PROYECTO de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-063-SCFI-2000, Productos eléctricos-Conductores-Requisitos de seguridad.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía.

  La Secretaría de Economía, por conducto de la Dirección General de Normas, con fundamento en los artículos 34 fracciones XIII y XXX de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 39 fracción V, 40 fracciones III y XII, 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, 33 de su Reglamento y 23 fracciones I y XV del Reglamento Interior de esta Secretaría, expide el siguiente Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-063-SCFI-2000, Productos eléctricos-Conductores-Requisitos de seguridad.

  De conformidad con lo dispuesto por los artículos 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización y 33 de su Reglamento, el Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-063-SCFI-2000 se expide para su consulta pública a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales los interesados presenten sus comentarios al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Seguridad al Usuario, Información Comercial y Prácticas de Comercio, ubicado en avenida Puente de Tecamachalco número 6, colonia Lomas de Tecamachalco, sección Fuentes, Naucalpan de Juárez, código postal 53950, Estado de México, teléfono 57 29 93 00, Fax 57 29 94 84, para que en los términos de la Ley se consideren en el seno del Comité.

  Durante este lapso, la Manifestación de Impacto Regulatorio a que se refiere el artículo 45 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización puede ser consultada gratuitamente en la biblioteca de la Dirección General de Normas de esta Secretaría, ubicada en el domicilio antes citado o bien en la sección Catálogo de Normas de la página de Internet: www.economia.gob.mx/normas de esta Dirección General, consultando la ficha de la Norma Oficial Mexicana correspondiente.

  México, D.F., a 22 de mayo de 2001.- El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.

PROYECTO DE NORMA OFICIAL MEXICANA PROY-NOM-063-SCFI-2000, PRODUCTOS ELECTRICOS-CONDUCTORES-REQUISITOS DE SEGURIDAD (CANCELARA A LA NOM-063-SCFI-1994, PRODUCTOS ELECTRICOS-REQUISITOS DE SEGURIDAD, PUBLICADA EN EL DIARIO OFICIAL DE LA FEDERACION EL 21 DE OCTUBRE DE 1996)

PREFACIO

  En la elaboración del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes empresas e instituciones:

- ARGOS ELECTRICA, S.A. DE C.V.

- ASOCIACION NACIONAL DE NORMALIZACION Y CERTIFICACION DEL SECTOR ELECTRICO, A.C.

- ASOCIACION NACIONAL DE TIENDAS DE AUTOSERVICIO Y DEPARTAMENTALES, A.C.

- CONDELMEX, S.A. DE C.V.

- CONDUCTORES ARSA, S.A. DE C.V.

- CONDUCTORES MONTERREY, S.A. DE C.V.

- CONDUCTORES DEL NORTE, S.A. DE C.V.

- CONDUMEX, S.A. DE C.V.

- INDUSTRIAS CONELEC, S.A. DE C.V.

- INDUSTRIAS UNIDAS, S.A. DE C.V.

- KOBREX, S.A. DE C.V.

- LUZ Y FUERZA DEL CENTRO

- PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR (PROFECO)

- SECRETARIA DE ECONOMIA

  Dirección General de Normas

- SECRETARIA DE ENERGIA

  Dirección General de Gas y Electricidad

- SISTEMA NACIONAL DE ACREDITAMIENTO DE LABORATORIOS DE PRUEBA (SINALP)

  SUBCOMITE DE LA RAMA ELECTRICA-ELECTRONICA

INDICE

  0. Introducción

  1. Objetivo

  2. Campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Requisitos generales

  6. Cumplimiento

  7. Especificaciones

  8. Información

  9. Evaluación de la conformidad

  10. Vigilancia

        Apéndice Normativo A

        Apéndice Normativo B

  11. Bibliografía

  12. Concordancia con normas internacionales

  0. Introducción

  La estructura del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana responde a las necesidades en el cumplimiento de los requisitos de seguridad para conductores eléctricos que se comercializan dentro del territorio de los Estados Unidos Mexicanos, para lo cual, se han definido 15 secciones (ver 7, Especificaciones). Cada una de ellas hace referencia a la norma o normas mexicanas de requisitos de seguridad (con especificaciones y métodos de prueba) de tipo genérico, las cuales a su vez hacen referencia a normas mexicanas complementarias de requisitos de seguridad para conductores eléctricos en lo particular.

  1. Objetivo

  El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana establece los requisitos de seguridad que deben cumplir los conductores, alambres y cables para uso eléctrico, con el propósito de garantizar las condiciones necesarias de uso eficiente y racional en el consumo de la energía eléctrica y satisfacer las características imprescindibles de servicio y seguridad para las personas, los equipos y su patrimonio.

  2. Campo de aplicación

  2.1 El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana es aplicable a los tipos de conductores eléctricos agrupados en las secciones siguientes:

SECCION I. Conductores de cobre desnudos

- Alambre de cobre duro para usos eléctricos.

- Alambre de cobre semiduro para usos eléctricos.

- Alambre de cobre suave para usos eléctricos.

- Alambres de cobre estañado suave o recocido para usos eléctricos.

- Cable de cobre con cableado concéntrico para usos eléctricos.

- Cable de cobre con cableado concéntrico compacto, para usos eléctricos.

- Cordones flexibles de cobre, para usos eléctricos y electrónicos.

- Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cables concéntricos.

- Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cordones flexibles.

SECCION II. Conductores de aluminio desnudos

- Alambre de aluminio duro, 3/4 duro, semiduro y suave para usos eléctricos.

- Alambre de aluminio de aleación AA-8000 para usos eléctricos.

- Cable de aluminio con cableado concéntrico para usos eléctricos.

- Cable de aleación de aluminio AA-8000, con cableado concéntrico para usos eléctricos.

- Cable concéntrico de aluminio con cableado compacto para usos eléctricos.

- Cable de aluminio con cableado concéntrico y alma de acero galvanizado (ACSR).

  SECCION III. Conductores con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo, para instalaciones hasta 600 V

  SECCION IV. Alambres y cables aislados con polietileno, para instalaciones tipo intemperie en baja tensión y cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión

- Alambres y cables aislados con polietileno, para instalaciones tipo intemperie en baja tensión.

- Cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión.

  SECCION V. Cables de energía de baja tensión con aislamiento de polietileno de cadena cruzada o a base de etileno-propileno para instalaciones hasta 600 V

  SECCION VI. Cables con aislamiento de policloruro de vinilo de 75°C para alambrado de tableros

  SECCION VII. Alambres y cordones con aislamiento de PVC 105°C para usos electrónicos

  SECCION VIII. Cables control y cables multiconductores y monoconductores de energía, no propagadores de incendio, de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos hasta 600 V y 90ºC

  SECCION IX. Cables concéntricos tipo espiral para acometida aérea a baja tensión

  SECCION X. Cable portaelectrodo para soldadoras eléctricas

  SECCION XI. Conductores dúplex (TWD) con aislamiento termoplástico para instalaciones hasta 600 V y 60°C

  SECCION XII. Cordones flexibles tipo SPT con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 300 V para 60°C, 75°C, 90°C y 105°C

  SECCION XIII. Cordones flexibles para uso rudo (hasta 300 V) y extrarrudo (hasta 600 V)

  SECCION XIV. Cables control con aislamiento termoplástico o termofijo para baja tensión

  SECCION XV. Cables para alimentación de bombas sumergibles para pozo profundo en instalaciones de hasta 1000 V

  2.2 Los conductores eléctricos aislados de baja tensión objeto de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana, son aplicables dentro del intervalo de baja tensión conforme a lo definido en la norma mexicana NMX-J-098-ANCE (ver 3. Referencias). Asimismo, incluye a los conductores eléctricos desnudos y aislados utilizados en líneas aéreas de transmisión y distribución.

  2.3 El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana también cubre los conductores eléctricos que no están descritos en el inciso 2.1, ni cubiertos por las secciones uno a la quince del capítulo 7 de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana y que pueden ser de aplicación similar a algunos de ellos. Estos conductores deben cumplir con lo indicado en el capítulo 5 de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  2.4 Excepciones

  Quedan excluidos del ámbito de aplicación de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana:

  2.4.1 Los conductores para utilización en telecomunicaciones.

  2.4.2 Cables para usos en transportes aéreos, terrestres o marinos.

  2.4.3 Alambre magneto.

  3. Referencias

  El presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana se complementa con las siguientes normas oficiales mexicanas y normas mexicanas:

NOM-008-SCFI-1993 Sistema General de Unidades de Medida. Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación el 14 de octubre de 1993.

NOM-030-SCFI-1993 Información Comercial–Declaración de cantidad en la etiqueta– Especificaciones. Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación el 29 de octubre de 1993.

NOM-106-SCFI-2000 Características de diseño y condiciones de uso de la contraseña oficial. Declaratoria de vigencia en el Diario Oficial de la Federación el 11 diciembre de 2000.

NMX-J-002-ANCE-2000  Productos eléctricos–Conductores–Alambres de cobre duro para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 2000.

NMX-J-008-ANCE-2000 Productos eléctricos–Conductores–Alambres de cobre estañado suave o recocido para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de septiembre de 2000.

NMX-J-010-ANCE-1996 Productos eléctricos–Conductores–Conductores con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 600 V–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 8 de marzo de 1996.

NMX-J-012-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cable de cobre con cableado concéntrico para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 9 de junio de 1995.

NMX-J-013-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cables concéntricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-014-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cordones flexibles–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-027-ANCE-1999 Productos eléctricos–Conductores–Alambre de aluminio duro para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio de 1999.

NMX-J-028-ANCE-1995 Productos eléctricos–Cables concéntricos tipo espiral para acometida aérea a baja tensión, hasta 600 V–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 9 de junio de 1995.

NMX-J-032-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cable de aluminio con cableado concéntrico para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-035-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Alambres de cobre semiduro para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-036-ANCE-1999 Productos eléctricos–Conductores–Alambres de cobre suave para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 12 de abril de 2000.

NMX-J-037-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cable portaelectrodo para soldadoras eléctricas–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-049-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Alambre de aluminio semiduro para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 29 de septiembre de 1995.

NMX-J-054-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Alambres y cables aislados con polietileno para instalaciones tipo intemperie en baja tensión–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 8 de marzo de 1996.

NMX-J-058-ANCE-1994 Productos eléctricos–Conductores–Cable de aluminio con cableado concéntrico y alma de acero (acsr)–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 13 de enero de 1995.

NMX-J-059-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cable de cobre con cableado concéntrico compacto para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 9 de junio de 1995.

NMX-J-061-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 9 de junio de 1995.

NMX-J-062-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cable concéntrico compacto de aluminio con cableado para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 29 de septiembre de 1995.

NMX-J-066-1996-ANCE Productos eléctricos–Conductores–Determinación de diámetro en conductores eléctricos–Método de prueba. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 4 de octubre de 1996.

NMX-J-098-ANCE-1999 Sistemas eléctricos de potencia–Suministro–Tensiones eléctricas normalizadas. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de junio de 1999.

NMX-J-102-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cordones flexibles tipo SPT con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 300 V–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 18 de agosto de 1995.

NMX-J-129-1996-ANCE Productos eléctricos–Conductores–Determinación del área de la sección transversal de conductores eléctricos, cableados, en función de su masa–Método de prueba. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 25 de abril de 1997.

NMX-J-212-1996-ANCE Productos eléctricos–Conductores–Resistencia y resistividad eléctrica–Método de prueba.

NMX-J-216-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Alambre de aluminio 3/4 duro para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 29 de septiembre de 1995.

NMX-J-297-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cordones flexibles de cobre para usos eléctricos y electrónicos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-298-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Conductores dúplex (TWD) con aislamiento termoplástico para instalaciones hasta 600 V–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 29 de septiembre de 1995.

NMX-J-300-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cables control con aislamiento termoplástico o termofijo, para tensiones de 600 y 1 000 V c.a., y temperaturas de operación máxima en el conductor de 75°C y 90°C– Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-312-1996-ANCE Productos eléctricos–Conductores–Determinación del esfuerzo y alargamiento por tensión a la ruptura de alambres para conductores eléctricos. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 27 de diciembre de 1996.

NMX-J-429-ANCE-1994 Productos eléctricos–Conductores–Alambres y cordones con aislamiento de PVC 105°C, para usos electrónicos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 9 de junio de 1995.

NMX-J-436-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cordones flexibles para uso rudo y extrarrudo, hasta 600 V–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 18 de agosto de 1995.

NMX-J-438-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cables con aislamiento de policloruro de vinilo, 75°C para alambrado de tableros–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-451-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cables de energía de baja tensión, con aislamiento de polietileno de cadena cruzada o a base de etileno-propileno para instalaciones hasta 600 V–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-486-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cables control y multiconductores de energía para baja tensión, no propagadores de incendio, de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos, 600 V, 90°C–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-492-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Cables monoconductores de energía para baja tensión, no propagadores de incendio de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos, 600 V 90°C–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-509-ANCE-1995 Productos eléctricos–Conductores–Alambre de aluminio suave para usos eléctricos–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada por el Organismo Nacional de Normalización el 22 de diciembre de 1995.

NMX-J-514-ANCE-1998 Productos eléctricos–Conductores–Cables para alimentación de bombas sumergibles para pozo profundo en instalaciones hasta 1000 V–Especificaciones. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 15 de mayo de 1998.

NMX-J-516-1998-ANCE Productos eléctricos–Conductores–Determinación del paso y sentido de cableado para conductores desnudos y aislados–Método de prueba. Declaratoria de vigencia publicada en el Diario Oficial de la Federación el 10 de agosto de 1998.

  4. Definiciones

  Para efectos del entendimiento de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana, son aplicables las definiciones establecidas en las normas referenciadas en el capítulo 3, además de la que se describe a continuación:

  4.1 Empaque.- Es el medio de protección por el cual se evitan daños al producto o productos durante su fabricación, transportación, manejo y almacenamiento, siempre y cuando estas operaciones sean desarrolladas en forma apropiada.

  5. Requisitos generales

  Este capítulo es aplicable para los tipos de conductores eléctricos que quedan comprendidos en el Campo de Aplicación de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana, pero que no están identificados con los indicados en las secciones del capítulo 7 de la misma, sin embargo deben cumplir con las especificaciones declaradas por el fabricante.

  5.1 Conductores desnudos de cobre, aluminio o aleaciones

  Los alambres y/o cables desnudos de cobre, aluminio o aleaciones comprendidos en esta sección, deben cumplir con los requisitos aplicables de los capítulos 7.1 y 7.2 de esta Norma, pero pueden diferir de ellos en uno o varios de los elementos constructivos, como son:

- Diámetros o áreas de las secciones transversales nominales, en alambres o cables, respectivamente.

- En el caso de cables, el número y diámetro de los alambres componentes y eventualmente su distribución, sentido y longitud del paso de cableado.

  Como consecuencia de esto, se establecen los requisitos indicados en las secciones de este capítulo.

  5.1.1 Dimensiones

  Los diámetros nominales de los alambres y/o, en su caso, las áreas de las secciones transversales nominales de los cables, pueden ser diferentes de las indicadas en las normas referidas en los incisos 7.1 para cobre y 7.2 para aluminio; sin embargo, son aplicables los requisitos para la medición o determinación y tolerancias de las dimensiones establecidas en esas normas.

  5.1.2 Masa y resistencia eléctrica a la corriente directa

  Como consecuencia de lo establecido en el inciso 5.1 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, la masa y la resistencia eléctrica a la corriente directa, en los casos requeridos por las normas citadas en los incisos 7.1 y 7.2 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, deben determinarse de acuerdo con lo establecido en ellas, incluyendo sus tolerancias.

  5.1.3 Número de alambres, sentido y paso de cableado

  En el caso de haber diferencias en estos elementos, deben tomarse como base las especificaciones declaradas o manifestadas, sin embargo, su determinación debe hacerse de acuerdo con lo referido por las normas citadas en los incisos 7.1 y 7.2 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  5.1.4 Propiedades físicas, químicas, eléctricas y demás características constructivas

  Las demás características físicas, químicas y eléctricas, así como otros elementos o requisitos constructivos, deben cumplir con lo aplicable en las normas citadas en los incisos 7.1 y 7.2 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  5.2 Conductores aislados

  Los alambres y/o cables de cobre o aluminio aislados, comprendidos en esta sección, son equivalentes a los citados en los incisos 7.3 a 7.15 de este proyecto norma, pero que pueden diferir de ellos en uno o varios de los elementos constructivos, como son:

- Diámetros o áreas de las secciones transversales, nominales, en alambres o cables, respectivamente.

- En el caso de cables, el número y diámetro de los alambres componentes y eventualmente su distribución, sentido y longitud del paso de cableado.

- Espesores de aislamientos o cubiertas.

- En el caso de cables multiconductores, el número y distribución de los conductores aislados, así como el sentido y longitud del paso de reunido.

- El uso o no de: rellenos, cintas separadoras o sujetadoras y cubiertas protectoras internas.

- Otras variantes no indicadas antes, pero que aún así, pueden considerarse equivalentes a los citados en los incisos 7.3 a 7.15 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  Como consecuencia de esto, se establecen los requisitos indicados en las secciones de este capítulo.

  5.2.1 Dimensiones de los alambres o cables de los conductores

  En este caso son aplicables las mismas indicaciones dadas en el inciso 5.1.1 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, aunque, en los casos aplicables deben tomarse en cuenta las indicaciones y tolerancias para los cables terminados de acuerdo a lo indicado en las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  Cuando se incluyan conductores de puesta a tierra, éstos deben cumplir con el área de la sección transversal nominal requerida, establecida en las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 aplicables del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  5.2.2 Masa y resistencia eléctrica a la corriente directa

  Como consecuencia a lo indicado en el inciso 5.2 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, la masa y la resistencia eléctrica a la corriente directa, en los casos requeridos por las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, deben determinarse de acuerdo con lo establecido en ellas, incluyendo sus tolerancias.

  5.2.3 Número de alambres, sentido y paso de cableado en los conductores

  Salvo que en las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana indiquen algo diferente, se aplica lo indicado en el inciso 5.1.3.

  5.2.4 Propiedades físicas, químicas, eléctricas y demás características constructivas de los conductores

  Las demás características físicas, químicas y eléctricas, así como otros elementos o requisitos constructivos de los conductores, deben cumplir con lo establecido en 5.1.4 y lo que indiquen las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  5.2.5 Espesores de aislamientos y cubiertas y otras dimensiones

  Los espesores de aislamientos y cubiertas, así como los de otros componentes u otras dimensiones, deben estar de acuerdo con los nominales citados en las especificaciones declaradas por el fabricante, siendo aplicables las tolerancias y los procedimientos de determinación indicados en las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  5.2.6 Reunido de conductores aislados

  La reunión o ensamble de conductores aislados deben cumplir con lo establecido con las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 aplicables del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, aunque pueden existir variantes en la distribución, el sentido y longitud del paso de reunido y en la identificación de los conductores; sin embargo, estos parámetros deben cumplir con una norma nacional o internacional y deben determinarse como se indique en dichas normas.

  5.2.7 Rellenos, cintas reunidoras o separadoras y cubiertas internas

  Para cables con rellenos, cintas reunidoras o separadoras o cubiertas internas, estos componentes deben ser compatibles con los demás componentes involucrados para no afectar el cumplimiento con otros requisitos de las normas aplicables citadas en los incisos 7.3 a 7.15 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  5.2.8 Construcción

  Pueden presentarse otras variantes constructivas en los productos equivalentes a los cubiertos en las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, las cuales deben permitir el cumplimiento con los demás requisitos aplicables y con la seguridad requerida. Algunas de estas variantes pueden ser armaduras, blindajes, materiales no higroscópicos, etc.

  5.2.9 Propiedades y pruebas físicas de los aislamientos, cubiertas y producto terminado

  Las propiedades y características físicas de los aislamientos y cubiertas deben cumplir con las normas aplicables citadas en los incisos 7.3 a 7.15 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  5.2.10 Características de resistencia a la propagación de la flama, resistencia a la propagación del incendio y de emisión reducida de humos y gas ácido

  Los cables equivalentes a los que en las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana requieran características de resistencia a la propagación de la flama o resistencia a la propagación de incendio o de emisión reducida de humos y gas ácido, deben de cumplir con lo que al respecto establecen dichas normas.

  5.2.11 Propiedades y pruebas eléctricas

  Los cables equivalentes a los de las normas citadas en los incisos 7.3 a 7.15 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, deben cumplir con las pruebas y determinaciones eléctricas establecidas en dichas normas.

  6. Cumplimiento

  Para asegurar el cumplimiento de los conductores eléctricos que quedan comprendidos en el campo de aplicación de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana, cada producto debe cumplir con lo especificado en la sección aplicable del capítulo 7 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  Cuando algún conductor eléctrico no esté incluido en una de las secciones del capítulo 7 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, éste debe cumplir con lo establecido en el capítulo 5 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana.

  7. Especificaciones

  SECCION I. CONDUCTORES DE COBRE DESNUDOS

  7.1 Conductores de cobre desnudos

  7.1.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de conductores descritos en las normas mexicanas referenciadas en el inciso 7.1.2 del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana:

a) Alambres de cobre duro para usos eléctricos.

b) Alambres de cobre semiduro para usos eléctricos.

c) Alambres de cobre suave para usos eléctricos.

d) Alambres de cobre estañado suave o recocido para usos eléctricos.

e) Cable de cobre con cableado concéntrico para usos eléctricos.

f) Cable de cobre con cableado concéntrico compacto para usos eléctricos.

g) Cordones flexibles de cobre para usos eléctricos y electrónicos.

h) Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cables concéntricos.

i) Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cordones flexibles.

  7.1.2 Cumplimiento

  Los conductores objeto de esta sección deben cumplir con las normas mexicanas indicadas a continuación:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Alambres de cobre duro para usos eléctricos NMX-J-002-ANCE
Alambres de cobre semiduro para usos eléctricos NMX-J-035-ANCE
Alambres de cobre suave para usos eléctricos NMX-J-036-ANCE
Alambres de cobre estañado suave o recocido para usos eléctricos NMX-J-008-ANCE
Cable de cobre con cableado concéntrico para usos eléctricos NMX-J-012-ANCE
Cable de cobre con cableado concéntrico compacto para usos eléctricos NMX-J-059-ANCE
Cordones flexibles de cobre para usos eléctricos y electrónicos NMX-J-297-ANCE
Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cables concéntricos NMX-J-013-ANCE
Cable concéntrico de cobre tipo calabrote, formado por cordones flexibles NMX-J-014-ANCE

  SECCION II. CONDUCTORES DE ALUMINIO DESNUDOS

  7.2 Conductores de aluminio desnudos

  7.2.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de conductores descritos en las normas mexicanas referenciadas en el inciso 7.2.2 de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana:

a) Alambres de aluminio de aleación AA-8000 para usos eléctricos.

b) Alambres de aluminio duro, 3/4 duro, semiduro y suave de sección circular.

c) Cable de aluminio con cableado concéntrico, para usos eléctricos.

d) Cable de aleación de aluminio AA-8000 con cableado concéntrico para usos eléctricos.

e) Cable concéntrico de aluminio con cableado compacto para usos eléctricos.

f) Cable de aluminio con cableado concéntrico y alma de acero galvanizado (ACSR).

  7.2.2 Cumplimiento

  Los conductores objeto de esta sección deben cumplir con las siguientes normas mexicanas:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Alambre de aluminio de aleación AA-8000 para usos eléctricos Apéndice A
Alambre de aluminio duro, 3/4 duro, semiduro y suave, de sección circular NMX-J-027-ANCE

NMX-J-216-ANCE

NMX-J-049-ANCE

NMX-J-509-ANCE

Cable de aluminio con cableado concéntrico para usos eléctricos NMX-J-032-ANCE
Cable de aleación de aluminio AA-8000 con cableado concéntrico para usos eléctricos Apéndice B
Cable concéntrico de aluminio con cableado compacto para usos eléctricos NMX-J-062-ANCE
Cable de aluminio con cableado concéntrico y alma de acero galvanizado (ACSR) NMX-J-058-ANCE

(1) En tanto no existan las normas mexicanas correspondientes a estos productos, se debe aplicar lo establecido en los apéndices A o B, según sea el caso.

  SECCION III. CONDUCTORES CON AISLAMIENTO TERMOPLASTICO A BASE DE POLICLORURO DE VINILO, PARA INSTALACIONES HASTA 600 V

  7.3 Conductores con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo, para instalaciones hasta 600 V

  7.3.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cables descritos en NMX-J-010-ANCE:

a) Cable monoconductor TW

b) Cable monoconductor THW

c) Cable monoconductor THHW

d) Cable monoconductor THW-LS

e) Cable monoconductor THHW-LS

f) Cable monoconductor THWN

g) Cable monoconductor THHN

h) Cable multiconductor TW

i) Cable multiconductor THW

j) Cable multiconductor THHW

k) Cable multiconductor THW-LS

l) Cable multiconductor THHW-LS

m) Cable multiconductor THWN

n) Cable multiconductor THHN

  7.3.2 Cumplimiento

  Los cables objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Conductores con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 600 V NMX-J-010-ANCE

  SECCION IV. ALAMBRES Y CABLES AISLADOS CON POLIETILENO, PARA INSTALACIONES TIPO INTEMPERIE EN BAJA TENSION Y CABLES MULTICONDUCTORES PARA DISTRIBUCION AEREA A BAJA TENSION

  7.4 Alambres y cables aislados con polietileno, para instalaciones tipo intemperie en baja tensión y cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión

  7.4.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cables descritos en las normas mexicanas referenciadas en el inciso 7.4.2 de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana:

a) Alambres de cobre monoconductor aislado

b) Cables de cobre monoconductor aislado

c) Cables de aluminio monoconductor aislado

d) Cables ACSR monoconductor aislado

e) Cable multiconductor aislado con soporte en alambre o cable de cobre

f) Cable multiconductor aislado con soporte en cable de aluminio

g) Cable multiconductor aislado con soporte en cable ACSR

  7.4.2 Cumplimiento

  Los cables objeto de esta sección deben cumplir con las siguientes normas mexicanas:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Alambres y cables aislados con polietileno para instalaciones tipo intemperie en baja tensión NMX-J-054-ANCE
Cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión NMX-J-061-ANCE

  SECCION V. CABLES DE ENERGIA DE BAJA TENSION CON AISLAMIENTO DE POLIETILENO DE CADENA CRUZADA O A BASE DE ETILENO-PROPILENO PARA INSTALACIONES HASTA 600 V

  7.5 Cables de energía de baja tensión con aislamiento de polietileno de cadena cruzada o a base de etileno-propileno para instalaciones hasta 600 V

  7.5.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cables descritos en NMX-J-451-ANCE:

a) XHHW

b) XHHW-2

c) RHH con aislamiento XLP

d) RHW con aislamiento XLP

e) RHW-2 con aislamiento XLP

f) RHH con aislamiento combinado

g) RHW con aislamiento combinado

  7.5.2 Cumplimiento

  Los cables objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Cables de energía de baja tensión, con aislamiento de polietileno de cadena cruzada o a base de etileno-propileno para instalaciones hasta 600 V NMX-J-451-ANCE

  SECCION VI. CABLES CON AISLAMIENTO DE POLICLORURO DE VINILO DE 75°C PARA ALAMBRADO DE TABLEROS

  7.6 Cables con aislamiento de policloruro de vinilo de 75°C para alambrado de tableros

  7.6.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre a los cables con aislamiento de policloruro de vinilo de 75°C para alambrado de tableros descritos en NMX-J-438-ANCE.

  7.6.2 Cumplimiento

  Los cables objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Cables con aislamiento de policloruro de vinilo de 75°C para alambrado de tableros NMX-J-438-ANCE

  SECCION VII. ALAMBRES Y CORDONES CON AISLAMIENTO DE PVC 105°C PARA USOS ELECTRONICOS

  7.7 Alambres y cordones con aislamiento de PVC 105°C para usos electrónicos

  7.7.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre a los alambres y cordones con aislamiento de PVC 105°C para usos electrónicos descritos en NMX-J-429-ANCE.

  7.7.2 Cumplimiento

  Los alambres y cordones objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Alambres y cordones con aislamiento de PVC 105°C, para usos electrónicos NMX-J-429-ANCE

  SECCION VIII. CABLES CONTROL Y CABLES MULTICONDUCTORES Y MONOCONDUCTORES DE ENERGIA, NO PROPAGADORES DE INCENDIO, DE BAJA EMISION DE HUMOS Y SIN CONTENIDO DE HALOGENOS HASTA 600 V Y 90ºC

  7.8 Cables control y cables multiconductores y monoconductores de energía para baja tensión, no propagadores de incendio, de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos hasta 600 V y 90ºC

  7.8.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cables descritos en las normas mexicanas referenciadas en el inciso 7.8.2 de este Proyecto de Norma Oficial Mexicana:

a) Cable monoconductor

b) Cable control y/o multiconductor

  7.8.2 Cumplimiento

  Los cables objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Cables monoconductores de energía para baja tensión, no propagadores de incendio de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos, 600 V, 90°C NMX-J-492-ANCE
Cables control y multiconductores de energía para baja tensión, no propagadores de incendio, de baja emisión de humos y sin contenido de halógenos hasta 600 V y 90°C NMX-J-486-ANCE

  SECCION IX. CABLES CONCENTRICOS TIPO ESPIRAL PARA ACOMETIDA AEREA A BAJA TENSION HASTA 600 V

  7.9 Cables concéntricos tipo espiral para acometida aérea a baja tensión

  7.9.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los cables concéntricos tipo espiral para acometida aérea a baja tensión hasta 600 V, descritos en NMX-J-028-ANCE.

  7.9.2 Cumplimiento

  Los cables objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Cables concéntricos tipo espiral para acometida aérea a baja tensión hasta 600 V NMX-J-028-ANCE

  SECCION X. CABLE PORTAELECTRODO PARA SOLDADORAS ELECTRICAS

  7.10 Cable portaelectrodo para soldadoras eléctricas

  7.10.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cables descritos en NMX-J-037-ANCE:

a) Tipo 1: Aislamiento de PVC

b) Tipo 2: Aislamiento de policloropreno, polietileno clorosulfonado (CP) y polietileno clorado (CPE)

c) Tipo 3: Aislamiento termoplástico tipo elastomérico (TPE).

  7.10.2 Cumplimiento

  Los cables objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Cable portaelectrodo para soldadoras eléctricas NMX-J-037-ANCE

  SECCION XI. CONDUCTORES DUPLEX (TWD) CON AISLAMIENTO TERMOPLASTICO PARA INSTALACIONES HASTA 600 V Y 60°C

  7.11 Conductores dúplex (TWD) con aislamiento termoplástico para instalaciones hasta 600 V y 60°C

  7.11.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los conductores dúplex (TWD) con aislamiento termoplástico para instalaciones hasta 600 V y 60°C descritos en NMX-J-298-ANCE:

  Tipo A.- Para instalaciones domésticas visibles.

  Tipo B.- Para instalaciones domésticas visibles y acometidas aéreas.

  7.11.2 Cumplimiento

  Los conductores objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Conductores dúplex (TWD) con aislamiento termoplástico para instalaciones hasta 600 V y 60°C NMX-J-298-ANCE

  SECCION XII. CORDONES FLEXIBLES TIPO SPT CON AISLAMIENTO TERMOPLASTICO A BASE DE POLICLORURO DE VINILO PARA INSTALACIONES HASTA 300 V PARA 60°C, 75°C, 90°C Y 105°C

  7.12 Cordones flexibles tipo SPT con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 300 V para 60°C, 75°C, 90°C y 105°C

  7.12.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cordones descritos en NMX-J-102-ANCE:

a) SPT: 60°C

b) SPT: 75°C

c) SPT: 90°C

d) SPT: 105°C

  7.12.2 Cumplimiento

  Los cordones objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Cordones flexibles tipo SPT con aislamiento termoplástico a base de policloruro de vinilo para instalaciones hasta 300 V para 60°C, 75°C, 90°C y 105°C NMX-J-102-ANCE

  SECCION XIII. CORDONES FLEXIBLES PARA USO RUDO (HASTA 300 V) Y EXTRA-RUDO (HASTA 600 V)

  7.13 Cordones flexibles para uso rudo (hasta 300 V) y extra-rudo (hasta 600 V)

  7.13.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cordones descritos en NMX-J-436-ANCE:

a) SVT: 60°C, 75°C, 90°C y 105°C

b) SVO: 90°C

c) SJT: 60°C, 75°C, 90°C y 105°C

d) SJO: 90°C

e) ST: 60°C, 75°C, 90°C y 105°C

f) SO: 90°C

  7.13.2 Cumplimiento

  Los cordones objeto de esta sección deben cumplir con la siguiente norma mexicana:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Cordones flexibles para uso rudo y extra rudo, hasta 600 V para 60°C, 75°C, 90°C y 105°C NMX-J-436-ANCE

  SECCION XIV. CABLES CONTROL CON AISLAMIENTO TERMOPLASTICO O TERMOFIJO, PARA TENSIONES DE 600 V Y 1 000 V c.a., Y TEMPERATURAS DE OPERACION MAXIMAS EN EL CONDUCTOR DE 75 Y 90°C

  7.14 Cables control con aislamiento termoplástico o termofijo para baja tensión

  7.14.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de cables control, descritos en NMX-J-300-ANCE:

a) Grupo I y/o II tipo A.

b) Grupo I y/o II tipo B.

c) Grupo I y/o II tipo C.

d) Grupo I y/o II tipo D.

  7.14.2 Cumplimiento

  Los cables control objeto de esta sección deben cumplir con las siguientes normas mexicanas:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Cables control con aislamiento termoplástico o termofijo, para tensiones de 600 y 1 000 V c.a., y temperaturas de operación máxima en el conductor de 75 y 90°C NMX-J-300-ANCE

  SECCION XV. CABLES PARA ALIMENTACION DE BOMBAS SUMERGIBLES PARA POZO PROFUNDO EN INSTALACIONES DE HASTA 1000 V

  7.15 Cables para alimentación de bombas sumergibles para pozo profundo en instalaciones de hasta 1000 V

  7.15.1 Alcance

  El alcance de esta sección cubre los siguientes tipos de conductores descritos en NMX-J-514-ANCE:

a) Configuración redonda

b) Configuración plana

  7.15.2 Cumplimiento

  Los cables objeto de esta sección deben cumplir con las siguientes normas mexicanas:

Tipo de conductor Norma mexicana aplicable
Cables para alimentación de bombas sumergibles para pozo profundo en instalaciones de hasta 1000 V. NMX-J-514-ANCE

  8. Información

  En las siguientes secciones se indican los elementos de información, según sea aplicable, para cada uno de los productos cubiertos en esta norma. Se debe cumplir con lo establecido en la NOM-008-SCFI y NOM-030-SCFI.

  8.1 Alambres y cables desnudos

  8.1.1 En el producto

  Los alambres y cables desnudos, sean de cobre o aluminio, no llevan leyenda de información sobre el producto.

  8.1.2 Empaque

  Cada empaque debe contener la información siguiente, como mínimo:

- Nombre y marca registrada del fabricante.

- Identificación del producto conforme a lo establecido en la norma mexicana de referencia.

- Area de la sección transversal nominal en milímetros cuadrados.

- Entre paréntesis la designación del conductor correspondiente en AWG o kCM (si existe).

- Contenido en metros o kilogramos.

- La leyenda Hecho en México o la designación del país de origen.

- Contraseña oficial de acuerdo con la NOM-106-SCFI-2000.

  8.2 Conductores aislados

  8.2.1 En el producto

  Los conductores aislados, comprendidos en esta norma, deben contener como mínimo la información que a continuación se indica sobre su aislamiento o su cubierta protectora, secuencialmente en toda su longitud en forma legible y permanente, permitiéndose una distancia máxima sin marcar de 0,30 m. Para cables multiconductores para distribución aérea a baja tensión, la información se hace sobre el aislamiento de uno de los conductores:

- Nombre o marca registrada del fabricante.

- Identificación del producto conforme a lo establecido en la norma mexicana de referencia.

- Area de la sección transversal nominal en milímetros cuadrados.

- Entre paréntesis la designación del conductor correspondiente en AWG o kCM (si existe).

- Tensión de operación máxima, en volts.

- Temperatura de operación, en grados Celsius.

- Contraseña oficial de acuerdo con la NOM-106-SCFI vigente.

  NOTA: Las proporciones del logotipo de la contraseña oficial no son exigibles en el marcado sobre el producto.

  8.2.2 Empaque

  El empaque debe identificarse como mínimo con los siguientes datos:

- Nombre o marca registrada del fabricante.

- Identificación del producto conforme a lo establecido en la norma mexicana de referencia.

- Area de la seccción transversal nominal en milímetros cuadrados.

- Entre paréntesis la designación del conductor correspondiente en AWG o kCM (si existe).

- Tensión de operación máxima, en volts.

- Temperatura de operación máxima, en grados Celsius.

- Contenido en metros.

- La leyenda Hecho en México , o la designación del país de origen.

- Contraseña oficial de acuerdo con la NOM-106-SCFI-2000.

  9. Evaluación de la conformidad

  La evaluación de la conformidad del producto objeto del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana una vez que éste sea publicado en el Diario Oficial de la Federación, se debe llevar a cabo por personas acreditadas y aprobadas en términos de lo dispuesto por la Ley Federal sobre Metrología y Normalización.

  10. Vigilancia

  La vigilancia del presente Proyecto de Norma Oficial Mexicana, una vez que sea publicado en el Diario Oficial de la Federación como norma definitiva, estará a cargo de la Secretaría de Economía y de la Procuraduría Federal del Consumidor, conforme a sus respectivas atribuciones.

APENDICE NORMATIVO A

PRODUCTOS ELECTRICOS-CONDUCTORES-ALAMBRES DE ALEACION DE ALUMINIO SERIE AA-8000-ESPECIFICACIONES

  A.1 Objetivo y campo de aplicación

  En este apéndice se establecen las especificaciones y métodos de prueba que deben cumplir los alambres de aleación de aluminio serie AA-8000 en temples 0, H1X o H2X para usos eléctricos.

  A.2 Definiciones

  A.2.1 alambre de sección circular: se entiende por alambre de sección circular, para usos eléctricos, un conductor sólido de sección transversal circular.

  A.3 Clasificación

  Los alambres de aleación de aluminio de la serie AA-8000 se clasifican en los siguientes temples y sus características mecánicas se muestran en la tabla A.3:

- Temple 0

- Temple H1X

- Temple H2X

  A.4 Especificaciones

  A.4.1 Dimensiones

  Los alambres de sección transversal nominal de 13,30 mm² a 1,307 mm² (6 AWG a 16 AWG), fabricados con aluminio de aleación AA-8000 grado eléctrico, se indican con su área de sección transversal y su masa aproximada en la tabla A.1, determinándose de acuerdo con NMX-J-066-ANCE.

  Pueden existir alambres de aleación de aluminio con diámetros nominales diferentes a los indicados en la tabla A.1, que se utilizan como componentes de cables, y deben cumplir con las especificaciones indicadas en este apéndice.

  El diámetro del alambre debe expresarse en milímetros aproximándose hasta la micra. Se permiten las tolerancias indicadas en la tabla A.2 con respecto al diámetro nominal.

  A.4.2 Alargamiento y esfuerzo por tensión a la ruptura

  Los valores del alargamiento y el esfuerzo por tensión a la ruptura de los alambres deben cumplir con lo indicado en la tabla A.3, determinándose de acuerdo con NMX-J-312-ANCE.

  A.4.3 Uniones

  Se permiten uniones en el alambre antes del estirado final o en el alambre terminado, siempre y cuando el esfuerzo por tensión a la ruptura en dichas uniones cumplan con los requisitos especificados en la tabla A.3. Las uniones se verifican visualmente y el alargamiento y el esfuerzo por tensión a la ruptura se determinan de acuerdo con A.4.2.

  Entre dos uniones o entre una unión y la punta del rollo o carrete, no debe haber una distancia menor de 15 m. No debe haber más de dos uniones en un mismo rollo a carrete.

  A.4.4 Resistividad eléctrica

  La resistividad eléctrica y la conductividad volumétrica de los alambres a 20ºC, de los dos temples, no deben ser mayores que los indicados en la tabla A.4, determinándose de acuerdo con NMX-J-212-ANCE.

TABLA A.1 Diámetros nominales de alambres de aluminio de la aleación AA-8000 y masa aproximada

Designación del conductor  
Area de la sección transversal nominal mm2 Calibre AWG Diámetro nominal mm Masa aproximada kg/km
13,30 6 4,115 36,07
10,55 7 3,665 28,62
8,367 8 3,264 22,69
6,633 9 2,906 17,99
5,260 10 2,588 14,27
4,169 11 2,304 11,31
3,307 12 2,052 8,97
2,627 13 1,829 7,13
2,082 14 1,628 5,65
1,651 15 1,450 4,47
1,307 16 1,290 3,54

TABLA A.2 Variaciones permisibles en diámetro para alambres de aleación de Aluminio AA-8000

Diámetro

mm

Variación permisible del valor promedio del diámetro sobre el diámetro nominal
De 4,115 Hasta 2,540 1%
Menor de 2,540 Hasta 1,290 0,025 mm

TABLA A.3 Características mecánicas del alambre de aleación de aluminio AA-8000

Tipo de temple Esfuerzo por tensión a la ruptura en 250 mm Alargamiento por tensión a la ruptura en 250 mm
  En alambres sin uniones En alambres con uniones  
  Mínimo MPa Máximo MPa Mínimo MPa Mínimo %
0 59 111 59 10,0
H1X o H2X 103 152 76 10,0

TABLA A.4 Resistividad y conductividad eléctrica para aleación de aluminio AA-8000

Resistividad a 20°C Máxima Conductividad (1) a 20°C mínimo
Promedio Individual Promedio Individual
mm2/m nm mm2/m nm % %
0,028 264 28,264 0,028 450 28,450 61,0 60,6

  NOTA.- (1) La Comisión Electrotécnica Internacional tiene establecido el valor de 58 MS/m (Resistividad de 17,241 nm) como conductividad de referencia equivalente a 100% correspondiente al cobre suave o recocido, el cual también se emplea como referencia para la conductividad de otros metales.

  A.4.5 Acabado

  El alambre no debe tener defectos tales como grietas, mellas, incisiones o escamas, observables a simple vista.

  A.5 Muestreo

  Cuando en una inspección se requiera de un muestreo se recomienda el uso de la NMX-Z-012/2.

  A.6 Métodos de prueba

  Los métodos de prueba aplicables a este apéndice para verificar las características dimensionales, mecánicas y eléctricas, son los indicados en las normas NMX-J-066-ANCE, NMX-J-212-ANCE y NMX-J-312-ANCE.

  A.7 Empaque

  Los alambres deben entregarse en rollos o carretes, a menos que se especifique otro tipo de empaque.

APENDICE NORMATIVO B

PRODUCTOS ELECTRICOS-CONDUCTORES-CABLES DE ALEACION DE ALUMINIO SERIE AA-8000-ESPECIFICACIONES

  B.1 Objetivo y campo de aplicación

  En este apéndice se establecen las especificaciones y métodos de prueba que deben cumplir los cables de aleación de aluminio de la serie AA-8000 con cableado concéntrico normal, comprimido o compacto, en temples 0, H1X o H2X para usos eléctricos.

  B.2 Definiciones

  B.2.1 Cableado concéntrico normal: La construcción de los cables de aleación de aluminio con cableado concéntrico normal consiste en que una o más capas del conductor de 7 alambres o más, sean reunidos en una forma concéntrica y los alambres componentes deben ser de un mismo diámetro.

  B.2.2 Cableado concéntrico comprimido: La construcción de los cables de aleación de aluminio con cableado concéntrico comprimido consiste en que una o más capas del conductor de 7 alambres o más, se comprimen ligeramente, reduciéndose el diámetro exterior con respecto al del concéntrico normal con la misma área de sección transversal nominal.

  B.2.3 Cableado concéntrico compacto: La construcción de los cables de aleación de aluminio con cableado concéntrico compacto consiste en que una o más capas del conductor de 7 alambres o más, se compactan a un diámetro exterior de 8% a 10% abajo del concéntrico normal con la misma área de sección transversal nominal.

  B.2.4 Longitud del paso del cableado: Es la distancia medida en línea recta de una vuelta completa que da uno de los alambres de cualquier capa, sobre el eje central del cable.

  B.2.5 Alambre de sección circular: Se entiende por alambre de sección circular, para usos eléctricos, un conductor sólido, de sección transversal circular.

  B.3 Clasificación

  Los conductores eléctricos que se mencionan en este apéndice, se clasifican de la siguiente manera:

  B.3.1 Cable de aleación de aluminio con cableado concéntrico normal, comprimido o compacto

  Clase B Conductores que van a ser aislados con materiales varios, tales como termoplásticos, termofijos o similares.

  B.3.2 Temples

  Las características mecánicas de los cables con temples 0, H1X y, H2X para la aleación AA-8000, se muestran en la Tabla B.2.

  B.4 Especificaciones

  Los cables de aleación de aluminio serie AA-8000 deben estar constituidos por alambres de aleación de aluminio que estén de acuerdo con el apéndice A de esta norma.

  B.4.1 Cable de aleación de aluminio AA-8000, con cableado concéntrico

  B.4.1.1 Construcción

  La construcción de los cables con aleación de aluminio AA-8000, con cableado concéntrico pueden ser de los tres tipos siguientes: normal, comprimido y compacto. Las características de cada uno de los tipos se especifican en la tabla B.1, en lo referente al número de alambres, área de la sección transversal nominal y diámetro exterior nominal.

  B.4.1.1.1 Cable concéntrico comprimido

  Los cables con cableado concéntrico comprimido, de una o más capas, deben tener un diámetro exterior del conductor con una reducción no mayor de 3% del valor nominal indicado en la tabla B.1 para el cable concéntrico normal.

  B.4.1.1.2 Masa del cable

  La masa del cable en función de sus alambres componentes y de la longitud del paso del cableado. El incremento en masa debido al cableado es de 2%. En la tabla B.1, como referencia se indican los valores nominales de la masa del cable. Lo anterior se determina de acuerdo con NMX-J-129-ANCE.

  Para los cálculos de masa y área de la sección transversal, la densidad específica de la aleación de aluminio AA-8000 es de 2,710 g/cm3 a 20ºC.

  B.4.1.1.3 Esfuerzo y alargamiento por tensión a la ruptura

  Los alambres aleación de aluminio AA-8000 destinados a formar los cables, deben cumplir con las propiedades mecánicas del alambre, que se indican en el apéndice A de esta norma. Las pruebas para la determinación de dichas propiedades deben efectuarse antes de la formación del cable, de acuerdo con NMX-J-312-ANCE.

  Cuando se proceda a probar el cable después de terminado, como una unidad, en sustitución de las pruebas de los alambres antes de formar el cable, la carga por tensión a la ruptura del cable de cualquier temple debe cumplir con los valores indicados en la tabla B.2, determinándose de acuerdo con NMX-J-312-ANCE; pero utilizando probetas de 600 mm, y en caso de que la ruptura quede a una distancia de 25 mm o menos de cualquiera de los medios de sujeción, la carga no debe ser menor al 95% de la mínima indicada en la tabla B.2.

  B.4.1.2 Resistencia eléctrica

  Los alambres destinados a formar los cables con aleación de aluminio AA-8000 deben cumplir los requisitos que se establecen en el apéndice A de esta norma, en lo referente a propiedades eléctricas.

  B.4.1.2.1 Resistencia eléctrica a c.d.

  La resistencia eléctrica del cable es función de la resistencia eléctrica de sus alambres componentes y de la longitud del paso del cableado. Los valores de la resistencia eléctrica indicados en la tabla B.1, están calculados con el incremento debido al paso del cableado de 2% y con la resistividad para el alambre de aleación de aluminio AA-8000 establecido en el apéndice A de esta Norma.

  La resistencia eléctrica no debe exceder en más de 2% los valores indicados en la tabla B.1, determinándose de acuerdo con NMX-J-212-ANCE.

  B.4.1.3 Dimensiones

  El área de la sección transversal del cable completo no debe ser menor de 98% del área de la sección especificada en la tabla 1.

  Para los cables concéntrico normal y concéntrico comprimido, el área de la sección transversal puede calcularse a partir de la medición directa de los alambres componentes en una sección perpendicular a su eje, de acuerdo con NMX-J-066-ANCE. Para mayor exactitud, puede calcularse el área de acuerdo con NMX-J-129-ANCE.

  Para los cables concéntricos compactos, el área de la sección transversal se determina con el método indicado en NMX-J-129-ANCE. Para aplicar este método se emplea el incremento nominal de masa de 2% debido al paso de cableado.

  Los diámetros exteriores nominales de los cables están indicados en la tabla B.1, tomando en cuenta lo indicado en B.4.1.1 y B.4.1.1.1.

  B.4.1.4 Uniones

  Se permiten uniones hechas por soldadura eléctrica a tope o por soldadura por presión en frío en los alambres que formen al cable, siempre y cuando la distancia entre uniones no sea mayor de 0,3 m para cables de 19 alambres o menos. Para cables de más de 19 alambres esa distancia se aplica a alambres de la misma capa, sin importar que coincidan entre sí las uniones de alambres de diferentes capas.

  B.4.1.5 Paso del cableado y dirección del torcido

a) La relación del paso del cableado de una capa no debe ser menor de 8 ni mayor de 16 veces el diámetro exterior de esa misma capa, determinándose de acuerdo con NMX-J-516-ANCE, excepto que para conductores compuestos de 37 o más alambres, este valor de relación se aplica a las dos últimas capas exteriores, ya que la relación de paso de las otras capas queda a opción del fabricante.

b) Para los cables concéntricos compactos de 33,62 mm² (2 AWG) y menores, la relación del paso de cableado de una capa no debe ser mayor de 17,5 veces el diámetro exterior de esa misma capa.

c) La dirección del cableado de la capa exterior debe ser en sentido izquierdo (S).

d)  La dirección del torcido en cables concéntricos normales o comprimidos debe ser invertida en capas sucesivas. Para los cables concéntricos compactos la dirección del torcido puede ser invertida o unidireccional.

  B.5 Muestreo

  Cuando en una inspección se requiera de un muestreo se recomienda el uso de la NMX-Z-012/2.

  B.6 Métodos de prueba

  Los métodos de prueba aplicables a este apéndice para verificar las características dimensionales, mecánicas y eléctricas, son los indicados en las normas NMX-J-066-ANCE, NMX-J-129-ANCE, NMX-J-212-ANCE, NMX-J-312-ANCE, NMX-J-516-ANCE.

  B.7 Empaque

  Los cables deben entregarse en rollos o carretes, a menos que se especifique otro tipo de empaque.

  TABLA B.1.- Característica de construcción para cables de aleación de aluminio AA-8000

Designación del conductor Número de alambres del conductor(1) Diámetro

nominal

Resistencia eléctrica a 20°C Masa

aproximada

Area de la sección transversal nominal mm2 Calibre AWG o kCM   Normal mm Comprimido mm Compacto mm nominal /km kg/km
13,30 6 7 4,66 4,53 4,29 2,168 4 36,8
21,15 4 7 5,88 5,72 5,41 1,363 3 58,5
26,67 3 7 6,61 6,41 6,05 1,081 4 73,7
33,62 2 7 7,42 7,19 6,81 0,857 3 93
42,41 1 19 8,43 8,18 7,59 0,679 6 117
53,48 1/0 19 9,46 9,19 8,53 0,538 7 148
67,43 2/0 19 10,60 10,30 9,55 0,427 5 186
85,01 3/0 19 11,90 11,60 10,70 0,338 9 235
107,20 4/0 19 13,40 13,00 12,10 0,269 0 296
126,70 250 37 14,60 14,20 13,20 0,227 7 350
152,0 300 37 16,00 15,50 14,50 0,189 6 420
177,3 350 37 17,30 16,80 15,60 0,162 4 490
202,7 400 37 18,50 17,90 16,70 0,142 4 559
228,0 450 37 19,60 19,00 17,80 0,126 3 631
253,4 500 37 20,70 20,00 18,70 0,113 9 701
278,7 550 61 21,70 21,10 19,70 0,103 4 771
304,0 600 61 22,70 22,00 20,70 0,094 8 841
329,4 650 61 23,60 22,90 21,50 0,087 6 911
354,7 700 61 24,50 23,70 22,30 0,081 4 981
380,0 750 61 25,30 24,60 23,10 0,075 8 1 050
405,4 800 61 26,20 25,40 23,80 0,071 2 1 120
456,0 900 61 27,80 26,90 25,40 0,063 3 1 260
506,7 1 000 61 29,30 28,40 26,90 0,056 8 1 400

  (1) Para conductores compactos el número de alambres puede ser reducido a lo siguiente:

  Construcciones con 19 alambres – 18 alambres mínimo

  Construcciones con 37 alambres – 35 alambres mínimo

  Construcciones con 61 alambres – 58 alambres mínimo

TABLA B.2.- Cargas de ruptura de los cables concéntricos de aleación de aluminio AA-8000

Designación del conductor Número de alambres del conductor Carga de ruptura del cable completo
      Temple tipo 0 Temples tipo H1X y H2X
Area de la sección transversal nominal mm2 Calibre AWG o kCM   Mínimo kN Máximo kN Mínimo kN Máximo kN
13,30 6 7 0,747 1,47 1,32 2,01
21,15 4 7 1,19 2,33 2,10 3,21
26,67 3 7 1,50 2,94 2,65 4,04
33,62 2 7 1,89 3,71 3,34 5,12
42,41 1 19 2,31 4,67 4,07 6,45
53,48 1/0 19 2,91 5,92 5,16 8,10
67,43 2/0 19 3,67 7,43 6,49 10,2
85,01 3/0 19 4,63 9,39 8,18 12,9
107,20 4/0 19 5,83 11,8 10,3 16,2
126,70 250 37 6,76 14,0 11,9 19,2
152,0 300 37 8,10 16,8 14,3 23,0
177,3 350 37 9,47 19,6 16,7 26,9
202,7 400 37 10,8 22,3 19,1 30,7
228,0 450 37 12,1 25,1 21,4 34,6
253,4 500 37 13,5 27,9 23,8 38,4
278,7 550 61 14,7 30,7 25,9 42,3
304,0 600 61 16,0 33,5 28,3 46,3
329,4 650 61 17,3 36,3 30,6 49,8
354,7 700 61 18,7 39,1 33,0 53,8
380,0 750 61 20,00 41,9 35,4 57,8
405,4 800 61 21,4 44,5 37,7 61,4
456,0 900 61 24,0 50,3 42,4 68,9
506,7 1 000 61 26,7 56,0 47,1 77,0

  11. Bibliografía

NOM-063-SCFI-1994 Productos Eléctricos –Conductores - Requisitos de Seguridad, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 21 de octubre de 1996.

IEC 60227-1 (1993-02) Polyvinyl chloride insulated cables of rated voltages up to and including 450/750 V – Part 1: General Requirements.

IEC 60228 (1978-01) Conductors of insulated cables.

IEC 60245-1 (1998-02) Rubber insulated cables- Rated voltages up to and including 450/750 V- Part 1: General Requirements.

  12. Concordancia con normas internacionales

  Este Proyecto de Norma Oficial Mexicana no es equivalente con normas internacionales de conductores eléctricos por tener diferencias en las designaciones de área de la sección transversal de los conductores y en características constructivas generales de los conductores, así como otras diferencias debidas a la distinta infraestructura tecnológica y a la regulación técnica en materia de instalaciones eléctricas del país.

  México, D.F., a 22 de mayo de 2001.- El Director General de Normas, Miguel Aguilar Romo.- Rúbrica.