# NOM-026-NUCL-2011

Vigilancia médica del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes.

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- Clave de la Norma: NOM-026-NUCL-2011
- Comité que desarrolló la Norma: Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias
- Dependencia(s): Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias
- Estado de la Norma: Vigente
- Fecha de entrada en vigor: 26/12/2011
- Fecha de publicación en el DOF: 26/10/2011
- Grado: No equivalente
- Producto, servicio, proceso o sistema: Personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes
- Título de la Norma: Vigilancia médica del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes.

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## Norma Oficial Mexicana NOM-026-NUCL-2011, Vigilancia médica del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes

Tipo de publicación: norma

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## Proyecto de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-026- NUCL-1996, Vigilancia médica del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes

Tipo de publicación: proyecto

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PROYECTO
 
de Modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-026-NUCL-1996, Vigilancia médica del personal
 
ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes.
 
 
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Energía.
 
 
PROYECTO DE MODIFICACION A LA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-026-NUCL-1996, VIGILANCIA M
E
DICA
 
DEL PERSONAL OCUPACIONALMENTE EXPUESTO A RADIACIONES IONIZANTES
.
 
 
JUAN EIBENSCHUTZ HARTMAN, Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de
 
Seguridad Nuclear y Salvaguardias
 y Director General de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y
 
Salvaguardias, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 17 y 33 fracción XIII de la Ley Orgánica de la
 
Administración Pública Federal; 1, 
18 fracción III, 21, 27 y 50 fracciones I y XI
 de la Ley Reglamentaria del
 
Artículo 27 Constitucional en Materia Nuclear; 
3 fracción XI, 38 fracciones II y III, 40 fracción VII, 41, 43, 47
 
fracciones I, II y III, y 51
 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización;
 28 y 33 
del Reglamento de la
 
Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1, 2, 3, 
4 y 148 fracción XII
 del Reglamento General de
 
Seguridad Radiológica; 3 fracción VI inciso b), 33, 34 fracciones 
XVI, XIX y XXII, 37 y 39 fracción I 
del
 
Reglamento Interior de la Secretaría de Energía, me permito ordenar la publicación en el 
Diario Oficial de la
 
Federación 
el Proyecto de modificación a la Norma Oficial Mexicana NOM-026-NUCL-1999, Vigilancia médica
 
del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes, que en lo sucesivo se denominará 
 
"
PROY-
NOM-026-NUCL-2010, Vigilancia médica del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes
"
.
 
 
El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se publica de conformidad con lo establecido por el
 
artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, con el objeto de que los interesados
 
dentro de los siguientes 60 días naturales contados a partir de la fecha de su publicación, presenten sus
 
comentarios ante el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, sito
 
en Dr. José María Barragán 779, colonia Narvarte, código postal 03020, México, D.F., teléfono 5095 3246, fax
 
5590 6103, correo electrónico ccnn_snys@cnsns.gob.mx.
 
 
Durante el plazo mencionado, la manifestación de impacto regulatorio del proyecto de norma estará a
 
disposición del público para su consulta en el domicilio del Comité.
 
 
Sufragio Efectivo. No Reelección.
 
 
México, Distrito Federal, a tres de diciembre de dos mil diez.- El Presidente del Comité Consultivo Nacional
 
de Normalización de Seguridad Nuclear y Salvaguardias, y Director General de la Comisión Nacional de
 
Seguridad Nuclear y Salvaguardias, 
Juan Eibenschutz Hartman
.
- Rúbrica.
 
 
PREFACIO
 
 
 
En la elaboración del presente proyecto de modificación, participaron representantes de las dependencias,
 
instituciones y empresas siguientes:
 
 
Secretaría de Energía.
 
 
-
      
Unidad de Asuntos Jurídicos/Dirección de Estudios y Consultas.
 
 
-
      
Dirección General de Distribución y Abastecimiento de Energía Eléctrica y Recursos Nucleares.
 
 
Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
 
 
-
      
Dirección General de Seguridad y Salud en el Trabajo.
 
 
Secretaría de Gobernación.
 
 
-
      
Dirección General de Protección Civil.
 
 
Secretaría de Comunicaciones y Transporte.
 
 
- 
     
Dirección General Autotransporte Federal.
 
 
Asociación Nacional de Universidades e Instituciones de Educación Superior (ANUIES).
 
 
Asociació
n Mexicana de Física Médica, A.
C.
 
  
 
 
Control de Radiaciones e Ingeniería, S.A. de C.V.
 
 
Sociedad Mexicana de Radioterapeutas A.C. (SOMERA).
 
 
Hospital Regional Adolfo López Mateos, ISSSTE.
 
 
Hospital Mé
dica Sur.
 
 
Instituto Nacional de Investigaciones Nucleares.
 
 
Instituto de Investigaciones Eléctricas.
 
 
Sociedad Mexicana de Medicina Nuclear, A.C.
 
 
Sociedad Mexicana de Seguridad Radiológica, A.C.
 
 
Instituto de Física, UNAM.
 
 
Radiación Aplicada a la Industria S.A. de C.V.
 
 
PROY-NOM-026-NUCL-2010, VIGILANCIA M
E
DICA DEL PERSONAL OCUPACIONALMENTE
 
EXPUESTO A RADIACIONES IONIZANTES
 
 
 
I
NDICE
 
 
 
0.
     
Introducción
 
 
1.
     
Objetivo
 
 
2.
     
Campo de aplicación
 
 
3.
     
Definiciones
 
 
4.
     
Requisitos generales
 
 
5.
     
Requisitos relacionados con la aptitud
 
 
       
Apéndice A 
(Normativo)
 
 
       
Apéndice B
 
(Normativo)
 
 
       
Apéndice C
 
(Normativo)
 
 
       
Apéndice D (Normativo)
 
 
6.
     
Bibliografía
 
 
7.
     
Concordancia con normas internacionales
 
 
8.
     
Evaluación de la conformidad
 
 
9.
     
Observancia
 
 
10.
   
Vigencia
 
 
0.
 Introducción
 
 
El personal ocupacionalmente expuesto tiene el derecho a una protección eficaz en materia de seguridad
 
y salud en el trabajo, en función de los riesgos inherentes a los que esté expuesto.
 
 
En el caso particular de las radiaciones ionizantes, es indispensable conocer el estado inicial de salud del
 
personal ocupacionalmente expuesto, y comprobar periódicamente que no existen variaciones en su estado
 
de salud atribuibles a la exposición ocupacional.
 
 
Otro aspecto importante a considerarse, es la aptitud del personal ocupacionalmente expuesto para
 
realizar las funciones inherentes a sus actividades.
 
 
1.
 Objetivo
 
 
Esta norma establece el contenido y periodicidad de los exámenes médicos que deben ser practicados al
 
personal ocupacionalmente expuesto, a fin de que el personal médico cuente con los elementos para evaluar
 
 
su estado de salud; asimismo, establece los requisitos para el registro de la vigilancia médica.
 
 
2.
 Campo de aplicación
 
 
Esta norma es de aplicación para la vigilancia médica del personal ocupacionalmente expuesto a
 
radiaciones ionizantes y los candidatos a serlo, lo cual es responsabilidad del permisionario.
 
 
Esta norma no es de aplicación para la vigilancia médica debida a exposiciones planeadas o por
 
accidente.
 
 
3.
 Definiciones
 
 
Para efectos de la presente norma se entiende por:
 
 
3.1
 
Aptitud: 
Capacidad y disposición del POE, desde el punto de vista físico y de salud, para realizar las
 
funciones inherentes a sus actividades.
 
 
3.2
 Personal Ocupacionalmente Expuesto (POE):
 Aque
l que en ejercicio y con motivo de su ocupación
 
está expuesto a radiaciones ionizantes o a la incorporación de material radiactivo. Quedan excluidos los
 
trabajadores que ocasionalmente en el curso de su trabajo puedan estar expuestos a este tipo de radiación,
 
siempre que el equivalente de dosis efectiva anual que reciban no exceda el límite establecido para el público
 
en el Reglamento General de Seguridad Radiológica.
 
 
3.3
 Vigilancia Médica:
 
Supervisión médica cuya finalidad es asegurar la aptitud inicial y permanente
 
del
 
POE.
 
 
4.
 Requisitos generales
 
 
4.1
 
La vigilancia médica del POE debe estar a cargo de un médico que tenga conocimientos de medicina
 
del trabajo y/o de los efectos biológicos de la radiación ionizante.
 
 
4.2
 
La vigilancia médica del POE debe comprender de
 
los exámenes médicos previos a la contratación
 
y
 
los exámenes médicos periódicos.
 
 
4.3
 
La frecuencia de los exámenes médicos para el POE debe ser anual, dicha frecuencia puede
 
aumentar a juicio del médico
 
que realice la vigilancia médica.
 
 
4.4
 Al candidato a POE
 
se le debe: generar la ficha de registro
, 
practicar el examen médico previo a la
 
contratación, y emitir el certificado médico de acuerdo con lo establecido en los Apéndices A, B y D
 
respectivamente.
 
 
4.5
 La vigilancia médica periódica del POE debe sujetarse a lo establecido en los Apéndices C y D, y en
 
caso necesario hacer la actualización a la ficha de registro para candidatos y personal ocupacionalmente
 
expuesto.
 
 
4.6
 
El certificado médico que dictamina el estado de salud del POE, debe cumplir con lo establecido en el
 
apéndice D.
 
 
4.7
 El historial de la vigilancia médica, para cada POE, debe incluir los apéndices A, B, C y D.
 
 
4.8
 Para cada persona que funja como POE deberá integrarse un expediente con la documentación
 
referida en los numerales 4.2 y 4.7 de la presente norma, el cual deberá mantenerse por el permisionario
 
hasta 30 años después del término de la relación laboral.
 
 
5.
 Requisitos relacionados con la aptitud
 
 
Para determinar que el candidato y/o POE realizarán sus actividades en forma segura, se debe:
 
 
5.1
 
Identificar los aspectos físicos y de salud que puedan demeritar su aptitud;
 
 
5.2
 
Evaluar su aptitud para el uso de equipos de protección respiratoria, cuando se requiera;
 
 
5.3
 
Evaluar su aptitud para trabajar con fuentes abiertas en caso de que presente alguna enfermedad en
 
la piel (eczema o psoriasis), y
 
  
 
 
5.4
 Evaluar su aptitud en caso de presentar síntomas de desorden psicológico.
 
 
AP
E
NDICE A (Normativo)
 
 
 
FICHA DE REGISTRO PARA CANDIDATOS Y PERSONAL OCUPACIONALMENTE EXPUESTO
 
 
 
A.1
  
Datos generales del trabajador
 
 
Lugar y fecha:
 _________________________________
 
 
  
 
 
 
 
 
 
Fotografía
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
  
 
 
 
  
 
 
 
 
 
 
Pulgar izquierdo
 
 
 
 
 
Pulgar derecho
 
 
 
 
 
 
                                                                                           
Huellas dactilares
 
 
 
_____________________________________________________________________________________
 
 
       
Apellido paterno
                               
Apellido materno
                         
Nombre(s)
 
 
___________________
                                                    
Femenino
 
£
          
 
Masculino
 
 
£
 
 
          
Edad
                                                                                
Sexo
 
 
 
 
 
 
______________________________________
                        
________/_________/________
 
 
                
Lugar de nacimiento
                                           
Fecha de nacimiento (dd/mm/aaaa)
 
  
 
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
 
 
RFC
                                                                                    
CURP
 
 
_____________________________________________________________________________________
 
 
 
Escolaridad máxima
 
 
 
Dirección particular:
 
 
_____________________________________________________________________________________
 
 
          
Calle
                                           
Número
                                    
Colonia
 
 
 
______________________________________________________
_______________________________
 
 
Ciudad
               
Código Postal
                    
Estado
                    
Teléfono particular
 
 
A
rea de trabajo propuesta:
 ______
____________________________
____________________________
_
 
 
Cargo propuesto:
 ____________________________________________________________________
__
 
 
Teléfono de la empresa contratante:
 ______________________
__
 
 
A.2
  
Para los candidatos a POE, el Encargado de Seguridad Radiológica deberá anexar a la ficha de
 
registro anterior, un escrito libre, detallando los siguientes aspectos:
 
 
A.2.1
     
El puesto
 de trabajo que ocupará el candidato, nombre de la empresa, dirección y teléfonos;
 
antecedentes de estudios diagnósticos o tratamientos con radiaciones ionizantes (en caso
 
de conocer la dosis impartida, indicarla); una descripción detallada del riesgo asociado al
 
puesto que ocupará (irradiación y/o contaminación); tiempo de permanencia en el puesto del
 
trabajo con exposición al riesgo (continuo, ocasional, temporal); las medidas de protección
 
que son utilizadas; también se deberán indicar otros riesgos presentes en el puesto de
 
trabajo diferentes a la radiación ionizante (químicos, infecto-contagiosos, industriales,
 
metalúrgicos, etc.).
 
 
A.2.2
     
Si el candidato ha trabajado con fuentes de radiación ionizante, detallar los datos 
generales
 
de su último trabajo 
como nombre de la empresa, cargo, teléfonos y periodo del trabajo,
 
tipos de radiaciones a las que ha estado expuesto, tipos de fuentes con las que ha trabajado
 
e indicar el equivalente de dosis efectiva anual
 
recibido en 
mSv
; así como los cambios de
 
lugares de trabajo explicando el motivo.
 
 
_________________________________________________________________________
 
 
 
Nombre y firma del candidato a personal ocupacionalmente expuesto
 
 
 
_________________________________________________________________________
 
 
  
 
 
Nombre y firma del Encargado de Seguridad Radiológica o del Representante Legal
 
 
 
AP
E
NDICE B (Normativo)
 
 
 
EX
A
MEN M
E
DICO PARA EL CANDIDATO A PERSONAL OCUPACIONALMENTE EXPUESTO
 
 
 
B.1
  
El médico encargado de la vigilancia médica deberá detallar en un escrito libre lo siguiente:
 
 
B.1.1 
Un resumen de los resultados de los siguientes aspectos específicos:
 
 
 
 
 
B.1.1.1
   
Antecedentes familiares (AF).
 
 
 
  
 
 
 
 
 
 
B.1.1.2
   
Antecedentes personales no
 
patológicos (APNP):
 
 
 
 
-
    
Vacunas que le han aplicado.
 
 
-
    
Serotipia (sífilis y hepatitis).
 
 
 
 
 
 
B.1.1.3
 
  
Antecedentes personales
 
patológicos
 (APP):
 
 
 
 
-
    
Infecciosas.
 
 
-
    
Alergias (manifestaciones y agentes causantes, si se
 
conocen).
 
 
-
    
Accidentes y/o enfermedades de trabajo relevantes al
 
trabajo que vaya a desempeñar.
 
 
-
    
Intervenciones quirúrgicas (fecha).
 
 
-
    
Otras
 
 
 
 
 
 
B.1.1.4
   
Signos vitales, interrogatorio y
 
exploración por aparatos y sistemas
:
 
 
 
 
-
    
Talla.
 
 
-
    
Peso.
 
 
-
    
Tensión Arterial (TA).
 
 
-
    
Frecuencia Respiratoria (FR).
 
 
-
    
Temperatura 
-
 Pulso.
 
 
-
    
Aparato circulatorio.
 
 
-
    
Oftálmico, con especial atención en la agudeza visual
 
lejana y cercana, y la cromática.
 
 
-
    
Cavidad oral y dentadura, hernias y organomegalias.
 
 
-
    
Otorrinolaringológico.
 
 
-
    
Aparato respiratorio.
 
 
-
    
Aparato cardiovascular.
 
 
-
    
Abdomen.
 
 
-
    
Aparato locomotor y capacidad mioarticular.
 
 
-
    
Sistema nervioso (sensibilidad, tacto, equilibrio,
 
reflejos osteotendinosos, etc.).
 
 
-
    
Dermatológico.
 
 
-
    
Sistema genito-urinario.
 
 
 
 
 
 
 
 
B.1.1.5 
 
Exámenes de laboratorio que
 
comprendan:
 
 
 
 
a) Grupo sanguíneo y RH
 
 
     
Serie Roja
 
 
-
    
Recuento de hematíes.
 
 
-
    
Cifra de hemoglobina.
 
 
-
    
Valor globular.
 
 
-
    
Valor hematócrito.
 
 
-
    
Alteraciones morfológicas de la serie roja.
 
 
 
Serie Blanca
 
 
-
    
Recuento de leucocitos.
 
 
-
    
Fórmula leucocitaria.
 
 
-
    
Alteraciones morfológicas.
 
 
-
    
Presencia de formas jóvenes.
 
 
 Serie Trombocitaria
 
 
-
    
Recuento de plaquetas.
 
 
b) Pruebas Bioquímicas
 
 
-
    
Urea.
 
 
-
    
Glucosa.
 
 
-
    
Acido úrico.
 
 
-
    
Creatinina.
 
 
 
 
  
 
 
B.1.2
  
Normalidad psíquica.
 
 
B.1.3
  
Agudeza de los sentidos y facilidad de expresión para poder transmitir de una forma rápida y
 
precisa, comunicaciones habladas o escritas o cualquier señal, sea táctil, audible o visible.
 
 
B.1.4
  
Normalidad física de las partes motoras, esenciales para desempeñar su actividad profesional
 
con destreza de movimientos que permitan alcanzar rápidamente los accesos y ejecutar las
 
funciones asignadas.
 
 
B.2
  
Si el médico considera necesario practicar estudios complementarios, éstos se deben realizar con
 
base en: puesto de trabajo, antecedentes de exposición a radiaciones ionizantes, edad y estado de
 
salud del candidato.
 
 
____________________________________
___________________________
 
 
 
Nombre, firma y cédula profesional del médico
 
 
 
AP
E
NDICE C (Normativo)
 
 
  
 
 
EXAMEN PERI
O
DICO
 
 
 
C.1
 
El médico encargado de la vigilancia médica deberá detallar en un escrito libre lo siguiente:
 
 
C.1.1
  
Un resumen de los resultados de los siguientes aspectos específicos:
 
 
 
 
 
C.1.1.1
 
  
Signos vitales, interrogatorio
 
y
 
exploración por aparatos y
 
sistemas
:
 
 
 
 
-
    
Talla.
 
 
-
    
Peso.
 
 
-
    
Tensión Arterial (TA).
 
 
-
    
Frecuencia Respiratoria (FR).
 
 
-
    
Temperatura-
Pulso.
 
 
-
    
Aparato circulatorio.
 
 
-
    
Oftálmico, con especial atención en la agudeza visual
 
lejana y cercana, y la cromática.
 
 
-
    
Cavidad oral y dentadura, hernias y organomegalias.
 
 
-
    
Otorrinolaringológico.
 
 
-
    
Aparato respiratorio.
 
 
-
    
Aparato cardiovascular.
 
 
-
    
Abdomen.
 
 
-
    
Aparato locomotor y capacidad mioarticular.
 
 
-
    
Sistema nervioso (sensibilidad, tacto, equilibrio, reflejos
 
osteotendinosos, etc.).
 
 
-
    
Dermatológico.
 
 
-
    
Sistema genito-urinario.
 
 
 
 
 
 
C.1.1.2
   
Exámenes de laboratorio que
 
comprendan:
 
 
 
 
a) Grupo sanguíneo y RH
 
 
     
Serie Roja
 
 
-
    
Recuento de hematíes.
 
 
-
    
Cifra de hemoglobina.
 
 
-
    
Valor globular.
 
 
-
    
Valor hematócrito.
 
 
-
    
Alteraciones morfológicas de la serie roja.
 
 
 
Serie Blanca
 
 
-
    
Recuento de leucocitos.
 
 
-
    
Fórmula leucocitaria.
 
 
-
    
Alteraciones morfológicas.
 
 
-
    
Presencia de formas jóvenes.
 
 
 Serie Trombocitaria
 
 
-
    
Recuento de plaquetas.
 
 
b) Pruebas Bioquímicas
 
 
-
    
Urea.
 
 
-
    
Glucosa.
 
 
-
    
Acido úrico.
 
 
-
    
Creatinina.
 
 
 
 
  
 
 
C.1.2 
Una nota de actualización clínica
.
 
 
C.2
  
Si el médico considera necesario practicar estudios complementarios, éstos se deben realizar con
 
base en: puesto de trabajo, antecedentes de exposición a radiaciones ionizantes, edad y estado de
 
salud del POE.
 
 
C.3
  
El Encargado de Seguridad Radiológica deberá detallar en un escrito libre lo siguiente:
 
 
C.3.1
  
Historial dosimétrico del POE, describiendo 
la dosimetría externa, dosimetría interna, dosis
 
anuales, dosis acumulada en su vida laboral, relación de sobre-exposiciones recibidas,
 
relación de casos donde se hubiera superado niveles de intervención, 
análisis de posibles
 
exposiciones recibidas como consecuencia de su trabajo o por motivos médicos,
 
especificando en lo posible: causa, dosis recibida, zona expuesta y manifestaciones clínicas
 
observadas.
 En caso de POE de instalaciones donde no se estableciera requisito de
 
dosimetría, se deberán indicar las dosis anuales estimadas, y en su caso antecedentes de
 
estudios diagnósticos o tratamientos con radiaciones ionizantes (en caso de conocer la dosis
 
impartida, indicarla)
 
 
C.3.2
  
Tipos de radiaciones a las que está actualmente expuesto, tipos de fuentes con las que
 
trabaja actualmente e indicar el equivalente de dosis efectiva anual en mSv, un análisis del
 
tipo de trabajo que ha estado realizando, riesgos a los que ha estado sometido como
 
consecuencia del mismo.
 
 
____________________________________
___________________________
 
 
 
Nombre, firma y cédula profesional del médico
 
 
 
_________________________________________________________________________
 
 
 
Nombre y firma del Encargado de Seguridad Radiológica o del Representante Legal
 
 
 
AP
E
NDICE D (Normativo)
 
 
  
 
 
CERTIFICADO M
E
DICO
 
 
 
 
 
 
Espacio para el nombre del Servicio Médico o del Médico encargado de la vigilancia médica. Dirección
 
completa y teléfono de contacto.
 
  
 
 
 
 
 
 
Lugar:
 
 
 
 
Fecha:
 
 
 
 
 
 
                          
Apellido paterno
                 
Apellido materno
                       
Nombre
 
 
Nombre:
 
 
 
 
 
 
Se le ha realizado el examen médico:
 
 
£
 
De ingreso
 
 
£
 
Periódico
 
 
£
 
Especial
 
 
£
 
Otro examen (especificar):
 
  
 
 
 
 
 
 
Quié
n es 
£
 / será 
£
 considerado personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes en la
 
empresa o compañía:
 
 
(Nombre o denominación social del titular de la licencia, autorización o permiso)
 
 
 
 
 
 
 
Con base en la información clínica obtenida y al historial laboral disponible, se califica al interesado como
 
clínicamente:
 
 
£
 
Apto
 
 
£
 
No apto
 
 
£
 
Apto en determinadas condiciones
 
  
 
 
 
 
 
 
En los casos de 
"
Apto en determinadas condiciones
"
, indicar las condiciones específicas de conformidad
 
con lo establecido en el numeral 5 de esta norma:
 
  
 
 
 
 
 
  
 
  
 
 
 
  
 
 
 
 
 
 
Nombre del médico 
y
 cédula profesional
 
 
 
 
 
Firma del médico
 
 
 
 
 
 
6.
 Bibliografía
 
 
6.1
 México, Leyes, etc. 1988. Reglamento General de Seguridad Radiológica, publicado en el Diario Oficial
 
de la Federación el 22 de noviembre de 1988. México, D.F.
 
 
6.2
 Organismo Internacional de Energía Atómica. 1997. Normas básicas internacionales de seguridad para
 
la protección contra la radiación ionizante y para la seguridad de las fuentes de radiación. (OIEA Colección
 
seguridad No. 115).
 
 
6.3
. Organismo Internacional de Energía Atómica. 2002. Radiation protection and radioactive waste
 
management in the operation of nuclear power plants. (OIEA Safety Guide No. NS-G-2.7).
 
 
6.4
 Organismo Internacional de Energía Atómica. 2004. Protección Radiológica Ocupacional. (OIEA, Guía
 
de Seguridad No. RS-G-1.1).
 
  
 
 
6.5
 
Consejo de Seguridad Nuclear. España. 1998. Bases para la vigilancia médica de los trabajadores
 
expuestos a las radiaciones ionizantes. Madrid, CSN, 31p. (CSN. Guía de seguridad No. 7.4 Rev. 2).
 
 
6.6
 
Organismo Internacional de Energía Atómica. 
1987. Radiation Protection in O
c
cupational Health.
 
Manual for Occupational Physicians. 
Viena. OIEA. 178 p. (OIEA Safety Series No. 83).
 
 
6.7
 
NOM-012-STPS-1999, Condiciones de seguridad e higiene en los centros de trabajo donde se
 
produzcan, usen, manejen, almacenen o transporten fuentes de radiación ionizante, publicada en el Diario
 
Oficial de la Federación el 20 de diciembre de 1999.
 
 
6.8
 
NOM-030-STPS-2006,
 
Servicios preventivos de seguridad y salud en el trabajo-Organización y
 
funciones, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de septiembre de 2006.
 
 
6.9
 
México, Leyes, etc. 1997. Reglamento Federal de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de Trabajo,
 
publicado en el Diario Oficial de la Federación, el 21 de enero de 1997.
 
 
6.10
 
Ministerio de Sanidad y Consumo de España. 
Protocolos de Vigilancia Sanitaria Específica.
 
Radiaciones Ionizantes. España.
 
 
6.11
 
Autoridad Regulatoria Nuclear de la República de Argentina. Requerimientos de aptitud psicofísica
 
para autorizaciones específicas. Norma AR 0.11.2 Rev. 2. República Argentina 2002.
 
 
6.12
 
Autoridad Regulatoria Nuclear de la República de Argentina. Condiciones a ser verificadas por el
 
médico examinador de acuerdo al profesiograma psicofísico de la función especificada. 
Guía AR-3. Rev. 0.
 
República Argentina 2003.
 
 
6.13
 
Science and Technology Facilities Council. Occupational health surveillance and health screening
 
medicals. 
STFC Safety Code No. 24. United Kingdom. 2009.
 
 
7
. Concordancia con normas internacionales
 
 
No es posible establecer concordancia con normas internacionales, por no existir referencia en el
 
momento de preparar la presente.
 
 
8.
 Evaluación de la conformidad
 
 
8.1
 La evaluación de la conformidad de la presente Norma Oficial Mexicana se rea
lizará por parte de la
 
Secretarí
a de Energía a través de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias y/o por las
 
personas acreditadas y aprobadas en los términos de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización
 
y su
 
Reglamento.
 
 
8.2
 La evaluación de la conformidad incluirá lo siguiente:
 
 
8.2.1
 Revisión documental sobre la información que integran los expedientes de cada persona
 
ocupacionalmente expuesta.
 
 
8.2.2
 Verificación de que el expediente de cada persona ocupacionalmente expuesta contiene: la ficha de
 
registro, el examen médico previo a la contratación, los exámenes médicos periódicos, y los certificados
 
médicos actualizados.
 
 
9.
 Observancia
 
 
La presente norma es de observancia obligatoria en el territorio nacional, y corresponde a la Secretaría
 
de
 
Energía, por conducto de la Comisión Nacional de Seguridad Nuclear y Salvaguardias la vigilancia
 
de
 
su
 
cumplimiento.
 
  
 
 
10.
 Vigencia
 
 
La presente Norma Oficial Mexicana modifica y sustituye a la NOM-026-NUCL-1999, Vigilancia médica del
 
personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes, publicada en el Diario Oficial de la Federación
 
el 5 de julio de 1999, y entrará en vigor a los sesenta días naturales contados a partir del día siguiente de que
 
sea publicada como Norma Oficial Mexicana en el Diario Oficial de la Federación.
 
 
Sufragio Efectivo. No Reelección.
 
 
México, D.
F., a 3 de diciembre de 2010.- El Director General de la Comisión Nacional de Seguridad
 
Nuclear y Salvaguardias y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad Nuclear,
 
Juan Eibenschutz Hartman
.- Rúbrica.
 
  
 

## Respuesta a los comentarios recibidos durante el proceso de consulta pública del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-026-NUCL-2010, Vigilancia médica del personal ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes, publicado el 11 de enero de 2011

Tipo de publicación: respuestas

Relación con la ficha: historial

Fuente del documento: https://sidof.segob.gob.mx/notas/docFuente/5207220

Recuperación pendiente o parcial; consultar el archivo y la fuente original.

[Documento con formato](/normas/nom-026-nucl-2011/documentos/dof-5207220/)


## NORMA
Oficial Mexicana NOM-026-NUCL-2011, Vigilancia médica del personal
ocupacionalmente expuesto a radiaciones ionizantes.

Tipo de publicación: norma

Relación con la ficha: historial

Fuente del documento: https://dof.gob.mx/normasOficiales/4536/sener1/sener1.htm

Recuperación pendiente o parcial; consultar el archivo y la fuente original.

[Documento con formato](/normas/nom-026-nucl-2011/documentos/html-9461c4f4319d8436494c24fa0b548cc614f1b1fc2126ee4041b8a06415e67613/)

