.3 y de conformidad con las guías técnicas aplicables para el
 
cumplimiento de esta Norma.
 
 
11.5.4.3
 
El programa de ejercicio se debe fijar de acuerdo con la evaluación clínica del paciente, tomando
 
en cuenta la edad, estado general de salud, evolución de la enfermedad, alimentación y medicamentos, así
 
como también el tiempo de que disponen para realizarlo, dependiendo de los roles que desempeña dentro de
 
su entorno familiar y laboral principalmente. En el Apéndice Normativo E se describen los criterios para la
 
evaluación clínica del paciente antes de establecer un programa de ejercicio.
 
 
11.5.4.4
 En caso de que el médico no considere apropiado un programa de ejercicio, a causa de alguna
 
contraindicación, ayudará a la o el paciente a establecer un plan de estilo de vida físicamente activa, como
 
estrategia para evitar el sedentarismo.
 
 
11.5.4.5
 Es indispensable que el paciente adulto mayor realice la actividad física en compañía con otra
 
persona o en grupos, que su ropa y calzados sean adecuados, que evite la práctica de los mismos en climas
 
extremos (calor, frío) o con altos niveles de contaminación, que tome líquidos antes, durante y después de la
 
actividad física, que revise sus pies antes y después de cada sesión de ejercicio y, si el paciente se controla
 
con insulina, es indispensable que se establezca un programa de automonitoreo y un buen control metabólico.
 
 
11.5.5
 
Plan de alimentación.
 
 
11.5.5.1
 En lo general, se seguirán los criterios señalados en el numeral 8.4 para una alimentación
 
saludable, para la aplicación de esta NOM.
 
 
11.5.5.2
 En el establecimiento del plan alimentario se deberán analizar y considerar los hábitos de la o el
 
paciente y realizar las modificaciones que sean necesarias a fin de contribuir en el logro de las metas de
 
tratamiento.
 
 
11.5.5.3
 
Para proporcionar atención nutricional al adulto mayor se deben conocer las múltiples
 
alteraciones que afectan al individuo, tanto las propias del envejecimiento, como las enfermedades crónicas y
 
la falta de prótesis dental por la adoncia parcial o total, que afectan la función de nutrición.
 
 
11.5.5.4
 La dieta para el paciente diabético será variada con suficiente consumo de verduras y frutas,
 
hidratos de carbono complejos, fibra y con restricciones en el consumo de grasas, con el objetivo de mantener
 
concentraciones normales de glucosa en la sangre y disminuir los niveles de lípidos.
 
 
11.5.5.5
 
Se recomienda reducir o evitar el consumo de azúcares simples (miel, jaleas, dulces y bebidas
 
azucaradas), permitiéndose el uso de edulcorantes no nutritivos, como aspartame, acesulfame de potasio,
 
sucralosa, sacarina y los permitidos por la Secretaría de Salud. Pacientes tratados con sulfonilureas o insulina
 
distribuirán el consumo de alimentos a lo largo del día de acuerdo a las recomendaciones de su médico.
 
  
 
 
11.5.5.6
 Se recomienda que en las comidas complementarias (colaciones), se consuman preferentemente
 
verduras, equivalentes de cereales integrales y derivados lácteos descremados.
 
 
11.5.5.7
 
La restricción del consumo de alcohol es recomendable en todos los pacientes, particularmente
 
en aquellos(as) con descontrol metabólico, obesos, hipertensos o con hipertrigliceridemia. El exceso de
 
alcohol puede favorecer hipoglucemia en situaciones de ayuno prolongado y efecto disulfirán en casos
 
tratados con clorpropamida.
 
 
11.5.5.8
 
El (la) profesional de salud responsable del tratamiento indicará la dieta apropiada para cada
 
paciente de acuerdo con los requerimientos calóricos por día/kg de peso ideal, y según las condiciones
 
clínicas. En el Apéndice Normativo F, se muestran recomendaciones para el plan alimentario según
 
condiciones específicas de los pacientes.
 
 
11.5.5.9
 
El monitoreo de glucosa y de los otros factores de riesgo cardiovascular servirá para determinar si
 
el plan de alimentación permite cumplir las metas del tratamiento.
 
 
11.6
 Educación para pacientes y familiares
 
 
11.6.1
 La mayor parte del cuidado de la diabetes depende de la persona con este padecimiento. Para
 
lograr el control necesita ser educado en su autocuidado; la educación terapéutica es parte integral del
 
tratamiento, debe proveerse desde el diagnóstico del padecimiento y luego, de manera continua, a lo largo del
 
ciclo vital conforme aparezcan nuevos tratamientos o complicaciones.
 
 
11.6.2
 
Para garantizar la calidad de la educación de la persona con diabetes se deben establecer
 
programas de educación terapéutica, individuales o de grupo, estructurados y proporcionados por personal
 
capacitado y/o educadores en diabetes de acuerdo con el Apéndice Informativo B de esta Norma sobre los
 
estándares de educación.
 
 
11.6.3
 
La educación terapéutica comprenderá un programa educacional a través del currículum
 
educacional para la persona con diabetes, en el que se exponen los siete comportamientos del autocuidado
 
de la salud, conforme al Apéndice Informativo C.
 
 
11.6.4
 
La educación terapéutica debe incluir a la persona con diabetes y a su familia, motivándolos para
 
propiciar estilos de vida saludables en su grupo social y familiar, con la finalidad de prevenir o retrasar la
 
aparición de nuevos casos de diabetes.
 
 
11.7
 
Grupos de Ayuda Mutua
 
 
11.7.1
 Con el propósito de incorporar y crear redes de apoyo social y la incorporación de manera activa de
 
las personas con diabetes en el autocuidado de su padecimiento, facilitar y promover su capacitación, se
 
fomentará la creación de grupos de apoyo y ayuda mutua en las unidades de atención del Sistema Nacional
 
de Salud, así como en centros de trabajo, escuelas y otras organizaciones de la sociedad civil. Deben estar
 
supervisadas o dirigidas por un profesional de la salud capacitado.
 
 
11.7.2
 Los grupos de apoyo y de ayuda mutua deben servir para educar, estimular la adopción de estilos
 
de vida saludables como actividad física, alimentación correcta, automonitoreo y cumplimiento de las metas
 
del tratamiento y control.
 
 
11.7.3
 El (la) profesional de la salud responsable de estos grupos, deberá vigilar que sus actividades se
 
desarrollen de conformidad con los lineamientos establecidos en la presente Norma.
 
 
11.7.4
 
Estos grupos deben cumplir los objetivos para los que fueron creados, debiendo evaluar los
 
indicadores de desempeño correspondientes.
 
 
11.8
 
Automonitoreo
 
 
11.8.1
 Las ventajas del
 
automonitoreo son las siguientes:
 
 
11.8.1.1
 Ajustes en el tratamiento: La información que se recabe de los monitoreos le servirá al médico
 
para conocer el avance del tratamiento del paciente y así podrá ajustarlo para lograr un mejor control del
 
padecimiento.
 
 
 
11.8.1.2
 
Atención hipoglucemias: Los niveles de glucosa pueden bajar demasiado y producir lo que se
 
conoce como hipoglucemia. Si se practica la prueba de glucosa capilar y se descubre que el nive
l está
 por
 
debajo del nivel normal se podrá actuar en consecuencia.
 
 
 
11.8.1.3
 
Prevenir la hiperglucemia: El contar con la información del automonitoreo, tanto en los niveles
 
bajos o altos pueden retrazar o prevenir las complicaciones.
 
  
 
 
11.8.1.4
 
Conocer las variaciones: Al llevar el registro de resultados se podrá identificar las variaciones de
 
la glucosa, así se sabrá en qué momentos del día es elevada o muy baja o se encuentra en nieves normales.
 
 
 
11.8.2
 
Vigilancia del automonitoreo: Es necesario que el personal médico y el equipo de salud vigilen la
 
calidad técnica del automonitoreo y consiste en llevar un registro constante de los niveles de glucosa en
 
sangre, de la
 presión arterial y del peso.
 
 
11.8.3
 
Frecuencia
 
 
11.8.3.1
 Los profesionales de la salud son los indicados para recomendar una determinada cantidad de
 
monitoreos, sin embargo existen ciertas reglas de oro que marcan la pauta para el número de
 
mediciones, de
 
acuerdo al Apéndice normativo 
"
G
"
.
 
 
11.8.3.2
 
Es recomendable medir la glucosa antes y después de realizar ejercicio, con ello se evitará
 
hipoglucemias e hiperglucemias.
 
 
 
11.8.3.3
 
Realizar un monitoreo si se olvid
ó
 alguna dosis de insulina o de medicamento
 
 
 
11.8.3.4
 Si el paciente no se siente bien o si lleva a cabo cambios en su alimentación o actividad física
 
deberá revisar su glucosa con mayor frecuencia.
 
 
11.9
 Manejo farmacológico
 
 
11.9.1
 Los medicamentos que pueden utilizarse para el control de la diabetes tipo 2 son sulfonilureas,
 
biguanidas, insulinas o las combinaciones de estos medicamentos. Asimismo, se podrán utilizar los
 
inhibidores de la alfa glucosidasa, tiazolidinedionas, glinidas, incretinas e inhibidores de la enzima dipeptidil
 
peptidasa (DPP-4) o gliptinas y otros que en su momento apruebe la Secretaría de Salud, conforme a las
 
Guías de Tratamiento Farmacológico para el Control de la diabetes mellitus; a Uso de Insulinas en el
 
Tratamiento de la diabetes mellitus tipo 1 y 2 y a la Guía de recomendaciones para la promoción de la salud,
 
prevención, detección, diagnóstico, tratamiento y control de la prediabetes.
 
 
 
11.9.2
 Las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal que presten servicios de salud
 
sólo deberán utilizar los insumos establecidos en el Cuadro Básico para el primer nivel de atención médica y
 
para el segundo y tercer nivel de atención.
 
 
11.9.3
 
Debe advertirse que en la mayoría de los tratamientos mediante hipoglucemiantes orales, puede
 
desarrollarse falla secundaria a mediano y a largo plazos. Las causas más frecuentes de la falla son la
 
pérdida progresiva en la capacidad de producir insulina por la célula beta, especialmente aquellos que
 
promueven la producción de la hormona y la falta de adherencia al tratamiento.
 
 
11.9.4
 Manejo de pacientes con diabetes tipo 2 que presentan obesidad.
 
 
11.9.4.1
 Uno de los objetivos primordiales del tratamiento para estos pacientes es alcanzar y mantener el
 
peso recomendable, tomando para tal efecto las consideraciones establecidas en la NOM-174-SSA1-1998,
 
Para el manejo integral de la obesidad, conforme a la Guía de Tratamiento Farmacológico para el Control de
 
la diabetes mellitus y la Guía de recomendaciones para la promoción de la salud, prevención, detección,
 
diagnóstico, tratamiento y control de la prediabetes.
 
 
11.10
 
Utilización de insulina.
 
 
11.10.1
 
En la diabetes tipo 1 el tratamiento indispensable que debe ser utilizado desde el momento del
 
diagnóstico. En la diabetes tipo 2 cuando persiste hiperglucemia en ayuno, se puede iniciar con insulina
 
nocturna de manera combinada con hipoglucemiantes orales de administración diurna, conforme a la Guía
 
Uso de Insulinas en el Tratamiento de la diabetes mellitus tipo 1 y 2.
 
 
11.10.2
 En la diabetes tipo 2, ante la falla de los antidiabéticos orales a dosis máximas, se utilizará insulina
 
humana o análogo de insulina, conforme a la Guía Uso de Insulinas en el Tratamiento de la diabetes mellitus
 
tipo 1 y 2.
 
 
11.10.3
 La insulina humana debe considerarse como el medicamento de primera línea en diabetes durante
 
el embarazo y en la diabetes gestacional.
 
 
11.11
 
Vigilancia médica y prevención de complicaciones
 
 
11.11.1
 Aspectos generales
 
 
11.11.1.1
 La frecuencia de las consultas dependerá del grado de cumplimiento de las metas del
 
tratamiento, de los ajustes necesarios al manejo farmacológico y no farmacológico y de la evolución clínica.
 
 
11.11.1.2
 Al inicio del manejo multidisciplinario, se debe tener contacto
 
quincenal o con la periodicidad que
 
determine el profesional de la salud para que conjuntamente con el paciente se logre el control metabólico.
 
  
 
 
11.11.1.3
 En cada visita se debe evaluar el control metabólico, el plan de alimentación y la actividad física
 
y 
se investiga de manera intencionada la presencia de complicaciones. Se registra el peso, la presión arterial
 
y el resultado de la exploración de los pies; se reforzará la educación a pacientes y en donde sea posible, se
 
le estimula a participar en un grupo de ayuda mutua.
 
 
11.11.1.4
 
Se debe realizar la medición, al menos una vez al año, de colesterol total, triglicéridos,
 
colesterol-HDL, colesterol-LDL, HbA1c y examen general de orina, si este último resulta negativo para
 
albuminuria se debe buscar microalbuminuria.
 
 
11.11.2
 Examen de los ojos
 
 
11.11.2.1
 En casos de diabetes tipo 2, al momento de establecer el diagnóstico y posteriormente de
 
manera anual, se efectuará el examen de agudeza visual y de la retina.
 
 
11.11.2.2
 En caso de que el médico al efectuar el examen de los ojos identifique cualquiera de las
 
siguientes anomalías: maculopatía, disminución de la agudeza visual, cambios proliferativos, dificultad para
 
visualizar claramente la retina y catarata, referirá a la o el paciente al oftalmólogo u oftalmóloga.
 
 
11.11.2.3
 En caso de que el médico no pueda efectuar el examen de los ojos o crea necesario, referirá a
 
la o el paciente al especialista. El examen idealmente es por el oftalmólogo con dilatación pupilar una
 
vez al
 
año.
 
 
11.11.3
 Neuropatía
 
 
11.11.3.1
 Como la neuropatía avanzada es irreversible, la detección temprana de esta complicación es
 
importante ya que es el antecedente inmediato del pie diabético y la causa número uno de amputación no
 
traumática.
 
Apéndice Normativo I
 
 
11.11.3.2
 La búsqueda de estas complicaciones se lleva a cabo mediante una cuidadosa revisión clínica,
 
que incluya el examen de los reflejos, de la sensibilidad periférica, dolor, tacto, temperatura, vibración
 
y
 
posición.
 
 
11.11.3.3
 
El o la paciente es referido al especialista si se observa disminución de la sensibilidad en los
 
pies, mononeuropatía aislada, hiperestesia o dolor nocturno de pies o piernas, impotencia y signos o síntomas
 
de neuropatía autonómica, como sudoración excesiva de tronco y cabeza, diarreas sin causa o estreñimiento
 
pertinaz.
 
 
11.11.3.4
 El tratamiento se basa en el control de la glucemia; para el control del dolor se pueden utilizar
 
sintomáticos los cuales no modifican la historia natural de la enfermedad; el ácido alfa lipoico de alta liberación
 
a dosis de 600 mg dos o tres veces al día ha demostrado ser el único tratamiento etiopatogénico de leve
 
a
 
moderado.
 
 
11.11.4
 El pie diabético
 
 
11.11.4.1
 La neuropatía periférica o la enfermedad vascular periférica puede conducir a ulceración,
 
infección y gangrena de los miembros inferiores.
 
 
11.11.4.2
 Los factores de riesgo incluyen, principalmente, calzado inadecuado, deformidades del pie,
 
incapacidad para el autocuidado, descuido, alcoholismo y tabaquismo.
 
 
11.11.4.3
 Las estrategias para prevenir el pie diabético son la educación del (la) paciente, el control de la
 
glucemia, la inspección periódica, el autocuidado de los pies y el envío inmediato al especialista, en caso de
 
infección.
 
Los zapatos deben de ser suaves, sin puntos de presión y sin punta angosta.
 
 
 
11.11.5
 Nefropatía
 
 
11.11.5.1
 La microalbuminuria es un marcador de nefropatía clínica y de enfermedad microvascular; a
 
menudo se asocia con dislipidemia e hipertensión arterial. Actualmente se considera como un factor aislado
 
para riesgo cardiovascular. La meta es lograr tener al paciente con una excreción de albúmina <30 mg/día.
 
 
11.11.5.2
 La presencia de microalbuminuria indica la necesidad de mejorar el control glucémico, tratar aún
 
los aumentos moderados de tensión arterial y restringir moderadamente la ingesta de proteínas y agregar al
 
tratamiento fármacos como inhibidores de la enzima conversiva de angiotensina, antagonista de la recaptura
 
de angiotensina e inhibidores directos de renina.
 
 
11.11.6
 Para el manejo de las dislipidemias en las personas con diabetes se aplicará la Guía de
 
Tratamiento farmacológico para el control de las Dislipidemias.
 
 
11.11.6.1
 La prevención de la cardiopatía isquémica es la meta prioritaria en nuestro país, ya que es una
 
de las principales causas de muerte.
 
  
 
 
11.11.6.2
 La normalización de los lípidos séricos es la meta prioritaria del tratamiento a largo plazo,
 
disminuir los triglicéridos, elevar el c- HDL y reducir los niveles de c-LDL.
 
 
11.11.6.3
 
Los pacientes con diabetes mellitus deben clasificarse en la categoría de alto riesgo y la meta
 
de
 
c- LDL debe ser c-LDL < de 100 mg/dl y cuando se clasifiquen con muy alto riesgo, con alguna o algunas
 
condiciones clínicas asociadas <70 mg/dl, conforme al Apéndice Normativo G.
 
 
11.11.6.4
 En pacientes con diabetes la determinación de lípidos se recomienda realizarla mínimo cada tres
 
meses, sin embargo, quedará bajo el criterio del médico tratante dependiendo de la respuesta al tratamiento y
 
evolución del paciente.
 
 
11.11.6.5
 
La medición no debe ser practicada en personas que en las últimas seis semanas hayan sufrido
 
un evento de estrés físico. Esto incluye enfermedades intercurrentes agudas, cirugía o pérdida de peso.
 
 
11.11.6.6
 
Se debe utilizar dos determinaciones para confirmar el diagnóstico de dislipidemia. Se
 
recomienda mantener un ayuno de 12 horas antes de su determinación.
 
 
11.11.6.7
 La evaluación de pacientes debe incluir una historia clínica completa que incluya la búsqueda
 
intencionada de ECV, pancreatitis, alcoholismo, medicamentos, presencia de xantomas.
 
 
11.11.6.8
 Tratamiento no farmacológico
 
 
11.11.6.8.1
 
El tratamiento debe iniciarse con el control de peso, actividad física y una ingestión reducida
 
de grasas saturadas y trans. Es indispensable que se restrinja el consumo de alcohol y se evite el tabaquismo.
 
 
11.11.6.9
 Tratamiento farmacológico
 
 
11.11.6.9.1
 Se aplicará la Guía de Tratamiento farmacológico para el control de la diabetes mellitus tipo 1
 
y 2.
 
 
11.11.6.9.2
 Los ácidos grasos omega 3 en altas dosis (3 gr al día) se pueden utilizar para coadyuvar la
 
reducción de los triglicéridos.
 
 
11.11.7
 Hipertensión arterial
 
 
11.11.7.1
 El 75% de las personas con diabetes fallecen por ECV, el 80% de las hospitalizaciones están
 
relacionadas con problemas de ateroesclerosis y el riesgo de muerte en estas personas es hasta 5 veces
 
mayor.
 
 
11.11.7.2
 La microalbuminuria es un marcador temprano de daño renal y un indicador de riesgo
 
cardiovascular alto.
 
 
11.11.7.3
 Las metas de control de la presión arterial consisten en mantener los niveles de la presión
 
sistólica y diastólica respectivamente, por debajo de <130/80 mmHg, tanto en pacientes con diabetes mellitus
 
como con intolerancia a carbohidratos.
 
 
11.11.7.4
 Si además existe albuminuria o insuficiencia renal, los y las pacientes deberán ser tratados para
 
lograr una presión arterial <120/75 mm de Hg, tanto en pacientes con diabetes mellitus como con intolerancia
 
a carbohidratos.
 
 
11.11.7.5
 Tratamiento no farmacológico
 
 
11.11.7.5.1
 Disminuir el consumo sodio. Realizar actividad física con cifras tensionales <140/90 mm
 
de
 
Hg.
 
 
11.11.7.6
 Tratamiento farmacológico
 
 
11.11.7.6.1
 Iniciar tratamiento farmacológico en personas con presión arterial 
>
 130/80 mm de Hg, sobre
 
todo en presencia de microalbuminuria un IECA o ARA ll; sin embargo se ha demostrado la eficacia y
 
seguridad de otro tipo de antihipertensivos, conforme a la Guía de Tratamiento farmacológico para el control
 
de la diabetes mellitus tipo 1 y 2, y a la Ver Guía de Tratamiento farmacológico para el control de la
 
Hipertensión Arterial
 
 
11.11.8
 
Hipoglucemia.
 
 
11.11.8.1
 
Los y las pacientes tratados con insulina y sulfonilureas están especialmente expuestos a esta
 
complicación.
 
 
11.11.8.2
 También puede producirse en pacientes que toman sulfonilureas de acción prolongada,
 
especialmente en aquéllos bajo tratamiento con cloropropamida, o con disminución de la función renal.
 
 
11.11.8.3
 Cuando se ingiere alcohol sin alimentos también puede ocurrir hipoglucemia.
 
  
 
 
11.11.8.4
 Si el o la enfermo (a) en estado consciente presenta hipoglucemia, es recomendable utilizar
 
carbohidratos líquidos (10-20 g), seguidos de carbohidratos de absorción más lenta, pudiendo llegar a ser
 
necesario repetir esta ingestión.
 
 
11.11.8.5
 En caso de pérdida del estado de alerta es necesario aplicar glucagón o preferentemente
 
glucosa al 50% por vía endovenosa y llevar con urgencia al paciente al segundo nivel de atención o al
 
especialista. Del glucagón se aplica una dosis de 0,5-1,0 mg por vía intramuscular y se deberá observar la
 
respuesta a los 10 minutos de aplicado. Si el paciente recupera el estado de despierto, deberá ingerir
 
carbohidratos por vía oral, en caso contrario, se deberá proceder a la administración intravenosa de glucosa.
 
Debe de colocarse al paciente con la cabeza volteada hacia un lado, por el riesgo de presentar vómito y
 
broncoaspiración.
 
 
11.12
 Métodos de tratamiento no aceptables.
 
 
11.12.1
 No son aceptables otras formas de tratamiento no descritas en esta Norma.
 
 
12.
 Referencia al especialista o al segundo nivel de atención
 
 
12.1
 El o la paciente diabético es referido al especialista o al segundo nivel de atención, en cualquiera de
 
las circunstancias que se enumeran a continuación:
 
 
12.1.1
 Cuando, de manera persistente, no se cumplan las metas de tratamiento a pesar del tratamiento
 
farmacológico.
 
 
12.1.2
 Falta de respuesta a la combinación de hipoglucemiantes y si además se carece de experiencia en
 
la utilización de insulina.
 
 
12.1.3
 Si un paciente se presenta con hipoglucemia severa, se le aplicará solución glucosada al 50%,
 
después de lo cual se hará la referencia correspondiente al especialista.
 
 
12.1.4
 Si siendo tratado con insulina, presenta hipoglucemias frecuentes.
 
 
12.1.5
 En caso de complicaciones graves, como cetoacidosis o coma hiperosmolar en más de una ocasión
 
durante el último año, retinopatía preproliferativa o proliferativa, glaucoma o edema macular, cardiopatía
 
isquémica, insuficiencia carotídea, insuficiencia arterial de miembros inferiores, lesiones isquémicas o
 
neuropáticas de miembros inferiores, neuropatías diabéticas de difícil control o infecciones frecuentes.
 
 
12.1.6
 En presencia de hipertensión arterial de difícil control, o dislipidemias severas: colesterol o
 
triglicéridos en ayuno >300 mg/dl, a pesar de tratamiento dietético adecuado.
 
 
12.1.7
 En caso de embarazo y diabetes.
 
 
12.1.8
 Siempre que el médico tratante del primer nivel así lo considere necesario.
 
 
12.1.9
 Está recomendado el uso de aspirina a dosis bajas en todos los pacientes con diabetes que no
 
presenten contraindicación absoluta para su utilización.
 
 
13.
 Otras formas de diabetes
 
 
13.1
 Diabetes gestacional.
 
 
13.1.1
 La detección y diagnóstico de diabetes gestacional se efectuará según se señala en el apartado
 
10.4 de esta Norma Oficial Mexicana.
 
 
13.1.2
 El manejo de la diabetes gestacional y de otras formas específicas de diabetes es responsabilidad
 
del médico o médica especialista.
 
 
13.2
 Diabetes tipo 1.
 
 
13.2.1
 Pacientes con sintomatología sugestiva o diagnóstico de diabetes tipo 1 son referidos al segundo
 
nivel de atención o al especialista.
 
 
13.2.2
 Solamente cuando el o la paciente se presente con gran descompensación y no sea posible
 
referirlo(a) de inmediato a el o la especialista, podrá ser tratado(a) provisionalmente en el primer nivel de
 
atención.
 
 
14.
 Vigilancia epidemiológica
 
 
14.1
 Población en riesgo
 
 
El sobrepeso y la obesidad son factores de riesgo para la diabetes y otras enfermedades crónicas,
 
la
 
vigilancia epidemiológica de estos factores de riesgo se realizará de conformidad con las disposiciones
 
jurídicas aplicables.
 
 
  
 
 
De conformidad con el artículo 32 bis 2 del reglamento interior de la Secretaria de Salud (fracción X) en
 
coordinación con el Sistema Nacional de Vigilancia Epidemiológica, así como proponer la actualización en el
 
ámbito de su competencia la Norma Oficial Mexicana 017 para la Vigilancia Epidemiológica.
 
 
Se debe incluir la obesidad en el Sistema 
U
nico de Información en Salud en conformidad con el artículo 32
 
bis 2 del Reg
lamento Interior de la Secretarí
a de Salud (fracción X) en coordinación con el Sistema Nacional
 
de Vigilancia Epidemiológica para proponer la actualización a la Norma Oficial Mexicana 017 para la Vigilancia
 
Epidemiológica, que es el ámbito de su competencia.
 
 
 
La vigilancia epidemiológica de defunciones asociadas con diabetes y obesidad se practicará de acuerdo a
 
lo establecido por la Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-1994, Para la Vigilancia Epidemiológica y los
 
manuales, lineamientos, resolutivos y acuerdos del Comité Nacional de Vigilancia Epidemiológica.
 
 
14.2
 
Tamizaje
 
 
14.2.1
 Los y las pacientes que de acuerdo a los resultados de la detección hayan sido detectados como
 
probables personas con diabetes deberán ser confirmados en la consulta del médico de primer nivel y
 
notificados de acuerdo a las disposiciones jurídicas aplicables en materia de vigilancia epidemiológica.
 
 
 
14.2.2
 Se debe de establecer el seguimiento periódico, a través de las cartillas
 
nacionales de salud en el
 
primer nivel a todas las mujeres con antecedente de diabetes gestacional o que sus productos hayan sido
 
macrosómicos.
 
 
 
14.3
 Notificación de casos.
 
 
14.3.1
 La vigilancia epidemiológica de la diabetes y obesidad se practicará de acuerdo a lo establecido por
 
la Norma Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-1994, Para la Vigilancia Epidemiológica y los manuales,
 
lineamientos, resolutivos y acuerdos del Comité Nacional de Vigilancia Epidemiológica.
 
 
14.3.2
 Se deben mantener actualizados los sistemas especiales vigentes para la Vigilancia Epidemiológica
 
de la diabetes mellitus tipo 2.
 
 
 
14.4
 
Defunciones.
 
 
14.4.1
 
El registro de las defunciones deberá efectuarse siguiendo los lineamientos señalados en la Norma
 
Oficial Mexicana NOM-017-SSA2-1994, Para la vigilancia epidemiológica.
 
 
 
15.
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 McGregor MS, Pinkham C, Ahroni JH, Kerter CD, Doctor JD: The American Diabetes Association
 
risk test for diabetes: Is it a useful screening tool. Diabetes Care 18:585-586, 1995.
 
 
15.59
 Metzger BE, Caustan DR. Summary and Recommendations of fourth International
 
Workshop-
Conference on gestational diabetes mellitus. Diabetes Care 21 (Suppl. 2): B161-B167, 1998.
 
  
 
 
15.60
 Myers MA, Rabin DU, Rowley MJ: Pancreatic islet cell cytoplasmic antibody in diabetes is
 
represented by antibodies to islet cell antigen 512 and glutamic acid decarboxylase. Diabetes Care
 
19:1290-
1295, 1995.
 
 
15.61
 Pecoraro RE, Reiber GE, Burgess EM: Pathways to diabetic limb amputation: Basis for prevention.
 
Diabetes Care 13:513-21, 1990.
 
 
15.62
 Pérez-Lizaur A.B. Plan de Alimentación para el individuo Sano y Enfermo. En: Nutriología Médica.
 
Casanueva E, Kaufer-Horowitz M, Pérez Lizar AB, Arroyo P; México, Editorial Médica Panamericana 1995.
 
 
15.63
 Pérez Lizaur A.B., Marván LL. Sistema Mexicano de Alimentos Equivalentes. Fomento de Nutrición y
 
Salud, A. C. 2001.
 
 
15.64
 Pérez Lizaur A.B., Marvan Laborde L. Manual de dietas normales y terapéuticas. Los alimentos en la
 
salud y la enfermedad. 4a. Edición. Ediciones Científicas La Prensa Médica Mexicana. México, 2000.
 
 
15.65
 Pérez Lizaur A.B., Marvan Laborde L. Sistema Mexicano de Alimentos Equivalentes. Fomento de
 
Nutrición y Salud, A.C. México. 2a. Edición.
 
 
15.66
 Pérez-Pasten E. Manual para el paciente con diabetes mellitus. Editorial Soluciones Gráficas. 
 
149-
 
161, 1997.
 
 
15.67
 Pi-Sunyer FX. Obesity. En: Shils ME, Olson JA, Shike M, Ross AC. Nutrición en Salud y
 
Enfermedad. 9th Edición en Español, Editorial McGraw-Hill: pp. 1615-1643. 2002.
 
 
15.68
 Posadas Romero C. Dislipidemias y aterosclerosis. 
Interamericana-McGraw-Hill. México, 1995.
 
 
15.69
 Practical Guide to the Identification, Evaluation and Treatment of Overweight and Obesity in Adults
 
S. Department of Health and Human Services, Public Health Service, National Institutes of Health, National
 
Heart, Lung, and Blood Institute. NIH Publication No. 00-4084, October 2000.
 
 
15.70
 Ratner Re. Long-term health care outcomes in diabetes. Economic and political implications. In:
 
Hirsch IB, Riddle MC, Editors Endocrinology and Metabolism clinics of North America 26:487-498, 1997.
 
 
15.71
 Report of the Expert Committee on the Diagnosis and Classification of Diabetes Mellitus. Diabetes
 
Care 20:1183-1197, 1997.
 
 
15.72
 RiddleI MC. Tactics for type II Diabetes, In: Hirsch IB, Riddle MC, Editors Endocrinology and
 
Metabolism Clinics of North America 26:659-677, 1997.
 
 
15.73
 Roman Sh, Harris MI. Management of diabetes mellitus from a public health perspective, In: Hirsch
 
IB, Riddle MC, Editors Endocrinology and Metabolism Clinics of North America 26:443-474. 
1997.
 
 
15.74
 Rull JA. Tratamiento de las hiperlipidemias. En: González-Barranco J, Guadalajara Boo, Editores.
 
Importancia de los lípidos en la Medicina Contemporánea, 1990.
 
 
15.75
 Rull RJA, Chávez VA. y Bourges H. Grupo de alimentos: Recomendación oficial del INNSZ. 
 
Rev.
 
INNSZ 5(25): Ene.-Feb. 1994.
 
 
15.76
 Schmidli RS, Coleman PG, Harrison LC: Do glutamic acid decarboxylase antibodies improve the
 
prediction of IDDM in first-degree relatives at risk for IDDM? J Autoimmunity 7:873-879, 1994.
 
 
15.77
 Schott M, Schatz D, Atkinson M, Krischer J, Mehta H, Vold B, Maclaren N: GAD 65 autoantibodies
 
increase the predictability but not the sensitivity of islet cell and insulin autoantibodies for developing insulin
 
dependent diabetes mellitus. 
J Autoimnunity 7:865-872, 1994.
 
 
15.78
 Secretaría de Salud. Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana para la Prevención,
 
Tratamiento y Control de la Diabetes Mellitus. NOM-015-SSA-1994. Uso de insulinas en el Tratamiento de la
 
Diabetes Mellitus tipo 1 y 2. 2005.
 
 
15.79
 Secretaría de Salud. Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana para la Prevención,
 
Tratamiento y Control de la Diabetes Mellitus tipo 2. NOM-015-SSA-1994. Uso de Combinaciones en el
 
Tratamiento de la Diabetes mellitus tipo 2. 2003.
 
 
15.80
 Secretaría de Salud. Programa Sectorial de Salud 2007-2012. México, 2008.
 
 
15.81
 Skyler JS. 
Glucose Control in Type 2. Diabetes Mellitus. 
Ann Inter Med 127:837-838, 1997.
 
 
15.82
 Sociedad Mexicana de Nutrición y Endocrinología: Tratamiento nutricio en la prevención de las
 
complicaciones de la diabetes mellitus tipo 2. Revista de Endocrinología y Nutrición 2004, 12(1): S15-S22.
 
  
 
 
15.83
 Solano-Sánchez A. Plan de Alimentación. En: Atención integral del paciente diabético, 3a. Edición.
 
Lerman I. McGraw-Hill. pp. 81-108, 2003.
 
 
15.84
 
Tapia
-Conyer R. et al. Encuesta Nacional de Enfermedades Crónicas. INNSZ-Secretaría de Salud,
 
México, 1993.
 
 
15.85
 Tapia-Conyer R, Velázquez MO, Lara EA, Muñoz PL, Martínez MY, Vázquez ChC, Alpízar SM, Rull
 
RJA, Gómez-Pérez F, Aguilar SC, Lerman GI, Pérez-Pasten E, Morales FH y Pizaña BJ. Manual para el
 
Manejo de Insulinas. Secretaría de Salud, México 2000.
 
 
15.86
 Tratamiento de la Diabetes mellitus no insulinodependiente (DMNID). Una contribución a la
 
implementación de la Declaración de St. Vicente. 2a. Edición. Grupo de Políticas para Europa sobre 
 
DMNID,
 
1993.
 
 
15.87
 Tuomilehto J et al.; Prevention of type 2 diabetes mellitus by changes in lifestyle among subjects with
 
impaired glucose tolerance.
 
N Engl J Med 2001; 334:1343-1350.
 
 
15.88
 UNESCO. Recomendaciones para un uso no sexista del lenguaje.
 
 
15.89
 Uso de Insulinas en el Tratamiento de la diabetes mellitus tipo 1 y 2.
 
 
15.90
 Valadez-Figueroa IA, Aldrete-Rodríguez MG y Alfaro-Alfaro N. Influencia de la Familia en el Control
 
Metabólico del Paciente Diabético Tipo II. Rev. Salud Pública de México 35:464-469, 1993.
 
 
15.91
 Velázquez MO, Lara EA. La detección como instrumento para vincular la prevención primaria y la
 
vigilancia epidemiológica de los factores de riesgo. 
Foro Silanés, 4,9:20-23, 2000.
 
 
15.92
 Vijan S, Hofer TP, Hayward RA. Estimated benefits of glucemic control in microvascular
 
complications in type 2 diabetes.
 
 
 
Ann Intern Med 127:788-795, 1997.
 
 
15.93
 WHO. International statistical classification of diseases and related health problems. Tenth revision.
 
(Vol. 1). Ginebra WHO, 1992.
 
 
15.94
 WHO. Prevention of Diabetes Mellitus. WHO Technical Report Series. Genova, 1994.
 
 
15.95
 
Canadian Diabetes Association. Clinical Practice Guidelines for de Prevention and Management of
 
Diabetes in Canada. Canadian Journal of Diabetes vol 32, supplement 1. September 2008
 
 
15.96
 
American Diabetes Asociation. Clinical Practice Recommendations 2010. 
January 2010; 33
 
(Supplement 1)
 
 
15.97
 
Federación Internacional de diabetes. Guía global para la diabetes tipo 2. Internacional Diabetes
 
Federation, 2005.
 
 
15.98
 
Federación Internacional de diabetes. Guía Global para la diabetes tipo 2, perspectivas mundiales
 
de la diabetes. Diabetes Voice. 2006, Septiembre, volumen
 
 
16.
 Concordancia con normas internacionales y mexicanas
 
 
Esta Norma es parcialmente equivalente al Manual de Normas Técnicas y Administrativas del Programa
 
de Diabetes Mellitus expedido por la Organización Mundial de la Salud y no tiene equivalente con normas
 
mexicanas.
 
 
17.
 Observancia de la Norma
 
 
La vigilancia de la aplicación de esta Norma corresponde a la Secretaría de Salud y a los gobiernos de las
 
entidades federativas, en sus respectivos ámbitos de competencias, en los términos de las disposiciones
 
jurídicas aplicables.
 
 
Las instituciones de atención médica pertenecientes al Sistema Nacional de Salud podrán solicitar, en
 
cualquier momento, una evaluación de la conformidad, si así lo estiman pertinente.
 
 
18.
 Vigencia
 
 
Esta Norma Oficial Mexicana entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la
 
Federación.
 
 
Sufragio Efectivo. No Reelección.
 
 
México, D.F., a 5 de agosto de 2010.- El Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y
 
Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades,
 
Mauricio Hernández Avila
.- Rúbrica.
 
  
 
 
19.
 Apéndices normativos
 
 
APENDICE NORMATIVO A
 
 
CRITERIOS DE SINDROME METABOLICO
 
 
 
 
 
Criterio
 
 
 
 
 
ATP III
 
 
 
 
 
IDF
 
 
 
 
 
 
 
Presión arterial (mmHg)
 
 
 
 
>
130/85
 
 
 
 
>
130/85
 
 
 
 
 
 
Triglicéridos (mg/dl)
 
 
 
 
>150
 
 
 
 
>150
 
 
 
 
 
 
Colesterol HDL (mg/dl) hombres
 
 
 
 
 
< 40
 
 
 
 
< 40
 
 
 
 
 
 
Colesterol HDL (mg/dl) mujeres
 
 
 
 
< 50
 
 
 
 
< 50
 
 
 
 
 
 
Circunferencia Abdominal (cm) hombres
 
 
 
 
 
>90 (modificada)
 
 
 
 
>90 (modificada)
 
 
 
 
 
 
Circunferencia Abdominal (cm) Mujeres
 
 
 
 
 
>80 (modificada)
 
 
 
 
>80 (modificada)
 
 
 
 
 
 
Glucosa plasmática de ayuno (mg/dl)
 
 
 
 
 
>110
 
 
 
 
>100
 
 
 
 
  
 
 
Se deberán cumplir
 
de 3 de 5 criterios diagnósticos establecidos por ATPIII e IDF
 
 
Fuente: Alberti KG, Eckel RH, Grundy SM, Zimmet PZ, Cleeman JI, Donato KA, Fruchart JC, James WP,
 
Loria CM, Smith SC Jr; International Diabetes Federation Task Force on Epidemiology and Prevention;
 
Hational Heart, Lung, and Blood Institute; American Heart Association; World Heart Federation; International
 
Atherosclerosis Society; International Association for the Study of Obesity.
 
Harmonizing the metabolic
 
syndrome: a joint interim statement of the International Diabetes Federation Task Force on Epidemiology and
 
Prevention; National Heart, Lung, and Blood Institute; American Heart Association; World Heart Federation;
 
International Atherosclerosis Society; and International Association for the Study of Obesity.
 
 
APENDICE NORMATIVO B
 
 
APENDICE NORMATIVO B (1)
 
 
SISTEMA DE EQUIVALENTES: COMPOSICION PROMEDIO DE LOS GRUPOS DE ALIMENTOS
 
 
 
 
 
 
Equivalente
 
 
 
 
 
Grupo de
 
alimentos
 
 
 
 
 
Energía
 
 
 
 
 
Proteína
 
 
 
 
 
Lípidos
 
 
 
 
 
HCO
 
 
 
 
 
 
  
 
 
 
 
P.O.A
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Muy bajo en grasa
 
 
 
 
40
 
 
 
 
7
 
 
 
 
1
 
 
 
 
0
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Bajo en grasa
 
 
 
 
55
 
 
 
 
7
 
 
 
 
3
 
 
 
 
0
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Moderada en grasa
 
 
 
 
75
 
 
 
 
7
 
 
 
 
5
 
 
 
 
0
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Alto en grasa
 
 
 
 
100
 
 
 
 
7
 
 
 
 
8
 
 
 
 
0
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Leche
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Descremada
 
 
 
 
95
 
 
 
 
9
 
 
 
 
2
 
 
 
 
12
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Semidescremada
 
 
 
 
110
 
 
 
 
9
 
 
 
 
4
 
 
 
 
12
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Entera
 
 
 
 
150
 
 
 
 
9
 
 
 
 
5
 8
 
 
 
 
12
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Con azúcar
 
 
 
 
200
 
 
 
 
8
 
 
 
 
5
 
 
 
 
30
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Leguminosas
 
 
 
 
120
 
 
 
 
8
 
 
 
 
1
 
 
 
 
20
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Verduras
 
 
 
 
25
 
 
 
 
2
 
 
 
 
0
 
 
 
 
4
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Cereales y
 
Tubérculos
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Sin grasa
 
 
 
 
70
 
 
 
 
2
 
 
 
 
0
 
 
 
 
15
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Con grasa
 
 
 
 
115
 
 
 
 
2
 
 
 
 
5
 
 
 
 
15
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Aceites y grasa
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Sin proteína
 
 
 
 
45
 
 
 
 
0
 
 
 
 
5
 
 
 
 
0
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Con proteína
 
 
 
 
70
 
 
 
 
3
 
 
 
 
5
 
 
 
 
3
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Frutas
 
 
 
 
60
 
 
 
 
0
 
 
 
 
0
 
 
 
 
15
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
Azúcares
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Sin grasa
 
 
 
 
40
 
 
 
 
0
 
 
 
 
0
 
 
 
 
10
 
 
 
 
 
 
1
 
 
 
 
Con grasa
 
 
 
 
85
 
 
 
 
0
 
 
 
 
5
 
 
 
 
10
 
 
 
 
 
Adaptado del Sistema Mexicano de Alimentos Equivalentes
 
 
APENDICE NORMATIVO B (2)
 
  
 
 
DISTRIBUCION DE EQUIVALENTES EN UN PLAN DE ALIMENTACION
 
 
PARA PERSONAS CON DIABETES
 
 
 
 
 
Grupo de
 
alimentos
 
 
 
 
 
1200 kcal
 
 
 
 
 
1400 kcal
 
 
 
 
 
1600 kcal
 
 
 
 
 
1800 kcal
 
 
 
 
 
2000 kcal
 
 
 
 
 
2500 kcal
 
 
 
 
 
 
 
HCO = 50%
 
 
Prot = 25%
 
 
Lip = 25%
 
 
 
 
 
 
Productos de
 
Origen
 
Animal
 
(P.O.A)
 
 
 
 
3
 
 
 
 
4
 
 
 
 
5
 
 
 
 
5
 
 
 
 
6
 
 
 
 
8
 
 
 
 
 
 
Lácteos
 
 
 
 
1
 
 
 
 
2
 
 
 
 
2
 
 
 
 
2
 
 
 
 
2
 
 
 
 
3
 
 
 
 
 
 
Leguminosas
 
 
 
 
1
 
 
 
 
1
 
 
 
 
1.5
 
 
 
 
2
 
 
 
 
2
 
 
 
 
2.5
 
 
 
 
 
 
Verduras
 
 
 
 
5
 
 
 
 
5
 
 
 
 
5
 
 
 
 
5
 
 
 
 
5
 
 
 
 
7
 
 
 
 
 
 
Cereales y
 
tubérculos
 
 
 
 
5
 
 
 
 
5
 
 
 
 
6
 
 
 
 
6
 
 
 
 
6.5
 
 
 
 
7
 
 
 
 
 
 
Aceites y
 
Grasas
 
 
 
 
5
 
 
 
 
5
 
 
 
 
5.5
 
 
 
 
6
 
 
 
 
6.5
 
 
 
 
7.5
 
 
 
 
 
 
Frutas
 
 
 
 
3
 
 
 
 
4
 
 
 
 
5
 
 
 
 
5
 
 
 
 
5
 
 
 
 
7
 
 
 
 
 
 
 
 
El número de equivalentes varía de acuerdo a los requerimientos energéticos. Estos se calculan de
 
acuerdo al peso deseable, la estatura, la edad, el sexo y la actividad física del individuo.
 
 
APENDICE NORMATIVO B (3)
 
 
 
 
 
RESUMEN DEL SISTEMA MEXICANO DE ALIMENTOS EQUIVALENTES
 
 
 
 
 
 
 
 
L
a
cteos con bajo contenido de grasa
 
 
en teoria cada racio
n contiene 9
5 Kcal, 12 gr de HC, 9
 
de protei
nas y 2 gr de grasa
 
 
Leche líquida descremada
    
1 taza (240 ml)
 
 
Leche descremada en polvo
                
3 cdas.
 
 
Yogurt natural sin azúcar, descremado
    
1 taza
 
 
Leche evaporada descremada
             
½ taza o 120 ml
 
 
Jocoque natural descremado
               
1 taza (240 ml)
 
 
Productos de origen animal (P.O.A)
 
 
bajo contenido de grasa (Energía 55 kcal, proteinas 
 
7
 
gr, grasa 3 gr)
 
 
1 R
ación (
Y
a cocida)
 
 
Aves 
(carne sin piel): Avestruz, codorniz, faisán,
 
 
gallina, pavo o pollo
                         
40 gramos
 
 
Cerdo
: maciza
                               
40 gramos
 
 
Conejo
: cualquier parte magra 
            
30 gramos
 
 
Res
: aguayón, bistec, bola, carne seca, cecina,
 
chamberete, falda, filete, maciza y
 
molida 
 
especial
          
40 gramos
 
 
Ternera
: espaldilla, lomo, pierna
          
40 gramos
 
 
Claras de huevo
                             
2 pzas
 
 
EMBUTIDOS
 
 
Jamón de pavo
                              
 40 gramos
 
 
QUESOS
 
 
Queso canasto, cottage, panela,
 
 
fresco de vaca, requesón y ricotta 
         
30 gramos
 
 
PESCADO
 
 
(Frescos o enlatados en agua)
 
 
Atún enlatado en agua (escurrido) 
        
30 gramos
 
 
Pescado: cualquiera
 
 
(fresco o congelado)
                        
30 gramos
 
 
Sardina mediana sin aceite
                 
30 gramos
 
 
Huachinango
                                 
30 gramos
 
 
Frutas (Energía 60 kcal, 15 gr de HC)
 
 
Alto en fibra
 
 
Pera
                                           
½ pieza
 
 
Fresas
                                        
1 taza
 
 
Granada
                                      
1 pieza
 
 
Guayaba
                                      
2 piezas
 
 
Medio contenido de fibra
 
 
 
 
Cereales y tubérculos (energía 68 kcal, 15 gr de HC,
 
 
2 gr de proteina, grasa 0 g )
 
 
Pan y tortilla
 
 
Bolillo sin migajón
                    
1/3 pieza
 
 
Pan de caja
 
 
(blanco, tostado, integral)
            
1 rebanada
 
 
 
Tortilla de maíz
                       
1 pieza
 
 
Tortilla de harina
                     
½ pieza
 
 
Cereales
 
 
Arroz cocido
                          
½ taza
 
 
Avena en hojuelas
                   
1/3 taza
 
 
Harina (todas)
                        
2 cdas
 
 
Hojuelas de arroz
                    
1/2 taza
 
 
Hojuelas de maíz sin azúcar
        
½ taza
 
 
Hojuelas de trigo integral
            
½ taza
 
 
Masa de nixtamal
                    
50 gr
 
 
Palomitas caseras sin grasa 
        
2 1/2 tazas
 
 
Sopa de pasta cocida
                
½ taza
 
 
Galletas
 
 
Animalitos
                             
6 piezas
 
 
Habaneras
                            
4 piezas
 
 
Marías
                                 
4 piezas
 
 
Saladas (sin grasa)
                  
4 piezas
 
 
Tuberculos
 
 
Camote
                                
1
/
3 taza
 
 
Papa
                                   
½ pieza
 
 
Papa en puré (sin grasa)
            
½ taza
 
 
leguminosas
 
(20 gr de HC, 8 gr de protei
nas, 1 gr de
 
grasa)
 
 
Alubia, chícharo, frijol, garbanzo, haba, lenteja, soya 
 
1
/
2
 
taza
 
 
Verduras
 (4 gr de HC, 2 gr de proteínas)
 
 
Acelga
          
½ taza
       
Flor de calabaza 
   
¾ taza
 
 
 
Apio
            
1 taza
       
Hongos
              
1 taza
 
 
Calabacitas 
   
1 pieza 
     
Jitomate
             
1 pieza
 
 
Cebollinas 
     
3 piezas 
    
Lechuga
             
3 tazas
 
 
Chayote 
       
½ taza 
      
Nopales
             
1 taza
 
 
Pepino 
         
1½ taza 
     
Chile poblano 
      
½ pza.
 
 
Cilantro 
        
¼ taza 
      
Pimiento
             
2 tazas
 
 
Col
              
1 taza 
       
Rabanitos
           
2 tazas
 
 
 
 
 
 
 
 
Medio contenido de fibra
 
 
Chabacano 
                                 
4 piezas
 
 
Chicozapote
                                 
½ pieza
 
 
Durazno
                                     
2 piezas
 
 
Manzana
                                    
1 pieza peq.
 
 
Ciruelas, higo fresco
                        
3 piezas
 
 
Papaya picada
                              
2/3 taza
 
 
Bajo en fibra
 
 
Mamey
                                       
1/3 pieza
 
 
Mandarina
                                   
2 piezas
 
 
Mango
                                       
½ pieza
 
 
Melón
                                        
1 taza
 
 
Naranja en gajos
                            
1 taza
 
 
Piña
                                          
¾ taza
 
 
Plátano
                                      
½ pieza
 
 
Zapote negro
                                
½ pieza
 
 
Tuna
                                         
2 piezas
 
 
Sandía
                                       
1 taza
 
 
Uva roja
                                     
½ taza
 
 
Uva verde
                                   
½ taza
 
 
Kiwi
                                          
1½ pieza
 
 
 
 
Col
             
1 taza
        
 Rabanitos
           
2 tazas
 
 
Coliflor
         
¾ taza
       
Romeritos
           
1 taza
 
 
Ejote
           
1 taza
        
Tomate verde
       
1 taza
 
 
Espárragos
    
6 piezas
      
Verdolagas
          
1 taza
 
 
Berro
           
1 taza
        
Huitlacoche
          
1/3 taza
 
 
GRASAS (5 GR DE GRASA)
 
 
monoinsaturadas
 
 
Aceites: (cánola, oliva)
      
1 cdita.
 
 
Aceitunas
                     
8 piezas
 
 
Aguacate
                     
1/3 pieza
 
 
polinsaturadas
 
 
Aceites:
 
 
(cártamo, maíz, soya, girasol)
      
1 cdita.
 
 
Almendras
                           
10 piezas
 
 
Avellanas
                            
7 piezas
 
 
Cacahuates
                          
18 gr
 
 
Nueces de Castilla
                  
3½ cdas.
 
 
Pistaches
                             
4 cditas
 
 
Mayonesa
                            
1 cdita.
 
 
 
 
 
 
Adaptado de Sistema Mexicano de Alimentos Equivalentes (Se puede revisar el sistema Mexicano de
 
Equivalentes completo)
 
 
APENDICE NORMATIVO C
 
 
ESTIMACION DE REQUERIMIENTOS ENERGETICOS DIARIOS, SEGUN DIVERSAS CONDICIONES
 
DE
 
LAS PERSONAS
 
 
 
kcal/kg peso
 
 
 
 
 
Hombres con actividad física normal o mujeres físicamente
 
muy activas
 
 
 
 
 
30
 
 
 
 
 
 
Mujeres con actividad física normal y hombres con vida
 
sedentaria o mayores de 55 años activos
 
 
 
 
 
25-28
 
 
 
 
 
 
Mujeres sedentarias y hombres mayores de 55 años
 
sedentarios
 
 
 
 
 
20
 
 
 
 
 
 
Mujeres embarazadas (1er. trimestre)
 
 
 
 
 
28-32
 
 
 
 
 
 
Mujeres embarazadas (2o. trimestre)
 
 
 
 
 
36-38
 
 
 
 
 
 
Mujeres lactando
 
 
 
 
 
36-38
 
 
 
 
 
 
 
 
APENDICE NORMATIVO D
 
 
METAS BASICAS DEL TRATAMIENTO Y CRITERIOS PARA EVALUAR EL GRADO DE CONTROL
 
DEL
 
PACIENTE
 
 
 
 
 
Metas del tratamiento
 
 
 
 
 
 
Glucemia en ayuno (mg/dl)
 
 
 
 
 
70 -130
 
 
 
 
 
 
Glucemia postprandial de 2 h. (mg/dl)
 
 
 
 
 
<140
 
 
 
 
 
 
HbA1c (%)*
 
 
 
 
 
<7
 
 
 
 
 
 
Colesterol total (mg/dl)
 
 
 
 
 
<200
 
 
 
 
 
 
Colesterol LDL (mg/dl)
 
 
 
 
 
<100
 
 
 
 
 
 
Triglicéridos en ayuno (mg/dl)
 
 
 
 
 
<150
 
 
 
 
 
 
Colesterol HDL (mg/dl) hombres
 
 
 
 
 
>40
 
 
 
 
 
 
 
 
Colesterol HDL (md/dl) mujeres
 
 
 
 
 
>50
 
 
 
 
 
 
Microalbuminuria (mg/día)
 
 
 
 
 
<30
 
 
 
 
 
 
Presión arterial (mm de Hg)
 
 
 
 
 
<130/80
 
 
 
 
 
 
IMC
 
 
 
 
 
<24.9
 
 
 
 
 
 
Circunferencia abdominal (cm)
 
hombres
 
 
 
 
 
<90
 
 
 
 
 
 
Circunferencia abdominal (cm)
 
mujeres
 
 
 
 
 
<80
 
 
 
 
 
* En los casos en que sea posible efectuar esta prueba.
 
 
** Es necesario un control estricto de la P.A. para reducir el riesgo de daño renal. Si el paciente fuma una
 
meta adicional es dejar de fumar.
 
 
APENDICE NORMATIVO E
 
 
EVALUACION CLINICA A PACIENTES ANTES DE ESTABLECER UN PROGRAMA DE ACTIVIDAD
 
FISICA
 
 
Se debe tener especial cuidado en casos con más de 10 años de evolución clínica y cuando están
 
presentes otros factores de riesgo cardiovascular, complicaciones microvasculares, enfermedad vascular de
 
miembros inferiores, neuropatía autonómica o historia de hipoglucemias severas. En caso de duda debe ser
 
referido(a) a un centro de 2o. nivel para realizar una evaluación cardiológica antes del inicio del programa
 
de
 
ejercicio.
 
 
Se debe descartar la presencia de retinopatía proliferativa con el fin de evitar la precipitación de una
 
hemorragia vítrea. No se recomienda ejercicio moderado a intenso en personas con albuminuria. Debe
 
descartarse la presencia de lesiones en los pies, puntos de apoyo incorrectos, hipotensión postural,
 
taquicardia persistente. Se recomienda la realización de caminata, natación, andar en bicicleta. Se debe vigilar
 
el ejercicio no aeróbico, carrera, trote, ejercicios en escaleras.
 
 
Si se detecta una glucemia >250 mg/dl o cetosis, debe controlarse esta glucemia a fin de incorporarse al
 
ejercicio. El o al paciente con diabetes debe portar una identificación al momento de realizar ejercicio fuera de
 
su domicilio y traer consigo alguna fuente de carbohidratos simples para tratar rápidamente una hipoglucemia.
 
 
El horario de ejercicio debe ser acorde al tratamiento hipoglucemiante.
 
 
ACTIVIDAD FISICA Y DIABETES
 
 
 
Actividad Física: Es una actividad física: libre, voluntaria, repetitiva, que se planifica y organiza, con el
 
objetivo de mejorar la calidad de vida.
 
 
Ejercicio Aeróbico: Usa grandes grupos musculares, que requieren de oxígeno por períodos prolongados.
 
 
Ejercicio anaeróbico (resistencia), usa músculos largos que no requieren oxígeno por periodos cortos.
 
 
Etapas de la sesión de Ejercicio Físico.
 
 
Etapa de calentamiento: Preparar el cuerpo para realizar la etapa principal, con movimientos suaves de los
 
pies a la cabeza (10 a 15 minutos)
 
 
 
Etapa principal (aeróbico): Movimientos para fortalecer el sistema cardiovascular (corazón y arterias)
 
(30 a 60 minutos) ejemplo caminar, trotar, nadar, bailar, bicicleta fija sin resistencia.
 
 
 
Etapa de enfriamiento (recuperación): Movimientos suaves para finalizar la sesión de ejercicio físico
 
(10 a 15 minutos)
 
 
Recomendaciones:
 
 
 
Hacer un total de 150 minutos de ejercicio moderado-intenso cada semana dividido en días no
 
consecutivos
 
 
 
Efectuar ejercicio de resistencia 3 veces a la semana
 
 
Cómo empezar:
 
 
FRECUENCIA: 3 a 5 veces por semana
 
 
DURACION: Comenzando de 20-30 minutos, e ir aumentando progresivamente, hasta alcanzar
 
60
 
minutos.
 
 
INTENSIDAD: Objetivo, alcanzar beneficios cardiovasculares y mejorar el metabolismo energético. La
 
intensidad del ejercicio deberá estar entre el 50 a 74% de la frecuencia cardiaca máxima, con la finalidad de
 
evitar riesgos.
 
  
 
 
¿Cómo calcular un ritmo recomendable?
 
 
220 (- edad): _______ (-FC reposo): _______ (*.50): _____ (+ FC reposo): _________
 
 
220 (- edad): _______ (-FC reposo): _______ (*.75): _____ (+ FC reposo): _________
 
 
Ejemplo:
 
 
Mujer de 30 años
 
 
FC Reposo = 60
 
 
220 (-30):
         
190 (-60):
           
130 (*.50):
             
 65 (+60): 125
 
 
220 (-30):
         
190 (-60):
           
130 (*.75):
             
97.5 (+60): 157
 
 
Para que el ejercicio sea benéfico, su pulso deberá estar entre 125 y 157 pulsaciones por minuto, durante
 
la fase de actividad principal, del ejercicio.
 
 
¿Cómo medir la intensidad del ejercicio en el paciente?
 
 
Preguntándole: ¿Cómo se siente?, ¿Cuál es su temperatura?, ¿Cómo es su respiración?, ¿A qué ritmo
 
late su corazón?
 
 
 
Intensidad muy suave: respiración suave.
 
 
 
Intensidad
 suave: inicio de sensación de calor, ligero aumento del ritmo cardiaco y la respiración.
 
 
 
Intensidad moderada: aumenta la sensación de calor, el ritmo de la respiración y de los latidos del
 
corazón se incrementan, y le permite hablar.
 
 
 
Intensidad vigorosa: aumenta la sensación de calor, el ritmo de los latidos del corazón es elevado, al
 
igual que la respiración.
 
 
 
Esfuerzo máximo: sensación de calor muy fuerte, el ritmo de los latidos del corazón es muy elevado y
 
falta el aliento.
 
  
 
 
 
 
 
Precauciones en personas con diabetes Tipo 2:
 
 
 
 
 
Complicación
 
 
 
 
Recomendado
 
 
 
 
Contraindicado
 
 
 
 
 
 
Nefropatía
 
 
 
 
De baja a moderada intensidad
 
 
 
 
De alta intensidad
 
 
 
 
 
 
Neuropatía periférica
 
 
 
 
Actividades sin peso
 
 
 
 
Caminata prolongada
 
 
 
 
 
 
Retinopatía
 
 
 
 
De bajo impacto
 
 
 
 
 
Actividades de alto impacto
 
 
 
 
 
 
 
 
APENDICE NORMATIVO F
 
 
PLAN ALIMENTARIO SEGUN CONDICIONES ESPECIFICAS
 
 
a)
 Pacientes con obesidad (IMC 
>
30): dietas con restricción energética 20-25 kcal/día con base en el peso
 
recomendable.
 
 
Inicialmente se recomienda reducir del consumo habitual 250 a 500 kcal/día, hasta alcanzar 1200 kcal/día,
 
para lograr una reducción de
 
peso de 0.5 a 1.0 kg/semana. Descensos de peso pequeños, pero sostenidos
 
como 5% de sobrepeso ayudan al control metabólico.
 
 
Para determinar el consumo habitual, cada paciente registrará los alimentos de dos días de la semana y
 
de un día del fin de semana.
 
 
Dieta baja en energía: No se 
recomienda
 un consumo menor a 1200 kcal. El VET (Valor Energético Total)
 
se ajustará de manera
 
individualizada y equilibrada entre los grupos de alimentos.
 
 
Fraccionar hasta seis comidas diarias, dependiendo de los hábitos del paciente.
 
 
Limitar la grasa. Sugerir el consumo de carnes magras, res, pollo (sin piel) y pavo.
 
 
Incrementar el consumo de pescado.
 
 
Recomendar aceites con mayor contenido de ácidos grasos monoinsaturados (aceite de oliva, aguacate,
 
cacahuate, etc.) y ácidos grasos
 
poliinsaturados (aceites de pescado, girasol, maíz, soya, etc.)
 
  
 
 
b) 
Pacientes con peso normal (IMC 
>
18.5 y 
<
 24.9 kg/m2).
 
 
Dieta normal en energía: dependerá de la actividad física y el momento biológico:
 
 
El VET se calcula entre 25 y 40 kcal por kg de peso por día.
 
 
Reducir contenido de azúcares refinados y grasas saturadas.
 
 
Fraccionar de 3 a 5 comidas diarias.
 
 
c)
 Pacientes con peso bajo (IMC 
<
18.4 kg/m²).
 
 
Dieta con alto consumo energético.
 
 
Tratamiento adecuado para lograr peso normal.
 
 
d)
 Pacientes con colesterol elevado.
 
 
-
 
Limitar el consumo de todo tipo de grasa de origen animal.
 
 
-
 
Aumentar el consumo de fibras solubles (verduras, frutas con cáscara, leguminosas, etc.)
 
 
-
 
Recomendar aceites con mayor contenido de ácidos grasos monoinsaturados (aceite de oliva, aguacate,
 
cacahuate, etc.) y ácidos grasos poliinsaturados (aceites de pescado, girasol, maíz, soya, etc.)
 
 
-
 
Evitar alimentos con alto contenido de colesterol (yemas de huevo, vísceras, mariscos, etc.).
 
 
-
 
Eliminar alimentos ricos en ácidos grasos saturados (manteca, mantequilla, aceite de coco, de 
 
palma,
 
etc.).
 
 
e)
 Pacientes con triglicéridos elevados.
 
 
-
 
Limitar el consumo de grasas saturadas y azúcares refinados.
 
 
-
 
Aumentar el consumo de fibras solubles (verduras, frutas con cáscara, leguminosas, etc.).
 
 
-
 
Evitar el consumo de bebidas alcohólicas.
 
 
f)
 Pacientes con ácido úrico elevado. 
 
 
-
 
Evitar factores precipitantes como el descenso brusco de peso.
 
 
-
 
Reducir el consumo de fuentes de grasas saturadas, vísceras, carnes rojas, leguminosas y embutidos.
 
 
-
 
Evitar o reducir el consumo de alcohol.
 
 
g)
 Pacientes con hipertensión arterial.
 
 
-
 
Restringir consumo de sodio a menos de 2 g por día.
 
 
-
 
No aconsejar el consumo de sal adicional a las comidas, sustituirla por condimentos naturales o utilizar
 
sustitutos de sal permitidos por
 
la Secretaría de Salud (como la sal de potasio).
 
 
h)
 Pacientes con albuminuria: calcular el consumo de proteínas a 0.8 g/kg/día.
 
 
-
 
Adecuar el consumo de alimentos ricos en sodio, potasio y calcio dependiendo de las concentraciones de
 
electrolitos de cada paciente.
 
 
-
 
Adecuar la cantidad de líquidos dependiendo de la presencia de edema.
 
 
APENDICE NORMATIVO G
 
 
ESTRATEGIAS PARA LOGRAR LAS METAS DE CONTROL
 
 
1.
 Automonitoreo con glucemia capilar
 
 
La frecuencia y tiempo de automonitoreo de glucemia capilar debe ser dictada por las necesidades
 
particulares y objetivos de cada paciente. Es especialmente importante en pacientes tratados con insulina
 
para valorar hipoglucemia y descontrol hiperglucémico.
 
 
En personas con diabetes mellitus tipo 1, con régimen intensificado, la glucemia capilar se realizará
 
diariamente antes y 2 horas después de cada alimento, antes de dormir y a las 3:00 de la mañana. Una vez
 
que el o la paciente ha logrado un control adecuado (HbA1c <7%) se puede ajustar el automonitoreo a criterio
 
del médico especialista.
 
 
Las pacientes con embarazo en tratamiento con insulina se recomiendan tres o más tomas de glucemia
 
capilar al día, tanto preprandial como posprandial.
 
 
En paciente con diabetes mellitus tipo 2 debe ser lo suficiente para facilitar alcanzar los objetivos 
 
de
 
control.
 
  
 
 
En pacientes con diabetes mellitus tipo 2 en tratamiento con dieta y ejercicio y/o hipoglucemiantes orales
 
se recomienda automonitoreo de glucemia capilar por lo menos una a dos veces a la semana, valorando tanto
 
preprandial como posprandial, en diferentes comidas del día, así como antes y después de la realización
 
de
 
ejercicio.
 
 
En personas con diabetes tipo 2 que se administran insulina, el automonitoreo de la glucemia capilar se
 
deberá medir tanto la glucosa preprandial como posprandial de los tres alimentos cuando menos dos o tres
 
veces a la semana.
 
 
En personas con glucosa de ayuno normal, pero con HbA1c fuera de la meta de control, se deben realizar
 
glucemias capilares dos horas después de los alimentos para determinar cómo se encuentra la glucosa
 
posprandial (las dos horas se miden a partir del primer bocado).
 
 
Cuando se inicia o modifica el manejo con medicamentos o insulina, el automonitoreo de glucemia capilar,
 
tanto en diabetes mellitus tipo 1 como tipo 2, se deberá hacer más frecuentemente que lo usual.
 
 
Se debe evaluar por el personal de salud, la técnica para la toma de glucemias capilares por el o la
 
paciente o familiares, tanto al inicio como a intervalos regulares.
 
 
Ventajas del automonitoreo de la glucemia
 
 
Los ensayos clínicos que valoran el impacto del control glucémico han incluido el automonitoreo de
 
glucemia capilar como parte de intervenciones multifactoriales, sugiriendo que es un componente efectivo en
 
la terapia. Permite evaluar la respuesta individual del paciente a la terapia y valorar si se cumplen los objetivos
 
de control.
 
 
El automonitoreo informa sobre el comportamiento de la glucosa sanguínea en las diferentes horas del
 
día, así como sus variaciones con relación a las comidas, ejercicio, enfermedades asociadas y condiciones
 
emocionales. Los resultados pueden usarse para el ajuste del manejo con medicamentos o insulina, el apego
 
a las medidas de alimentación y de actividad física, así como detectar y prevenir cuadros de hipoglucemia y,
 
sobre todo, mantener la glucemia dentro del objetivo planteado.
 
 
El automonitoreo nos va a permitir además decidir correctamente acerca de la aplicación de insulina rápida
 
durante infecciones, enfermedades intercurrentes o problemas emocionales severos, así como una mejor
 
comprensión respecto a lo que son tanto la diabetes, como su manejo. De este modo, es posible corregir
 
ideas erróneas y mejorar el control del padecimiento.
 
 
2.
 Tratamiento en situaciones especiales. Diabetes gestacional y casos de pacientes con diabetes
 
que se embarazan.
 
 
En ambas situaciones clínicas, cuando se requiera tratamiento farmacológico, deberá hacerse con insulina
 
humana, ya sea NPH, rápida o mezcla de las dos. El manejo corresponde al especialista, por lo que estos
 
pacientes deben derivarse al segundo o tercer nivel de atención.
 
 
APENDICE NORMATIVO H
 
 
Condiciones Clínicas Asociadas
 
 
Cualquier forma clínica de Síndrome Coronario ateroscleroso: IAM, IM antiguo, angina de pecho,
 
reanimación de paro cardiaco de origen coronario
 
 
Evidencia de isquemia miocárdica silenciosa
 
 
Cualquier forma clínica de enfermedad vascular cerebral aterosclerosa:
 
 
Lesiones carotídeas obstructivas aun silenciosas
 
 
 
Enfermedad arterial periférica aterosclerosa clínica
 
 
 
Aneurisma aórtico
 
 
 
Albuminuria o proteinuria asociada a FR cardiovascular
 
 
 
Creatinina 
>
 1.5 mg/dl en varones y de 1.6 mg/dl en mujeres
 
 
 
Insuficiencia cardiaca o renal asociadas a FR cardiovascular
 
 
 
Apnea Obstructiva del sueño
 
 
 
Retinopatía diabética y/o hipertensiva grados 3 y 4
 
 
 
Hipercolesterolemia familiar, dislipidemia familiar combinada, disbetalipoproteinemia
 
 
   
Primer Consenso Mexicano para el Diagnóstico y Tratamiento de las dislipidemias
 
  
 
 
APENDICE NORMATIVO I
 
 
 
 
 
20.
 Apéndices Informativos
 
 
APENDICE INFORMATIVO A
 
 
 
 
  
 
 
APENDICE INFORMATIVO B
 
 
Estándares para la Educación en Diabetes
 
 
La Educación Terapéutica es parte integral del tratamiento y debería estar accesible a todas las personas
 
en riesgo o con diabetes. El objetivo principal de la Educación Terapéutica es lograr la autonomía de la
 
persona en el manejo y control de su diabetes y mejorar su calidad de vida.
 
 
Los estándares para proveer Educación Terapéutica en Diabetes son diseñados para definir y garantizar la
 
calidad de la educación que pueda ser implementada en diferentes lugares y deberán facilitar el logro de
 
mejores resultados en el cuidado de la salud.
 
 
Los estándares de educación en diabetes incluyen:
 
 
Programa educativo
 
 
Educadores(as) capacitados y certificados(as)
 
 
Asegurar la calidad
 
 
Auditable
 
 
Programa educativo
 
 
Centrado en la persona, acorde a sus necesidades y forma individual de aprender
 
 
Confiable, válido, relevante y comprensivo
 
 
Teoría basada en evidencias
 
 
Flexible y capaz de soportar la diversidad
 
 
Capaz de usar diferentes métodos de enseñanza
 
 
Ser un recurso efectivo y tener materiales de apoyo.
 
 
Currículum escrito con criterios para resultados de aprendizaje exitosos.
 
 
Educadores(a) capacitados y certificados(as)
 
 
Que entiendan la teoría educativa, apropiada a la edad y necesidades de los educandos
 
 
Capacitados(as) y competentes para proporcionar la teoría educativa de los programas que ofrecen
 
 
Capacitados(as) y competentes para proporcionar los principios y contenidos del programa específico que
 
ofrecen certificados.
 
 
Asegurar la calidad
 
 
El programa educativo aplicado requiere ser revisado por asesores(as) capacitados(as), competentes e
 
independientes que evalúen los
 
siguientes criterios:
 
 
Estructura
 
 
Ambiente de aprendizaje
 
 
Estructura del programa
 
 
Proceso
 
 
Contenido
 
 
Uso de materiales
 
 
Forma en que el programa está siendo aplicado
 
 
Documentar los resultados
 
 
Resultados
 
 
Evaluación e información de los resultados
 
 
Evaluación del programa
 
 
Evaluación del Educador(a)
 
 
Ser auditable
 
 
El programa debe ser auditado en:
 
 
resultados biomédicos
 
 
calidad de vida
 
 
experiencia de la o el paciente
 
 
grado de automanejo logrado como resultado del programa
 
  
 
 
APENDICE INFORMATIVO C
 
 
Currículum educacional para la persona con diabetes
 
 
Un currículum formal para la educación del paciente debe proporcionar una comprensión clara de la
 
naturaleza de la diabetes y su tratamiento, y de la prevención de las complicaciones. También se necesita
 
educación continuada y toda esta educación debería ser supeditada a la forma personal de aprender, de cada
 
paciente, su edad y ocupación, su cultura y el tipo de diabetes.
 
 
EL CURRICULUM EDUCACIONAL DEBE INCLUIR LOS SIETE COMPORTAMENTOS DE
 
AUTOCUIDADO*
 
 
Comiendo saludablemente
 
 
Haciendo actividad física
 
 
Vigilando mis valores
 
 
Tomando mis medicamentos
 
 
Encontrando soluciones
 
 
Reduciendo mis riesgos
 
 
Adaptándome saludablemente
 
 
*Los comportamientos de autocuidado se enuncian en voz activa
 
 
El Proceso educativo consta de:
 
 
Valoración Inicial
 
 
Planeación (objetivos y contenidos)
 
 
Implementación
 
 
Evaluación de la estructura, proceso y resultados.
 
 
APENDICE INFORMATIVO D
 
 
Acidos Grasos Trans
 
 
La configuración espacial de la molécula de los ácidos grasos (AG) tiene una característica llamada
 
isomerismo geométrico, en donde las configuraciones pueden ser cis o trans. Los AG de la naturaleza tienen
 
en su mayoría configuración cis y muy pocos configuración trans. Los carbonos con doble ligadura en la
 
posición cis tiene dos átomos de hidrógeno unidos del mismo lado respecto a la doble ligadura, mientras que
 
en la configuración trans, los átomos de hidrógeno están colocados en lados opuestos respecto a la doble
 
ligadura. Lo anterior hace que la cadena de carbonos en los trans adopte una configuración lineal, en
 
contraste con la configuración angulada de los cis, lo cual cambia la funcionalidad de la molécula.
 
 
Los AG insaturados que contienen al menos una doble ligadura en configuración trans se presentan de
 
manera natural o pueden producirse de manera industrial mediante el calentamiento de aceites vegetales en
 
presencia de catalizadores metálicos y de hidrógeno y pueden llegar a ser cerca de 60% de un producto. Este
 
cambio en la configuración produce una rigidez en la cadena del AG, lo cual se traduce en que la grasa que lo
 
contiene aumenta su punto de fusión, manteniéndose en estado sólido a temperatura ambiente.
 
 
La ingestión de ácidos grasos trans se asocia con uno de los riesgos más altos de sufrir enfermedad
 
cardiovascular, inclusive mayor al de los ácidos grasos saturados. La consecuencia de un consumo alto de
 
AG trans es el aumento en la sangre de las lipoproteínas de baja densidad (LDL) asociado con alto riesgo
 
cardiovascular y con disminución de las lipoproteínas de alta densidad (HDL), cardioprotectoras. Lo anterior
 
altera la relación de colesterol LDL/HDL por doble vía multiplicando el riesgo cardiovascular. Además, su
 
consumo aumenta los triglicéridos la lipoproteína Lp(a) y las subfracciones de LDL densa y pequeña, todos
 
ellos asociados a mayor riesgo cardiovascular y con alteraciones en la función de las arterias incluyendo una
 
mayor frecuencia de enfermedad coronaria.
 
  
 
 
Los ácidos grasos y sus tipos
 
 
 
 
 
LOS ACIDOS GRASOS:
 
 
 
 
CARACTERISTICAS PRINCIPALES (EFECTOS EN EL
 
CUERPO) Y ALIMENTOS QUE LAS CONTIENEN:
 
 
 
 
 
 
Se dividen en 
saturados
 
o
 
insaturados
; dependiendo de
 
su
 
estructura.
 
 
A su vez, las grasas 
insaturadas
 se
 
dividen en grasas 
monoinsaturadas 
y
 
poliinsaturadas.
 
 
 
 
 
 
 
Los 
ácidos grasos
 son cadenas largas de átomos de carbono,
 
unidos entre sí por uno o dos enlaces, completando su valencia
 
cuaternaria con átomos de hidrógeno.
 
 
Acidos grasos saturados: 
Carecen
 de dobles ligaduras.
 Se
 
recomienda que no excedan más de una tercera parte de los
 
ácidos grasos consumidos. Algunos productos contienen
 
cantidades elevadas de 
ácidos
 
grasos saturados
. Las grasas de
 
origen animal como: la mantequilla, las mantecas, la crema, los
 
quesos, el suero vacuno, chicharrón de cerdo, el chorizo, etc.
 
 
Los aceites vegetales (como lo son por ejemplo el derivado de la
 
nuez de palma y del coco) que tienen una consistencia firme a
 
temperatura ambiente como el chocolate, las margarinas
 
contienen niveles 
más
 
altos de ácidos grasos saturados.
 
 
Acidos grasos insaturados:
 Se les denomina a los que 
tienen
 
una (monoinsaturados) o más (poliinsaturados) 
dobles ligaduras
.
 
Están presentes en el aguacate y en la mayoría de los aceites
 
vegetales, como: el de soja, canola, semilla de algodón, maíz,
 
oliva, azafrán, girasol y otros vegetales que tienen una
 
consistencia líquida a temperatura ambiente contienen 
niveles
 
más altos de ácidos grasos insaturados
.
 
 
Acidos grasos monoinsaturados:
 Se les denomina así a los que
 
tienen
 
una doble ligadura
 como los ácidos oleico y palminoleico.
 
Abundan en el aceite de oliva y otros.
 
 
Acidos grasos poliinsaturados:
 Se les denomina así a los que
 
tienen varias dobles ligaduras
.
 Los ácidos grasos linoleicos son
 
indispensables en la dieta. Se encuentran en los aceites de maíz,
 
girasol, cártamo, colza o canola, soja, algodón e hígado de
 
bacalao, la mayoría de los pescados y los alimentos de origen
 
vegetal.
 
 
El tipo de 
ácido graso
 que predomine será el que determine si
 
una grasa es 
sólida o líquida
 y si se la caracteriza como
 
saturada o insaturada
.
 
 
 
 
 
 
ACIDOS GRASOS TRANS:
 
 
 
 
Acidos grasos trans:
 se les denomina así a los 
isómeros
 de
 
ácidos grasos monoinsaturados.
 Se pueden producir en la
 
hidrogenación de aceites vegetales durante la elaboración de
 
margarina y grasas vegetales. Se les han atribuido efectos tóxicos.
 
 
Son 
ácidos grasos insaturados
 que se forman cuando los
 
aceites vegetales
 se procesan y se transforman en 
más sólidos o
 
en un líquido más estable
. Este proceso se llama 
hidrogenación
.
 
Las 
grasas trans
 
también se encuentran naturalmente en algunos
 
alimentos.
 
 
La mayoría de las 
grasas trans
 
provienen de los alimentos
 
procesados.
 
 
Aproximadamente 1/5 de las 
grasas trans
 de nuestra dieta
 
proviene de fuentes animales como por ejemplo, ciertas carnes y
 
productos lácteos.
 
 
Las 
grasas trans
 están presentes en:
 
 
alimentos hechos a base de 
aceites parcialmente
 
hidrogenados
, como lo son los productos horneados (pastelitos
 
empaquetados), fritos y la margarina.
 
 
Los 
aceites parcialmente hidrogenados
 se usan en los
 
alimentos procesados porque ayudan en la fabricación de
 
productos alimenticios de alta calidad; que se mantienen frescos
 
durante más tiempo y tienen una textura más apetitosa.
 
 
Pueden producir grasa para freír papas, pastas hojaldradas, bases
 
para pay y crocantes galletas saladas. Los productos que se
 
fabrican con aceites parcialmente hidrogenados 
no
 se ponen
 
rancios. Los alimentos que contienen estos aceites deben
 
mencionar en su etiqueta nutricional 
"aceite vegetal
 
parcialmente hidrogenado".
 
 
 
 
 
 
 
 
 
GRASAS SATURADAS, LAS
 
 
 
 
GRASAS TRANS Y EL
 
 
 
COLESTEROL:
 
 
  
 
 
 
 
Se ha observado que estas tres grasas aumentan el nivel del
 
colesterol LDL en la sangre. Además, existen evidencias que
 
sugieren que el consumo de 
grasas trans
 
disminuye el nivel de
 
colesterol HDL .
 
 
 
 
 
 
ACIDOS GRASOS BENEFICOS O
 
 
 
PROTECTORES PARA EL
 
 
 
ORGANISMO SON LOS:
 
 
 
ACIDOS GRASOS OMEGA 3 Y
 
 
 
OMEGA 6
 
 
  
 
 
 
 
Son 
ácidos grasos
 con un 
enlace doble
 situado respectivamente
 
en el 
tercer y sexto átomo de carbono
 contado a partir del
 
extremo omega
 (
metilo) de la molécula
. Las fuentes principales
 
son el pescado de aguas frías y los aceites vegetales. Los ácidos
 
grasos omega 3 y omega 6 tienen funciones protectoras en la
 
prevención de coágulos de sangre y reducen el riesgo de
 
cardiopatía coronaria.
 
 
Ambos intervienen en la reducción del colesterol transportado en
 
lipoproteínas de baja densidad (sobre todo las partículas más
 
pequeñas y densas, y de mayor peligro, el "colesterol malo" o
 
LDL), y facilitando el aumento de las lipoproteínas de alta
 
densidad (el "colesterol bueno" o HDL) que limpia las arterias en
 
vez de deteriorarlas.
 
 
 
 
 
 
ACIDOS GRASOS OMEGA 3
 
  
 
 
 
 
Son sustancias grasas que tomamos en la dieta que pertenecen al
 
grupo de los ácidos grasos poliinsaturados (PUFAs), y que están
 
relacionadas con el ácido alfa-linolénico. Este es un ácido graso
 
de los llamados "esenciales" porque nuestro organismo es incapaz
 
de fabricarlo, y tiene que ser tomado con el alimento. 
Los ácidos
 
grasos omega-3
 están implicados no sólo en la maduración y el
 
crecimiento cerebral y retiniano del niño (por eso la leche materna
 
lleva estos ácidos grasos), sino que intervienen en los procesos de
 
inflamación, coagulación, presión arterial, órganos reproductivos y
 
metabolismo graso.
 
 
Entre las varias capacidades de los 
ácidos omega-3
 
y las grasas
 
insaturadas 
se cuenta con corregir el perfil de colesterol,
 
favoreciendo que haya más colesterol bueno (HDL). También
 
promueve que las partículas de LDL sean menos dañinas. Se ha
 
observado que las dietas ricas en omega-3, especialmente de
 
cadena más larga
, reducen la cantidad de triglicéridos en sangre.
 
La toma de ácidos grasos poliinsaturados parece retrasar o
 
corregir la aparición de diabetes del adulto, lo que reduce también,
 
a su vez, el riesgo cardiovascular.
 
 
La cantidad recomendable sería de entre 2 y 3 gramos semanales
 
de 
ácidos grasos omega-3.
 Eso corresponde a tomar pescado
 
azul como mínimo entre una a tres veces a la semana. Otros
 
alimentos enriquecidos con ácidos omega-3 pueden acabar de
 
redondear la cantidad necesaria a tomar. También se encuentran
 
en salmón y caballa entre otros, mejor en su forma natural que
 
cultivados.
 
 
Los ácidos grasos poliinsaturados no se degradan por la fritura en
 
cantidad suficiente como para hacer perder sus cualidades
 
esenciales. Desde el pescado crudo japonés o el marinado, el
 
asado, o el guisado, el planchado, o el frito rebozado se cuecen
 
sin hacer desaparecer significativamente los nutrientes que nos
 
ocupan. Incluso el pescado frito rebozado se fríe tradicionalmente
 
en aceite de oliva a baja temperatura aportando además otro
 
ácido graso monoinsaturado (el oleico) que refuerza en buena
 
proporción el beneficio cardiovascular de la dieta.
 
 
 
 
 
 
ACIDOS GRASOS OMEGA 6
 
  
 
 
 
 
Estos son derivados del ácido linoléico. Parecen tener,
 una cierta
 
relación con la aparición de procesos inflamatorios y
 
arteriosclerosos pues los favorece cuando la dieta es demasiado
 
rica en ellos. Se suelen encontrar en aceites refinados de algunas
 
semillas como: cacahuate, girasol, maíz. Pero lo realmente
 
importante es que la dieta tenga cantidades equilibradas de
 
ambos tipos de ácidos grasos esenciales, que en nuestro
 
organismo compiten por las mismas enzimas. Un mal balance
 
entre ellos puede favorecer los procesos inflamatorios.
 
 
 
 
 
________________________________
 
 
  
 
  
 

## Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2- 1994, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes; para quedar como Norma Oficial Mexicana PROY- NOM-015-SSA2-2007, Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus

Tipo de publicación: proyecto

Relación con la ficha: historial

Fuente del documento: https://sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5114955

Recuperación pendiente o parcial; consultar el archivo y la fuente original.

[Documento con formato](/normas/nom-015-ssa2-2010/documentos/dof-5114955/)


## RESPUESTAS
a los comentarios recibidos respecto del Proyecto de Modificación a la Norma
Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control
de la diabetes; para quedar como Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-015-SSA2-2007,
Para la prevención, tratamiento y control de la diabetes mellitus, publicado el
20 de octubre de 2009. MAURICIO HERNANDEZ AVILA,
Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud y Presidente del Comité
Consultivo Nacional de Normalización de Prevención y Control de Enfermedades,
con fundamento en los artículos 39 de la Ley Orgánica de la Administración
Pública Federal; 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3o.
fracciones II, XIV y XVIII, 13 apartado A), fracción I, 158, 159, 160 y 161 de
la Ley General de Salud; 38, fracción
II, 40, fracciones III y XI, 41, 47, fracción III de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley Federal sobre
Metrología y Normalización; 8 fracción
V, 10 fracciones VII y XVI y 45 fracción VII, del Reglamento Interior de la
Secretaría de Salud, me permito ordenar la publicación en el Diario Oficial de
la Federación de las Respuestas a los comentarios recibidos respecto del
Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-015-SSA2-1994, Para la prevención, tratamiento y control de
la diabetes; para quedar como Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-015-SSA2-2007, Para la prevención,
tratamiento y control de la diabetes mellitus, publicado en el Diario Oficial
de la Federación el 20 de octubre de 2009. Como resultado del
análisis que realizó el Comité Consultivo Nacional de Normalización de
Prevención y Control de Enfermedades de los comentarios recibidos de los
diferentes promoventes, se consideró necesario modificar partes del contenido del
documento, mismo que fue aprobado por ese Comité el 23 de marzo del 2010, bajo
lo siguiente:

Tipo de publicación: respuestas

Relación con la ficha: historial

Fuente del documento: https://dof.gob.mx/normasOficiales/4165/salud/salud.htm

Recuperación pendiente o parcial; consultar el archivo y la fuente original.

[Documento con formato](/normas/nom-015-ssa2-2010/documentos/html-1b37ae736c259c271e59e2614b4cc9c1caf76fff6764634173222f158c5b7ce6/)

