# NOM-252-SSA1-2011

Salud ambiental. Juguetes y artículos escolares. Límites de biodisponibilidad de metales pesados. Especificaciones químicas y métodos de prueba.

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- Clave de la Norma: NOM-252-SSA1-2011
- Comité que desarrolló la Norma: Comité Consultivo Nacional De Normalización De Regulación Y Fomento Sanitario
- Dependencia(s): Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, el Servicio Nacional de Sanidad
- Estado de la Norma: Vigente
- Fecha de entrada en vigor: 13/8/2012
- Fecha de publicación en el DOF: 15/5/2012
- Grado: No equivalente
- Producto, servicio, proceso o sistema: Artículos escolares y juguetes
- Título de la Norma: Salud ambiental. Juguetes y artículos escolares. Límites de biodisponibilidad de metales pesados. Especificaciones químicas y métodos de prueba.

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## Norma Oficial Mexicana NOM-252-SSA1-2011, Salud ambiental. Juguetes y artículos escolares. Límites de biodisponibilidad de metales pesados. Especificaciones químicas y métodos de prueba

Tipo de publicación: norma

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## Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-252-SSA1-2008, Salud ambiental. Juguetes y artículos escolares. Límites de biodisponibilidad de metales pesados. Especificaciones químicas y métodos de prueba

Tipo de publicación: proyecto

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PROYECTO
 
de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-252-SSA1-2008, Salud ambiental. Juguetes y artículos
 
escolares. Límites de biodisponibilidad de metales pesados. Especificaciones químicas y métodos de prueba.
 
 
Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Salud.
 
 
MIGUEL ANGEL TOSCANO VELASCO
,
 Comisionado Federal para la Protección contra Riesgos
 
Sanitarios y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario,
 
por acuerdo del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Regulación y Fomento Sanitario, con
 
fundam
ento en los artículos 39 fraccio
n
es
 VIII y XXI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal;
 
4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo; 3 frac
ción XXIV, 13 Apartado A fraccio
n
es
 I y II, 17 bis
 
fracciones II y III, 17-bis 2,133 fracción I; 194 primer párrafo, 195, 197,
 201, 205, 212, 214, 278 fraccio
n
es
 III y
 
IV; 280, 282, 391 bis y 392 de la Ley General de Salud; 38 fracción II, 40 frac
ciones I, II
 y XI, 41, 43, 47
 
fracción I, 68 y 73 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 28 y 33 del Reglamento de la Ley
 
Federal sobre Metrología y Normalización; 2 fracción I, incisos a, d, c, fracción III incisos, 1214, 1215, 1220
 
fracciones I, III y VIII, del Reglamento de la Ley General de Salud en Materia de Control Sanitario de
 
Actividades, Establecimientos, Productos y Servicios; 2 literal C fracción X y 36 del Reglamento Interior de la
 
Secretaría de Salud; 3 fracción I inciso i,
 fracción II, 10 fraccio
n
es
 IV y VIII, del Reglamento de la Comisión
 
Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios, he tenido a bien ordenar la publicación en el Diario
 
Oficial de la Federación del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-252-SSA1-2008, Salud
 
ambiental. Juguetes y artículos escolares. Límites de biodisponibilidad de metales pesados. Especificaciones
 
químicas y métodos de prueba.
 
 
El presente proyecto se publica en el Diario Oficial de la Federación a efecto de que los interesados,
 
dentro de los siguientes sesenta días naturales, contados a partir de la fecha de su publicación, presenten sus
 
comentarios por escrito en idioma español y con el sustento técnico suficiente ante el Comité Consultivo
 
Nacional de Normalización de Regulación 
y Fomento Sanitario, sito en Monterrey nú
mero 33, planta baja,
 
colonia Roma, código postal 06700, México, D.F. Tel. 50-80-52-00 ext
.
 1333, fax 55-11-14-99, correo
 
electrónico rfs@cofepris.gob.mx.
 
 
Durante el lapso mencionado y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 47 fracción I de la Ley
 
Federal sobre Metrología y Normalización, la Manifestación de Impacto Regulatorio del presente Proyecto de
 
Norma estará a disposición de los interesados en el domicilio señalado en el párrafo anterior y también se
 
puede consultar en el portal electrónico 
www.cofemermir.gob.mx
.
 
 
PREFACIO
 
 
 
En la elaboración del presente proyecto participaron los siguientes Organismos e Instituciones:
 
 
SECRETARIA DE SALUD
 
 
COMISION FEDERAL PARA LA PROTECCION CONTRA RIESGOS SANITARIOS
 
 
COMISION DE CONTROL ANALITICO Y AMPLIACION DE COBERTURA, CCAYAC
 
 
COMISION DE EVIDENCIA Y MANEJO DE RIESGOS
 
 
SISTEMA FEDERAL SANITARIO
 
 
PROCURADURIA FEDERAL DEL CONSUMIDOR
 
 
LABORATORIO NACIONAL DE PROTECCION AL CONSUMIDOR
 
 
ASOCIACION NACIONAL DE FABRICANTES DE PINTURAS Y TINTAS, A.C., ANAFAPYT
 
 
ASOCIACION MEXICANA DE LA INDUSTRIA DEL JUGUETE, A.C. AMIJU
 
 
ASOCIACION NACIONAL DE IMPORTADORES Y EXPORTADORES DE LA REPUBLICA MEXICANA, A.C. ANIERM
 
 
MATTEL DE MEXICO
,
 S.A. DE C.V.
 
 
BUFETE QUIMICO, S.A. DE C.V.
 
 
LLOYD MEXICANO
,
 S
.
 DE R.L
.
 DE C.V.
 
 
LABORATORIO FERMI, S.A. DE C.V.
 
  
 
 
CENTRO DE CONTROL TOTAL DE CALIDADES, S.A. DE C.V.
 
 
AMERICAN QUALITY LAB
,
 S.A. DE C.V.
 
 
LABORATORIO QUIBIMEX
,
 S.A. DE C.V
 
 
INDICE
 
 
 
0.
     
Introducci
ó
n
 
 
1.
     
Objetivo 
y campo de aplicació
n
 
 
2.
     
Referencias
 
 
3.
     
Definiciones
 
 
4.
     
Sí
mbolos y abreviaturas
 
 
5.
     
Especificaciones
 
 
6.
     
Muestreo
 
 
7.
     
M
é
todo de prueba
 
 
8.
     
Evaluaci
ó
n de la conformidad
 
 
9.
     
Concordancia con normas internacionales y nacionales
 
 
10.
   
Bibliograf
í
a
 
 
11.
   
Observancia de la norma
 
 
12.
   
Vigencia
 
 
       
Ap
é
ndice normativo A
 
 
       
Ap
é
ndice normativo B
 
 
       
Anexo 1
 
 
0.
 Introducci
ó
n
 
 
Existen pinturas y tintas que pueden contener metales y ciertos elementos formando compuestos, las
 
cuales se emplean en la fabricación o recubrimiento de las superficies de artículos de consumo con los que es
 
posible que las personas entren en contacto, planteando por lo tanto, un riesgo para la salud cuando dichos
 
compuestos son tóxicos.
 
 
El riesgo de exposición a ciertos elementos presentes en las pinturas y tintas como lo son los metales
 
pesados es mayor en los niños menores de tres años o en etapa preescolar, debido al comportamiento de
 
llevarse a la boca objetos no comestibles, hábito conocido como 
"
pica
"
. Al chupar, lamer o tragar objetos
 
recubiertos con pinturas que contienen elementos metálicos éstos entran al organismo vía el tracto digestivo.
 
 
En respuesta a los avances en los estudios toxicológicos de los metales pesados que se encuentran en
 
los recubrimientos que son empleados en la fabricación y acabado de este tipo de productos, así como los
 
progresos tecnológicos en los métodos de prueba utilizados para su determinación además de dar una
 
certeza jurídica y claridad en la vigilancia de la norma se ha observado la necesidad de emitir una nueva
 
norma que cancele la 
NOM-015-1/SCFI/SSA1-1994
,
 Seguridad e información comercial en juguetes-
seguridad en ju
guetes y artículos escolares. Lí
mites de biodisponibilidad de metales en artículos recubiertos
 
con pinturas y tintas. Especificaciones químicas y métodos de prueba,
 estableciendo nuevos límites de
 
biodisponibilidad de los metales pesados (antimonio, arsénico, bario, cadmio, cromo, mercurio, plomo y
 
selenio) y actualizando el método de prueba necesario para la verificación de las especificaciones de
 
productos objeto del proyecto, con que se busca dotar de mayor certeza los datos obtenidos por medio de
 
métodos más modernos, ya que presentan mayor sensibilidad y precisión.
 
 
1.
 Objetivo 
y campo de aplicació
n
 
 
1.1
 
Objetivo
 
  
 
 
1.1.1
 Esta Norma Oficial Mexicana establece las disposiciones sanitarias, que deben cumplir los juguetes y
 
artículos escolares.
 
 
1.2
 Campo de aplicación.
 
 
1.2.1
 Esta Norma Oficial Mexicana es de observancia obligatoria para las personas físicas o morales que
 
se dediquen a la fabricación, importación o comercialización de los productos objeto de la misma en Territorio
 
Nacional.
 
 
1.2.2
 Esta Norma Oficial Mexicana establece los límites de biodisponibilidad y métodos de prueba para la
 
determinación de los elementos de antimonio, arsénico, bario, cadmio, cromo, plomo, mercurio y selenio, que
 
deben cumplir los juguetes para niños menores de 3 años y artículos escolares destinados para preescolares,
 
que debido a sus características planteen el riesgo de chuparse, lamerse o tragarse.
 
 
1.2.3
 No son Objeto de esta Norma:
 
 
1.2.3.1
 Artículos escolares para uso preescolar, juguetes y sus partes (que hayan sido importados bajo
 
régimen temporal) destinados a la exportación.
 
 
1.2.3.2
 Juguetes pigmentados en la masa.
 
 
1.2.3.3
 Empaques o envases, instructivos, folletos y material informativo del producto, siempre y cuando
 
no formen parte funcional del juguete o artículo escolar.
 
 
1.2.3.4
 Globos de microfoil de más de 10,16 cm de diámetro que se inflan con helio.
 
 
1.2.3.5
 Adornos de navidad y otras fiestas, incluidas las infantiles, con carácter exclusivamente
 
ornamental.
 
 
1.2.3.6
 Juegos o juguetes destinados al uso colectivo en parques, patios, sitios de juego o áreas
 
recreativas, tales como columpios, areneros, resbaladillas, toboganes, sube y baja, pasamanos, tiovivo, casas
 
a escala, casas de campaña para niños, inflables y albercas excepto que tengan diseños o dibujos en relieve.
 
 
2.
 Referencias
 
 
Esta norma se complementa con las siguientes Normas Oficiales Mexicanas y Normas Mexicanas:
 
 
2.1
 NOM-003-SSA1-2006. Salud Ambiental. Requisitos sanitarios que deben satisfacer el etiquetado de
 
pinturas, tintas, barnices, lacas y esmaltes.
 
 
2.2
 NMX-Z-12/1-1987. Muestreo para la inspección por atributos-Parte I. Información general 
 
y
 
aplicaciones.
 
 
2.3
 NMX-Z-12/2-1987. Muestreo para la inspección por atributos-Parte II. Métodos de muestreo, tablas y
 
gráficas.
 
 
2.4
 NMX-Z-12/3-1987. Muestreo para la inspección por atributos-Parte III. Regla de cálculo para la
 
determinación de planes de muestreo.
 
 
3.
 Definiciones
 
 
Para propósito de esta norma se aplican las siguientes definiciones técnicas
 
 
3.1
 
Artículo escolar para nivel preescolar:
 material que se utiliza como apoyo en la enseñanza con la
 
finalidad de facilitar o estimular el aprendizaje en la etapa preescolar (no más de seis años de edad), los
 
cuales tienen color por algún componente o bien en su masa, tales como lápices de grafito y color, gomas,
 
crayones, pegamento, tijeras, punta roma, plastilina, acuarelas, plumones, gises, ábaco, sacapuntas,
 
entre
 
otros.
 
 
3.2
 
Biodisponibilidad:
 capacidad de un elemento para llegar activo al torrente sanguíneo.
 
 
3.3
 
Elemento:
 componente del juguete o artículo escolar.
 
 
3.4
 
Fabricante:
 persona física o moral que manufacture, produzca o ensamble juguetes o artículos
 
 
escolares y que en su proceso utilice materias primas, partes, piezas, componentes y accesorios nacionales o
 
importados.
 
 
3.5
 
Juguetes y artículos escolares pigmentados en la masa:
 productos a los que se les añade el
 
colorante en el momento de la obtención de la masa, quedando dicho colorante totalmente impregnado y
 
homogéneamente distribuido en ellos durante el proceso productivo.
 
 
3.6
 
Límite de biodisponibilidad:
 cantidad máxima de los elementos que pueden ser solubilizados de
 
acuerdo al método de prueba descrito en esta norma.
 
 
3.7
 
Límite de detección (de un método): 
mínima concentración de un analito o sustancia en una
 
muestra, la cual puede ser detectada pero no necesariamente cuantificada bajo las condiciones en que se
 
lleva a cabo un método. Tres veces la desviación estándar del valor instrumental obtenido de la señal de un
 
blanco.
 
 
3.
8 Línea de producto:
 grupo de productos relacionados entre sí, ya sea por su tamaño, tipo, color,
 
función específica y/o marca.
 
 
3.9
 
Marca:
 signo visible que distingue a un juguete o artículo escolar, de otros de su misma especie o
 
clase en el mercado.
 
 
3.10
 
Material base:
 material del juguete o artículo escolar sobre el que se depositan o se forman los
 
recubrimientos.
 
 
3.
11 Material del juguete o artículo escolar para preescolar:
 todos los materiales accesibles a los niños
 
presentes en el juguete.
 
 
3.12
 
Materiales y partes accesibles:
 componentes con los cuales se puede entrar fácilmente en contacto
 
y/o tener acceso.
 
 
3.13
 Modelo:
 identificación de un juguete o artículo escolar con características únicas, que lo distinguen
 
de otros de su misma marca.
 
 
3.14
 Otros materiales, coloreados en la masa o no:
 materiales como madera, cuero y otras sustancias
 
porosas que se puedan impregnar de elementos colorantes sin que estos últimos formen un recubrimiento.
 
 
3.
15 Papel y cartón:
 se ha establecido una masa por unidad de superficie máxima de 400 g/m
²
 para
 
clasificar los materiales en esta categoría. Por encima de este límite, los materiales se clasifican en la
 
categoría 
"
otros materiales
"
 y pueden tratarse de cartón duro o de tableros duros.
 
 
3.16
 
Raspado:
 remoción de un recubrimiento sin quitar parte del material base.
 
 
3.17
 
Recubrimiento:
 todas las capas del material formadas o depositadas sobre el material base,
 
independientemente de la forma en que se haya aplicado sobre el material base y que se puedan retirar
 
raspándolas con una cuchilla.
 
 
4.
 S
í
mbolos y abreviaturas
 
 
Cuando en esta Norma Oficial Mexicana se haga referencia a los siguientes símbolos y abreviaturas se
 
entiende por:
 
  
 
 
 
 
 
As
 
 
 
 
Arsénico
 
 
 
 
 
 
Ba
 
 
 
 
Bario
 
 
 
 
 
 
Cd
 
 
 
 
Cadmio
 
 
 
 
 
 
Cr
 
 
 
 
Cromo
 
 
 
 
 
 
Hg
 
 
 
 
Mercurio
 
 
 
 
 
 
Pb
 
 
 
 
Plomo
 
 
 
 
 
 
Se
 
 
 
 
Selenio
 
 
 
 
 
 
Sb
 
 
 
 
Antimonio
 
 
 
 
 
 
In
 
 
 
 
Pulgada
 
 
 
 
 
 
Kg
 
 
 
 
Kilogramo
 
 
 
 
 
 
g
 
 
 
 
Gramo
 
 
 
 
 
 
mg
 
 
 
 
Miligramo
 
 
 
 
 
 
ml
 
 
 
 
mililitro
 
 
 
 
 
 
 
m
 
 
 
 
Metro
 
 
 
 
 
 
mm
 
 
 
 
Milímetro
 
 
 
 
 
 
m
m
 
 
 
 
Micrómetro
 
 
 
 
 
 
m
2
 
 
 
 
 
metro cuadrado
 
 
 
 
 
 
cm
2
 
 
 
 
centímetro cuadrado
 
 
 
 
 
 
mm
2
 
 
 
 
milímetro cuadrado
 
 
 
 
 
 
rpm
 
 
 
 
revoluciones por minuto
 
 
 
 
 
 
min
 
 
 
 
 
Minuto
 
 
 
 
 
 
h
 
 
 
 
Hora
 
 
 
 
 
 
/
 
 
 
 
entre
 
 
 
 
 
 
V
 
 
 
 
Volumen
 
 
 
 
 
 
ppm
 
 
 
 
partes por millón
 
 
 
 
 
 
m/m
 
 
 
 
relación masa - masa
 
 
 
 
 
 
pH
 
 
 
 
potencial hidrógeno
 
 
 
 
 
 
°C
 
 
 
 
grados Celsius
 
 
 
 
 
 
%
 
 
 
 
por ciento
 
 
 
 
 
 
 
HCl
 
 
 
 
ácido clorhídrico
 
 
 
 
 
 
N
 
 
 
 
Normal
 
 
 
 
 
 
M
 
 
 
 
Molar
 
 
 
 
  
 
 
Cuando en la presente norma se mencione a:
 
 
COFEPRIS, debe entenderse que se trata de la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos
 
Sanitarios.
 
 
5.
 Especificaciones
 
 
5.1
 Requisitos generales
 
  
 
 
Los fabricantes, importadores y comercializadores de juguetes destinados a niños mayores de 3 años y
 
artículos escolares deben cumplir con el límite establecido de plomo biodisponible establecido en el numeral
 
5.2.1 de esta norma.
 
 
5.2
 
Límites máximos de biodisponibilidad
 
 
5.2.1
 La biodisponibilidad de los elementos en los juguetes para niños menores de 3 años y artículos
 
escolares destinados para preescolares, debe cumplir con los límites máximos establecidos en la Tabla 1, de
 
acuerdo al método de ensayo correspondiente señalado en el Apéndice Normativo A.
 
 
Tabla 1. Límites máximos biodisponibilidad de los elementos a partir del material del juguete o
 
artículo escolar. Ver Nota 1
 
  
 
 
 
 
 
Elemento soluble
 
 
 
 
 
Sb
 
 
 
 
 
As
 
 
 
 
 
Ba
 
 
 
 
 
Cd
 
 
 
 
 
Cr
 
 
 
 
 
Pb
 
 
 
 
 
Hg
 
 
 
 
 
Se
 
 
 
 
 
 
 
Concentración
 
máxima del
 
elemento en mg/
kg a partir del
 
material
 
analizado
 
 
 
 
Cualquier material del juguete 
o
 
artículo escolar, excepto:
 
 
-
      
pasta de modelar
 
 
-
      
pintura para dedos
 
 
 
 
60
 
 
 
 
 
25
 
 
 
 
 
1000
 
 
 
 
 
75
 
 
 
 
 
60
 
 
 
 
 
90
 
 
 
 
 
60
 
 
 
 
 
500
 
 
 
 
 
 
 
Artículos escolares para
 
preescolares, pasta para modelar y
 
pintura para dedos
 
 
 
 
60
 
 
 
 
 
25
 
 
 
 
 
250
 
 
 
 
 
50
 
 
 
 
 
25
 
 
 
 
 
90
 
 
 
 
 
25
 
 
 
 
 
500
 
 
 
 
 
 
Nota 1 Materiales sujetos a análisis de los juguetes o artículos escolares para preescolares:
 
 
    
Recubrimientos de pinturas, barnices, lacas, tintas de impresión, polímeros y recubrimientos
 
similares.
 
 
    
Polímeros y sustancias similares, incluidos los laminados, se trate de textiles reforzados o no, con
 
exclusión de otros textiles.
 
 
    
Papel y cartón.
 
 
    
Textiles, naturales o sintéticos.
 
 
    
Vidrio, cerámica, materiales metálicos determinados según el medidor de partes pequeñas.
 
 
    
Otros materiales coloreados en la masa o no (ejemplo: madera, cartón duro, tablero duro, hueso
 
y
 
cuero).
 
 
    
Materiales destinados a dejar trazas (ejemplo: lámina de lápices y la tinta de plumas).
 
 
    
Materiales para moldear y modelar, incluidas las pastas para modelar y moldear, así como los geles.
 
 
    
Pinturas, incluidas las pinturas para dedos, barnices, lacas, polvos para vidrio y materiales similares
 
en forma sólida o líquida que aparezcan como tal en los juguetes.
 
 
6.
 Muestreo
 
 
6.1
 El procedimiento de muestreo para los productos objeto de esta Norma Oficial Mexicana se sujeta a lo
 
que establece la Ley General de Salud.
 
 
6.2
 En la selección de las muestras, se deben tomar en cuenta las siguientes consideraciones.
 
 
6.2.1
 
Establecer la familia, identificando y listando el nombre de cada uno de los productos que la integran,
 
modelo, marca, proveedor, país de origen y edad a la que está dirigido el producto con fotos a colores, ya sea
 
de manera impresa o en forma electrónica.
 
 
6.2.2
 
Una familia de artículos escolares para uso preescolar, la conformarán aquellos productos que tienen
 
una misma fórmula base y generalmente se presentan en conjuntos, pudiendo variar la cantidad de piezas
 
dependiendo el modelo de que se trate.
 
 
6.2.3
 
Los materiales destinados a dejar traza como los lápices de colores, crayones, pintura digital y
 
pintura escolar, generalmente se comercializan en estuches de 2 o más piezas, considerando que el estuche
 
con mayor número de piezas contiene los mismos colores que los estuches de menor cantidad de piezas,
 
debe tomarse para su análisis aquel que contenga la mayor cantidad de piezas.
 
 
6.2.4
 
Una familia de juguetes se conformará de aquellos artículos que se encuentran clasificados bajo una
 
misma línea de producto producida en el mismo país, lugar de producción y materia prima. Debiéndose tomar
 
para su análisis aquel que contenga la mayor cantidad de piezas recubiertas y diversidad de colores.
 
 
6.2.5
 
Cuando la partida no cumpla con los requisitos de 
"
familia
"
 y no sea homogénea, se debe efectuar el
 
procedimiento de muestreo conforme a la NMX-Z-12/1-1987 Muestreo para la inspección por atributos parte I,
 
II y III
 
 
7.
 M
é
todo de prueba
 
 
Para la verificación de las especificaciones de los productos objeto de esta norma, se deben aplicar los
 
métodos de prueba señalados en el Apéndice Normativo A.
 
  
 
 
8.
 Evaluaci
ó
n de la conformidad
 
 
Las personas físicas y morales que se dediquen al proceso (obtención, elaboración, fabricación,
 
preparación, conservación, transporte, mezclado, acondicionamiento, envasado, manipulación, distribución,
 
almacenamiento y expendio o suministro), importación y comercialización de juguetes y artículos escolares
 
para uso preescolar a que se refiere esta norma podrán solicitar a la COFEPRIS el CERTIFICADO DE
 
CUMPLIMIENTO DE LA NORMA.
 
 
Para lo cual deben realizar su pago de derechos y presentar ante el Centro Integral de Servicios de la
 
COFEPRIS el FORMATO DE SOLICITUDES inscrito en el Registro Federal de Trámites y Servicios,
 
debidamente requisitado junto con el siguiente anexo:
 
 
a)
    
Resultado(s) del (los) análisis de la(s) muestra(s) de (los) producto(s) que se pretende(n) certificar,
 
realizados por laboratorios aprobados por la Secretaría de Salud en original.
 
 
Los criterios de resolución están en base de:
 
 
1.-
 El llenado correcto del formato oficial.
 
 
2.-
 El pago de derechos.
 
 
3.-
 Cumplimiento de las especificaciones sanitarias establecidas en la presente norma.
 
 
La COFEPRIS contará con 10 días hábiles contados a partir de la recepción de la SOLICITUD para emitir
 
el dictamen correspondiente (que en caso de ser favorable podrá ser el certificado correspondiente), en caso
 
de que al término del plazo ésta no ha respondido se entenderá que la solicitud fue resuelta en sentido
 
afirmativo.
 
 
9.
 Concordancia con normas internacionales y nacionales
 
 
9.1
 No existe concordancia con normas internacionales o nacionales, por no existir al momento de
 
elaboración de la presente norma oficial mexicana.
 
 
10.
 Bibliograf
í
a
 
 
10.1
 ASTM Standard Consumer Safety Specification on Toy Safety F963-92.
 
 
10.2
 Directiva 88/378/CEE del Consejo de las Comunidades Europeas relativa a la aproximación de las
 
legislaciones de los Estados miembros sobre la seguridad de los juguetes.
 
 
10.3
 MERCOSUR/XV SGT N° 3/P. Res. 
N° 
...
/03. Reglamento Técnico MERCOSUR sobre seguridad
 
en
 
juguetes.
 
 
10.4
 BS EN 71-31: 995 BS 5665, Part 3: 1995 British Standard Safety of toys. Part 3 Migration of certain
 
elements.
 
 
10.5
 Muñoz/H Romicu I Hernández-Avila M. et al Blood lead and Neurobevioral Development among
 
Children Living in México City Archives of Environmental Health 1993: No. 3 vol. 48: 132-138.
 
 
10.6
 Romencu I. Palazuclos R. E. 
Meneses E. Hernández Avila M. Vehicular Traffic of Blood-lead Levels in
 
Chindren: A Pilot Study in México City Archives of Enviromental Health 1992: No. 4 vol. 47: 246-249.
 
 
10.7
 Hernández  Avila M. Romieu I. 
Rios C. et. al Lead Glazed Ceramics Mayor Determinantes of Blood
 
Lead Levesl in Mexican Women. 
Environmental Health Perspectives 1991: vol. 94: 117  120.
 
 
10.8
 Romieu I Palazuelos R. Hernández Avila M. et al. 
Sources of Lead Exposure in México City.
 
Enviromental Health Perspectives 1994: vol. 102.
 
 
10.9
 López-Rojas M. Santos Burgoa Rios C. 
et al Use of Lead  Glazed Ceramics is the Main Factor
 
Associated lo High Lead in Blood Levels in Two Mexican Rural Communities. 
Journal of Toxicology and
 
Enviromental Health 1994: vol. 42: 45-62.
 
 
11.
 Observancia de la norma
 
 
La vigilancia de la observancia de esta Norma, corresponde a la Secretaría de Salud a través de la
 
Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios.
 
 
12.
 Vigencia
 
 
La vigencia de esta Norma Oficial Mexicana iniciará 90 días naturales contados a partir del día siguiente a
 
 
 
su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
 
 
Sufragio Efectivo. No 
Reelecció
n.
 
 
México, D.F.,
 a 
19
 de febrero de 
2010
.
- 
El Comisionado Federal para la 
Protecció
n contra Riesgos
 
Sanitarios
 
y Presidente del Comit
é
 Consultivo Nacional de 
Normalizació
n
 
de 
Regulació
n y 
Fomento Sanitario,
 
Miguel Angel Toscano Velasco
.- Rúbrica.
 
 
APENDICE NORMATIVO A
 
 
 
METODO DE PRUEBA PARA LA DETERMINACION DE LA BIODISPONIBILIDAD DE Sb, As, Ba, Cd, Cr,
 
Pb, Hg y Se EN LOS MATERIALES DE
 JUGUETES Y ARTICULOS ESCOLARES
 
 
 
A1.0 Principio
 
 
Los elementos solubles son extraídos de los juguetes o artículos escolares bajo condiciones que simulan
 
la situación donde los materiales permanecen 4 horas en el tracto alimentario después de ingerirse. El
 
contenido del elemento soluble en el extracto,
 es determinado por espectrofoto
metría de absorción atómica
 
con flama, aditamentos generador de hidruros u horno de grafito, plasma acoplado inductivamente (ICP por
 
sus siglas en inglés), ICP masas, para la determinación de mercurio, arsénico, antimonio, cadmio, cromo,
 
plomo, bario y selenio.
 
 
A2.0 Reactivos y Aparatos
 
 
A2.1 Reactivos
 
 
Los reactivos utilizados durante el análisis no deben contener los elementos a medir en cantidades que
 
alteren la confiabilidad del resultado.
 
 
A2.1.1
 
Solución de ácido clorhídrico 0,07 M.
 
 
A2.1.2
 
Solución de ácido clorhídrico 0,14 M.
 
 
A2.1.3
 
Solución de ácido clorhídrico aproximadamente 2,0 M (7,3% m/m).
 
 
A2.1.4
 
Solución de ácido clorhídrico aproximadamente 6,0 M (21,9% m/m).
 
 
A2.1.5
 
Soluciones estándares de Sb, As, Ba, Cd, Cr, Pb, Hg, Se
 
 
A2.1.6
 
n-heptano.
 
 
A2.1.7
 
Agua con una conductividad máxima de 1 
ú
S/cm a 25 °C.
 
 
A2.2 Aparatos
 
 
A2.2.1
 Espectrofotómetro de absorción atómica con flama.
 
 
A2.2.2
 Aditamentos del generador de hidruros u horno de grafito.
 
 
A2.2.3
 Plasma acoplado inductivamente (ICP por sus siglas en inglés).
 
 
A2.2.4
 ICP masas
 
 
A2.2.5
 Balanza analítica, con una sensibilidad mínima de 0,1 mg.
 
 
A2.2.6
 Tamices de acero inoxidable de un tejido simple de 0,5 mm de abertura nominal de malla.
 
 
A2.2.7
 pH-metro con una exactitud de 0,1 unidades de pH.
 
 
A2.2.8
 Sistema de filtración adecuado al instrumento empleado.
 
 
A2.2.9
 Una centrífuga que pueda girar a 5000 
±
 500 rpm
 
 
A2.2.10
 Un sistema de calentamiento con agitación que pueda mantener una temperatura de 37
± 
2 °C.
 
 
A2.2.11
 Un conjunto de recipientes de un volumen adecuado (aproximado de 1,6 a 5,0 veces del ácido
 
clorhídrico de extracción).
 
 
A2.2.12
 Equipos de extracción Soxhlet o equivalente.
 
  
 
 
A3.0 Elección de las muestras de ensayo
 
 
Un juguete o artículo escolar puede constar de 1 o varias muestras de ensayo para análisis, dependiendo
 
de los distintos materiales en los que se encuentren presentes los colores. La muestra de ensayo debe
 
tomarse del juguete o artículo escolar, tal y como se comercializa o bien tal y como está destinado a
 
comercializarse. Dichas muestras deben tomarse de las partes accesibles de un solo juguete o artículo
 
escolar muestra, es decir que está admitido combinar los materiales iguales de un juguete o artículo escolar y
 
considerarlos como una sola y misma muestra de ensayo, pero no utilizar otros juguetes o artículos escolares
 
de muestra. No está permitido componer muestras de ensayo con más de un material o color, salvo que la
 
separación física o una masa demasiado limitada impida la formación de muestras discretas (por ejemplo: por
 
puntos, tejidos impresos). Este requisito no impide que las muestras de ensayo se puedan tomar de modo que
 
sean representativas del material en cuestión especificado y del sustrato sobre el que estén depositadas.
 
 
No se realizará el análisis a muestras en las que haya menos de 10 mg de materia.
 
 
Cuando los artículos escolares se destinen a ser usados en partes o se desensamblen sin el uso de
 
herramienta, cada pieza se considerará separadamente.
 
 
A3.1 Muestreo
 
 
El muestreo de los productos que serán analizados en el laboratorio se hará, siempre que sea posible,
 
siguiendo los lineamientos marcados en el punto A3.0. En caso de que existan problemas en la selección de
 
las muestras de ensayo por sus características de combinación de colores, tamaño de muestra insuficiente
 
para el ensayo o por la separación de los diferentes materiales que componen a un mismo artículo, se
 
tomarán en cuenta los criterios establecidos en el anexo 1.
 
 
A4.0 Preparación y análisis de las muestras de ensayo
 
 
Para facilitar el análisis de las muestras de ensayo, se requiere una cantidad mínima de 100 mg, sin
 
embargo, en algunas ocasiones el laboratorio de pruebas requerirá de una mayor cantidad de muestra
 
dependiendo del artículo que se trate, pudiendo obtener una mayor cantidad de la misma para su análisis,
 
siempre y cuando se guarde la proporción de masa/masa de 1,50.
 
 
Si la muestra de laboratorio no es uniforme en su material, deberá obtenerse una muestra de ensayo a
 
partir de cada material diferente cuya masa sea superior a 10 mg. Si hay entre 10 mg y 100 mg de material
 
uniforme pulverizado, la masa de la muestra de ensayo debe mencionarse en el informe de prueba descrito en
 
el punto A6.0 e) y la cantidad de los elementos correspondientes debe reportarse como si se hubieran
 
utilizado 100 mg de muestra de ensayo.
 
 
A4.1
 
Recubrimientos, pinturas, barnices, lacas, tintas de impresión, polímeros y recubrimientos
 
similares.
 
 
A4.1.1 Toma y preparación de la muestra
 
 
Raspar el recubrimiento de la muestra de laboratorio y molerla a temperatura ambiente. Obtener una
 
porción de muestra no menor de 100 mg. Pasarla a través de un tamiz metálico de acero inoxidable de
 
0,5
 
mm (véase A2.2.1).
 
 
Si la muestra de laboratorio no es uniforme en su recubrimiento, obtener una porción de cada
 
recubrimiento diferente como se especificó antes.
 
 
En el caso donde el recubrimiento uniforme es insuficiente para realizar la prueba con porciones de
 
100
 
mg, raspe del recubrimiento disponible. La porción obtenida no se molerá a fin de obtener la mayor cantidad
 
de la porción de prueba. La masa deberá ser reportada.
 
 
Si el recubrimiento no puede ser raspado o el área total recubierta cubre un área menor de
 
aproximadamente 100 mm
2
, las porciones de prueba no se tomarán separadamente del recubrimiento. En
 
tales casos las porciones de prueba serán tomadas del material base, de modo que también incluyan el área
 
cubierta. Las porciones de prueba así obtenidas serán sometidas a la prueba de acuerdo con los métodos
 
especificados en esta norma para el material base.
 
  
 
 
En el caso de un recubrimiento que por su naturaleza no puede ser molido (ejemplo: pinturas elásticas/
plásticas), quite una porción de prueba de la muestra de laboratorio, sin moler el recubrimiento.
 
 
A4.1.2 Método de ensayo
 
 
En un recipiente de tamaño adecuado (véase A2.2.6) se mezcla la muestra de ensayo preparada con 50
 
veces su masa de una solución acuosa de HCl 0,07 M a 37
 ± 
2 °C. Si la masa de la muestra de ensayo
 
estuviera comprendida entre los 10 mg y 100 mg, deberá mezclarse la muestra de ensayo con 5,0 ml de dicha
 
solución a 37
 ± 
2 °C.
 
 
Se agita durante 1 min y se verifica el pH de la mezcla. Si el pH fuera superior a 1,5 se añadirá, gota a
 
gota, sin dejar de agitar la mezcla, una solución acuosa
 de HCl 2 M hasta que el pH esté
 comprendido entre
 
1,0 y 1,5. Se protege la mezcla de la luz. Se agita la mezcla a 37
 ± 
2 °C continuamente durante 1 h, dejándola
 
reposar a continuación durante 1 h a 37
 ± 
2 °C.
 
 
Se separan a continuación las partes sólidas de la mezcla, primero mediante filtrado (véase A2.2.3) y si es
 
necesario mediante centrifugado a máximo 5000 rpm (véase A2.2.4). La separación se debe efectu
ar lo antes
 
posible tras el peri
odo de reposo. El centrifugado no debe superar los 10 min y debe mencionarse en el punto
 
A6.0 e).
 
 
Si las soluciones resultantes deben conservarse durante más de una jornada de trabajo antes de ser
 
analizadas, deben estabilizarse añadiendo ácido clorhídrico hasta que el pH de la solución que se vaya a
 
conservar sea como máximo 1,5.
 
 
A4.2 Polímeros y materiales similares, incluidos los laminados, tanto si se trata de textiles
 
reforzados o no, con exclusión del resto de los textiles.
 
 
A4.2.1 Toma y preparación de la muestra
 
 
Obtener una muestra de ensayo de al menos 100 mg del polímero o del material similar evitando el
 
calentamiento de los materiales, con arreglo a las indicaciones siguientes:
 
 
Se cortan las piezas de prueba de las áreas que tienen el material de menor espesor, para asegurar un
 
área superficial de las piezas de prueba tan grande como sea posible en proporción a sus masas. Cada pieza
 
de prueba deberá estar en forma no comprimida y no tener una dimensión superior a 6 mm.
 
 
Ejemplo: El material más delgado de 6 mm deberá estar de acuerdo con este requerimiento y ser cortado
 
en cuadros de 6 x 6 mm.
 
 
Evitar calentamiento del material cuando se corta la pieza.
 
 
Si la muestra de laboratorio no es uniforme en su material a probar, debe tomarse una porción de cada
 
material diferente, formando una masa mayor de 100 mg. El material cuya masa es menor de 100 mg deberá
 
formar parte de la porción obtenida del material principal.
 
 
Si el material a probarse está
 cubierto con un recubrimiento, pintura, barniz, laca, tintas de impresión o
 
revestimientos similares y su recubrimiento puede ser raspado y cubrir un área mayor de aproximadamente
 
100 mm
2
, se deben obtener porciones de prueba separadamente del recubrimiento, raspando de acuerdo
 
A4.1.1 y del material base de acuerdo con ese punto.
 
 
Si el recubrimiento no puede ser raspado o el área cubierta es menor que aproximadamente 100 mm
2
, las
 
porciones no serán tomadas separadamente del recubrimiento. En tal caso, las porciones se tomarán del
 
material base de acuer
do con este punto de forma que é
stas también incluyan el área cubierta.
 
 
Si la muestra de laboratorio no es uniforme en su material, deberá obtenerse una muestra de ensayo a
 
partir de cada material diferente cuya masa sea superior a 10 mg. Si hay entre 10 mg y 100 mg de material
 
uniforme, la masa de la muestra de ensayo debe mencionarse en el punto A6.0 e) y la cantidad de los
 
elementos correspondientes debe calcularse como si se hubieran utilizado 100 mg de muestra de ensayo.
 
 
A4.2.2 Método de ensayo
 
 
Se sigue el método de acuerdo con el apartado A4.1.2.
 
  
 
 
A4.3 Papel y cartón
 
 
A4.3.1 Toma y preparación de la muestra
 
 
Se obtiene una muestra de ensayo de al menos 100 mg de papel o cartón.
 
 
Si la muestra de laboratorio no fuera uniforme en su material, debe obtenerse una muestra de ensayo a
 
partir de cada material diferente cuya masa sea de, al menos 100 mg. Cuando la masa del material uniforme
 
esté comprendida entre 10 mg y 100 mg debe mencionarse la masa de la muestra de ensayo en el punto
 
A6.0
 
e) y se calculará la cantidad de los elementos correspondientes como si se hubieran utilizado 100 mg de
 
muestra de ensayo.
 
 
Si el papel o el cartón que se vayan a ensayar estuvieran recubiertos de pintura, barniz, laca, tinta de
 
imprenta, adhesivo o recubrimiento similar, las muestras de ensayo no deben tomarse por separado. En este
 
caso, deben tomarse del material de acuerdo con este apartado de modo que incluyan también partes
 
representativas de la superficie recubierta. Las muestras de ensayo así obtenidas deben ensayarse de
 
acuerdo con los métodos apropiados que se especifican en este apartado. Lo que deberá hacerse constar en
 
el punto A6.0 e).
 
 
A4.3.2 Método de ensayo
 
 
Se deja macerar la muestra de ensayo así preparada en 25 veces su masa de agua (véase A2.1.6)
 
a 37
±
2
 
°C de modo que la mezcla resultante sea homogénea. Se traslada cuantitativamente la mezcla a un recipiente
 
de tamaño adecuado (véase A2.2.6). Se añade a la mezcla 25 veces la masa de la muestra de ensayo de una
 
solución acuosa de HCl 0,14 M a 37
±
2 °C.
 
 
Se agita durante 1 min, y se verifica el pH de la solución. Si el pH es superior a 1,5 se añade gota a gota,
 
agitando la mezcla, una solución acuosa de HCl 2 M hasta que el pH esté comprendido entre 1,0 y 1,5. Se
 
protege la mezcla de la luz. Se agita la mezcla a 37
±
2 °C continuamente durante 1 h, dejándola reposar a
 
continuación durante 1 h a 37
±
2°C.
 
 
Se separan después las partes sólidas de la mezcla. En primer lugar mediante filtrado (véase A2.2.3) y si
 
es necesario, mediante centrifugado a 5000 rpm como máximo (véase A2.2.4). La separación se debe
 
efectuar lo antes posible tras el período de reposo, el centrifugado no debe superar los 10 min y 
 
debe
 
mencionarse en el punto A6.0 e).
 
 
Si las soluciones resultantes deben conservarse durante más de una jornada de trabajo antes de ser
 
analizadas, deberán estabilizarse añadiendo ácido clorhídrico hasta que el pH de la solución que se vaya a
 
conservar sea como máximo 1,5.
 
 
A4.4 Textiles Naturales o Sintéticos.
 
 
A4.4.1 Toma y Preparación de la muestra.
 
 
Se obtiene una muestra de ensayo de al menos 100 mg de los materiales textiles, cortando trozos que en
 
reposo no deben tener dimensiones superiores a 6 mm.
 
 
Si la muestra no es uniforme en su material o en su color, deberá obtenerse una muestra de ensayo a
 
partir de cada material cuya masa sea superior a 100 mg. Una muestra con una masa comprendida entre
 
10
 
mg y 100 mg deberá formar parte de la muestra de ensayo obtenida a partir del material principal.
 
 
Las muestras tomadas de textiles impresos deberán ser representativas del material en conjunto.
 
 
A4.4.2 Método de ensayo
 
 
Se sigue el método que se describe en el apartado A4.1.2.
 
 
A4.5 Vidrio, cerámica, materiales metálicos
 
 
A4.5.1 Toma y preparación de la muestra
 
 
Si el juguete, artículo escolar o uno de sus componentes entran totalmente en el cilindro para pequeñas
 
 
partes, descrito en la figura 1 del Apéndice Normativo B, en cualquier orientación, sin ser comprimidos o
 
contienen vidrios, cerámicas o materiales metálicos accesibles, deberán someterse a ensayo de acuerdo con
 
el apartado A4.5.2 tras retirar cualquier recubrimiento de acuerdo con el apartado A4.1.1.
 
 
A4.5.2 Método de ensayo
 
 
Se coloca el juguete, artículo escolar o el componente en un recipiente de vidrio de 50 ml y de
 
dimensiones nominales: 60 mm de alto y 40 mm de diámetro. Se añade un volumen suficiente de solución
 
acuosa de HCl 0,07 M a 37
±
2 °C para cubrir el juguete, artículo escolar o el componente. Se tapa el
 
recipiente, se protege su contenido de la luz y se deja reposar 2 h a 37
±
2 °C.
 
 
Se separan a continuación las partes sólidas de la mezcla, primero por decantación, a continuación por
 
filtrado con un filtro (véase A2.2.3) y si es necesario, por centrifugado a 5000 rpm como máximo
 
(véase
 
A2.2.4). La separación se debe efectu
ar lo antes posible tras el peri
odo de reposo, el centrifugado no debe
 
superar los 10 min y debe mencionarse en el punto A6.0 e).
 
 
Si las soluciones resultantes deben conservarse durante más de 24 h, antes de ser analizadas deben
 
estabilizarse añadiendo ácido clorhídrico hasta que el pH de la solución que se vaya a conservar sea como
 
máximo 1,5
 
 
A4.6 Otros materiales, coloreados en la masa o no.
 
 
A4.6.1 Toma y preparación de la muestra
 
 
Se obtiene una muestra de ensayo de al menos 100 mg del material, de acuerdo con los apartados A4.2.1,
 
A4.3.1, A4.4.1 y A4.5.1, siendo apropiado cualquiera de ellos.
 
 
Si la muestra de laboratorio no es uniforme en su material, deberá obtenerse una muestra de ensayo a
 
partir de cada material diferente cuya masa sea superior a 10 mg. Cuando la masa de material uniforme esté
 
comprendida entre 10 mg y 100 mg la masa de la muestra de ensayo deberá mencionarse en el punto A6.0 e)
 
y la cantidad de elementos apropiados deberá calcularse como si se hubieran utilizado 100 mg de muestra
 
de
 
ensayo.
 
 
Si el material que se vaya a someter al ensayo está recubierto con un recubrimiento de pintura, barniz,
 
laca, tinta de imprenta o revestimiento similar, se sigue el método del apartado A4.1.1.
 
 
A4.6.2 Métodos de ensayo
 
 
Los materiales deben someterse al ensayo de acuerdo con el más apropiado de los métodos de los
 
apartados A4.2.2, A4.3.2, A4.4.2 y A4.5.2. El método utilizado debe mencionarse en el punto A6.0 e).
 
 
A4.7 Materiales destinados a dejar trazas
 
 
A4.7.1 Toma y preparación de la muestra para los materiales en forma sólida
 
 
Se obtiene una muestra de ensayo de al menos 100 mg de material, cortando fragmentos que en reposo
 
no deben tener dimensiones superiores a 6 mm.
 
 
Debe obtenerse una muestra de ensayo a partir de cada uno de los diferentes materiales destinados a
 
dejar trazas, presentes en la muestra de laboratorio cuya masa sea superior a 10 mg.
 Cuando la masa de
 
material esté
 comprendida entre 10 mg y 100 mg, la masa de la muestra de ensayo deberá mencionarse en el
 
punto A6.0 e) y la cantidad de los elementos correspondientes deberá calcularse como si se hubieran utilizado
 
100 mg de muestra de ensayo. Si el material contiene grasa, aceite, cera o sustancias similares, la muestra de
 
ensayo deberá colocarse en un filtro o papel endurecido y dichas sustancias deberán extraerse con n-heptano
 
(véase A2.1.5) o cualquier otro disolvente adecuado para su extracción. Deben realizarse mediciones
 
analíticas para garantizar que la extracción de estas sustancias es cuantitativa. La naturaleza del disolvente
 
utilizado debe mencionarse en el punto A6.0 e).
 
 
A4.7.2 Toma y preparación de la muestra para los materiales en forma líquida
 
 
Se obtiene una muestra de ensayo de, al menos, 100 mg del material a partir de la muestra de laboratorio.
 
Se autoriza la utilización de un disolvente adecuado para facilitar la obtención de la muestra de ensayo. Se
 
debe obtener una muestra de ensayo a partir de cada uno de los diferentes materiales destinados a dejar
 
 
traza, presente en la muestra de laboratorio, cuya masa sea superior a 10 mg. Cuando la masa del material
 
esté comprendido entre 10 mg y 100 mg, la masa de la muestra de ensayo deberá mencionarse en el punto
 
A6.0 e) y la cantidad de elementos correspondientes deberá calcularse como si se hubieran utilizado 100 mg
 
de muestra de ensayo. Si el material está destinado a solidificarse durante su uso normal o si contiene grasa,
 
cera o sustancias similares, la muestra de ensayo debe dejarse solidificar en las condiciones de uso normal.
 
El material resultante deberá colocarse en un filtro de papel endurecido y la grasa, el aceite, la cera o las
 
sustancias similares deberán extraerse con n-heptano (véase A2.1.5) o cualquier otro disolvente adecuado
 
para la extracción. Deben realizarse mediciones analíticas para garantizar que la extracción de estas
 
sustancias es cuantitativa. La naturaleza del disolvente utilizado debe menciona
r
se en el punto A6.0 e).
 
 
A4.7.3 Método de ensayo para muestras que no contengan grasa, aceite, cera o sustancias
 
similares
 
 
En un recipiente de tamaño adecuado (véase A2.2.6) se mezcla la muestra de ensayo así preparada con
 
50 veces su masa de una solución acuosa de HCl de 0.07 M a 37
±
2 °C. Si la masa de la muestra de ensayo
 
está comprendida entre 10 mg y 100 mg, se mezcla la muestra de ensayo con 5.0 ml de esta solución a
 
37
±
2°C. Se agita durante 1 min. Se verifica el pH de la solución.
 
 
Nota:
 Se podrá llevar a mayor volumen en el entendido de que en la validación del método se evidencie
 
que los equipos y materiales utilizados son adecuados para que se cumpla con la condición de detectar 1/10
 
de los valores máximos permitidos para cada elemento establecido en la norma.
 
 
Si la muestra de ensayo contiene importantes cantidades de derivados alcalinos, generalmente en forma
 
de carbonatos de calcio, se ajusta el pH entre 1,0 y 1,5 con HCl 6 M para evitar una disolución excesiva. El
 
volumen de ácido clorhídrico utilizado y su relación con el volumen de la solución deben mencionarse en el
 
punto A6.0 e). Si la cantidad de derivados alcalinos contenida en la mezcla es despreciable y si el pH de la
 
mezcla es superior a 1,5, se añade gota a gota sin dejar de agitar la mezcla, una solución acuosa de HCl 2 M
 
hasta que el pH esté comprendido entre 1,0 y 1,5. Se protege la mezcla de la luz. Se agita la mezcla
 
continuamente durante 1 h a 37
±
2 °C y se deja en reposo durante 1 h a 37
±
2 °C.
 
 
A4.7.4 Métodos de ensayo para las muestras que contengan grasa, aceite, cera o sustancias
 
similares
 
 
Se utiliza la muestra de ensayo que haya quedado en el filtro de papel endurecido. Se deja macerar la
 
muestra de ensayo así preparada en una masa de agua (véase A2.1.6) a 37
±
2 °C que corresponda a 25
 
veces la masa del material inicial, de modo que la mezcla resultante sea homogénea. Se traslada
 
cuantitativamente la mezcla a un recipiente de tamaño adecuado (véase A2.2.6). Se añade a la mezcla una
 
solución acuosa de HCl de 0,14 M a 37
±
2 °C, en la proporción de 25 veces la masa de la muestra de ensayo
 
inicial. Si la masa de la muestra de ensayo está comprendida entre 10 mg y 100 mg, se deja macerar la
 
muestra de ensayo en 2,5 ml de agua (véase A2.1.6). Se traslada cuantitativamente la mezcla a un recipiente
 
de tamaño adecuado (véase A2.2.6). Se añaden 2,5 ml de HCl de 0,14 M a 37
±
2 °C a la mezcla. Se agita
 
durante 1 min. Se verifica el pH de la solución. Si la muestra de ensayo contiene importantes cantidades de
 
derivados alcalinos, generalmente en forma de carbonatos de calcio, se ajusta 
el pH entre 1,0 y 1,5 con HCl
 
6
M para evitar una dilución demasiado importante. El volumen de ácido clorhídrico utilizado y su relación con
 
el volumen de la solución deben mencionarse en el punto A6.0 e).
 
 
Si la cantidad de derivados alcalinos contenida en la mezcla es despreciable y si el pH de la mezcla es
 
superior a 1,5 se añade gota a gota sin dejar de agitar la mezcla una solución acuosa de HCl de
 
aproximadamente 2 M (véase A2.1.3) hasta que el pH esté comprendido entre 1,0 y 1,5. Se protege la mezcla
 
de la luz. Se agita la mezcla continuamente durante 1h a 37
±
 2 °C y se deja reposar a continuación durante
 
1
 
h a 37
±
2 °C.
 
 
NOTA: 
El volumen de la solución de HCl de 0,07 M o de 0,14 M dependiendo de los casos, se calcula en
 
función de la masa de la muestra de ensayo antes del desengrasado.
 
 
Se preparan inmediatamente los sólidos de la mezcla. En primer lugar por filtrado (véase A2.2.3) y sí es
 
necesario, por centrifugado a 5000 rpm como máximo (véase A2.2.4). La separación se debe efectuar lo antes
 
posible después del periodo de reposo. El centrifugado no debe superar los 10 min y deben mencionarse en el
 
punto A6.0 e).
 
  
 
 
Si las soluciones restantes deben conservarse durante más de una jornada de trabajo antes de ser
 
analizadas, deberán estabilizarse añadiendo ácido clorhídrico hasta que el pH de la solución que se vaya a
 
conservar sea como máximo 1,5
 
 
A4.8 Materiales para moldear y modelar, incluidas las pastas para moldear y modelar, así como los
 
geles
 
 
A4.8.1 Toma y preparación de la muestra
 
 
Se obtiene una muestra de ensayo de al menos 100 mg de material a partir de la muestra de laboratorio.
 
Debe obtenerse una muestra de ensayo a partir de cada uno de los diferentes materiales presentes en la
 
muestra de laboratorio. Si el material contiene grasa, cera o sustancias similares, la muestra de ensayo
 
deberá colocarse en un filtro de papel endurecido y estas sustancias deberán extraerse con n-heptano
 
(véase
 
A2.1.5) o cualquier otro disolvente adecuado. Deben realizarse mediciones analíticas con el fin de asegurarse
 
de que la extracción de las sustancias en cuestión es cuantitativa. La naturaleza del disolvente utilizado debe
 
mencionarse en el punto A6.0 e).
 
 
A4.8.2 Métodos de ensayo para muestras que no contengan grasa, aceite, cera, o sustancias
 
similares
 
 
En un recipiente de tamaño adecuado (véase A2.2.6) después de haber desmenuzado, si es necesario, la
 
arcilla y los materiales terrosos, se mezcla la muestra de ensayo así preparada con 50 veces su masa de una
 
solución acuosa de HCl de 0,07 M a 37
±
2 °C. Se agita la mezcla durante 1 min. Se verifica el pH de la
 
solución. Si la muestra de ensayo contiene importantes cantidades de derivados alcalinos, generalmente en
 
forma de carbonatos de calcio, se ajusta el pH entre 1,0 y 1,5 con HCl de aproximadamente 6 M para evitar
 
una dilución excesiva. El volumen de ácido clorhídrico utilizado y su relación con el volumen de la solución
 
deben mencionarse en el punto A6.0 e). Si la cantidad de derivados alcalinos contenida en la mezcla es
 
despreciable y si el pH de la mezcla es superior a 1,5 se añade, gota a gota, sin dejar de agitar la mezcla, una
 
solución acuosa de ácido clorhídrico de aproxima
damente 2 M hasta que el pH esté
 comprendido entre 1,0 y
 
1,5. Se protege la mezcla de la luz. Se agita la mezcla continuamente durante 1 h a 37
±
2 °C y se deja reposar
 
a continuación durante 1 h a 37
±
 2 °C.
 
 
A4.8.3 Método de ensayo para las muestras que contengan grasa, aceite, cera o sustancias
 
similares
 
 
Se utiliza la muestra de ensayo que haya quedado en el filtro de papel endurecido. Se deja macerar la
 
muestra de ensayo así preparada en una masa de agua (véase A2.1.6) a 37
±
 2 °C que corresponda a 25
 
veces la masa del material inicial, de modo que la mezcla resultante sea homogénea. Se traslada
 
cuantitativamente la mezcla a un recipiente de tamaño adecuado (véase A2.2.6). Se añade a la mezcla la
 
solución acuosa de HCl de 0,14 M a 37
±
 2 °C en la proporción de 25 veces la masa de la muestra de ensayo
 
inicial. Se agita durante 1 min. Se verifica el pH de la solución. Si la muestra de ensayo contiene importantes
 
cantidades de derivados alcalinos, generalmente en forma de carbonatos de calcio, se ajusta el pH entre 1,0 y
 
1,5 con ácido clorhídrico de aproximadamente 6 M para evitar una dilución excesiva. El volumen de ácido
 
clorhídrico utilizado y su relación con el volumen de la solución deben mencionarse en el punto A6.0 e). Si la
 
cantidad de derivados alcalinos contenida en la mezcla es despreciable y si el pH de la mezcla es superior a
 
1,5 se añade gota a gota, sin dejar de agitar la mezcla, una solución acuosa de ácido clorhídrico de
 
aproxima
damente 2 M hasta que el pH esté
 comprometido entre 1,0 y 1,5. Se protege la mezcla de la luz. 
 
Se
 
agita la mezcla continuamente durante 1 h a 37
±
 2 °C y se deja reposar a continuación durante 1 h a 
 
37
±
2
 
°C.
 
 
NOTA:
 El volumen de la solución de HCl 0,07 M o HCl 0,14 M dependiendo de los casos, se calcula en
 
función de la masa de la muestra antes del desengrasado.
 
 
Se separan inmediatamente los sólidos de la mezcla, en primer lugar por filtrado (véase A2.2.3) y si es
 
necesario, por centrifugado a 5000 rpm como máximo (véase A2.2.4). La separación se debe efectuar lo antes
 
posible después del periodo de reposo. El centrifugado no debe superar los 10 min y debe mencionarse en el
 
punto 6.0 e).
 
  
 
 
Si las soluciones restantes deben conservarse durante más de una jornada de trabajo antes de ser
 
analizadas, deberán estabilizarse añadiendo ácido clorhídrico hasta que el pH de la solución que se vaya a
 
conservar sea como máximo 1,5
 
 
A4.9 Pinturas, incluidas las pinturas para dedos, barnices, lacas, polvos de esmaltar y sustancias
 
similares en forma sólida o líquida
 
 
A4.9.1 Toma y preparación de la muestra para los materiales en forma sólida
 
 
Se obtiene una muestra de ensayo de al menos 100 mg del material por raspado o cortando fragmentos,
 
que en reposo, no deben tener dimensiones superiores a 6 mm.
 
 
Debe obtenerse una muestra de ensayo para cada uno de los diferentes materiales, presentes en la
 
muestra de laboratorio, cuya masa sea superior a 10 mg. Cuando la masa de material esté comprendida entre
 
10 mg y 100 mg la masa de la muestra de ensayo deberá mencionarse en el punto A6.0 e) y la cantidad de
 
elementos apropiados deberá calcularse como si hubieran utilizado 100 mg de muestra de ensayo. Si el
 
material contiene grasa, aceite, cera o sustancias similares la muestra de ensayo deberá colocarse en un filtro
 
de papel endurecido y dichas sustancias deberán extraerse con n-heptano (véase A2.1.5) o cualquier otro
 
disolvente adecuado.
 
 
Deben realizarse mediciones analíticas para garantizar que la extracción de estas sustancias es
 
cuantitativa. La naturaleza del disolvente utilizado debe mencionarse en el punto A6.0 e).
 
 
Si la muestra de ensayo se obtiene por raspado, se pulveriza de modo que el material pueda pasar a
 
través de un tamiz metálico de 0,5 mm de abertura de malla (véase A2.2.1).
 
 
A4.9.2 Tomas y preparación de la muestra para los materiales en forma líquida a partir de la
 
muestra de laboratorio
 
 
Se obtiene a partir de la muestra de laboratorio una muestra de ensayo de al menos 100 mg de material.
 
Se autoriza la utilización de un disolvente adecuado para facilitar la obtención de la muestra de ensayo.
 
 
Se obtiene una muestra de ensayo a partir de cada uno de los diferentes materiales presentes en la
 
muestra de laboratorio, cuya masa sea superior a 10 mg.
 Cuando la masa de material esté
 comprendida entre
 
10 mg y 100 mg la masa de la muestra de ensayo deberá mencionarse en el punto A6.0 e) y la cantidad de
 
elementos apropiados deberá calcularse como si se hubieran utilizado 100 mg de muestra de ensayo. Si el
 
material está destinado a solidificarse con un uso normal y si contiene grasa, aceite, cera o sustancias
 
similares, se dejará solidificar la muestra de ensayo en condiciones de uso normal, el material resultante se
 
colocará en un filtro de papel y la grasa, el aceite, la cera o las sustancias similares deberán extraerse 
 
en n-
heptano (véase A2.1.5) o cualquier otro disolvente adecuado. Deben realizarse mediciones analíticas para
 
garantizar que la extracción de las sustancias en cuestión sea cuantitativa. Debe mencionarse en A6.0 e) la
 
naturaleza del disolvente utilizado.
 
 
A4.9.3 Método de ensayo para las muestras que no contengan grasa, aceite, cera o sustancias
 
similares
 
 
Se sigue el método de acuerdo con el apartado A4.7.3.
 
 
A4.9.4 Métodos de ensayo para las muestras que contengan grasa, aceite, cera o sustancias
 
similares
 
 
Se sigue el método de acuerdo con el apartado A4.7.4.
 
 
A5.0 Determinación de la cantidad de elementos biodisponibles
 
 
Para la determinación de la cantidad de elementos dados en el punto A1, deben ser aplicados los métodos
 
que tengan un límite de detección (véase A3.3) de 1/10 de los valores a determinar.
 
  
 
 
A6.0
 
Informe de la prueba
 
 
El reporte de la prueba contendrá al menos la siguiente información:
 
 
a)
    
Tipo de identificación del producto probado, esto incluye: nombre y descripción del producto, marca,
 
modelo, número de lote, país de origen y proveedor, en caso de que no se tenga el conocimiento de
 
alguno de estos detalles, se debe mencionar igualmente en el informe;
 
 
b)
    
La referencia de esta norma;
 
 
c)
    
Los métodos usados para determinar la cantidad de cada elemento presente;
 
 
d)
    
El resultado de las pruebas expresados en mg del elemento por kg de material (mg/kg),
 
ma
nifestando que el resultado está
 reportado respecto al elemento soluble;
 
 
e)
    
Los detalles del método utilizado para preparar la muestra de ensayo (incluido, por ejemplo, si se han
 
incorporado elementos del material base, si se ha tenido que recurrir a un centrifugado para separar
 
las partes sólidas de la solución antes del análisis, si se ha tenido que añadir ácido para bajar el pH y
 
el disolvente utilizado para extraer cualquier grasa, aceite, cera u otras sustancias similares en el
 
material del juguete o artículo escolar y si la muestra se ha tenido que ajustar a una concentración de
 
HCl 1 M para una conservación más allá de una jornada de trabajo); Para el caso de los materiales
 
señalados en el numeral A4.5, se debe incluir la descripción de las muestras (tipo de vidriado, color y
 
si presenta decoración y ubicación con fotografías; media de la altura interior y diámetro; volumen de
 
la sol
ución usada para la lixiviación;
 
 
f)
     
Cualquier desviación, por acuerdo o cualquier otra causa, de los procedimientos de prueba
 
especificados;
 
 
g)
    
Fecha de ensayo;
 
 
h)
    
Código de identificación interna del laboratorio.
 
 
APENDICE NORMATIVO B
 
 
 
CILINDRO PARA PARTES PEQUEÑAS
 
 
 
 
 
 
Figura 1. Cilindro para partes pequeñas
 
 
 
ANEXO 1
 
 
 
INDICACIONES PARA ANALIZAR LAS MUESTRAS DE JUGUETES Y ARTICULOS ESCOLARES
 
 
  
 
 
 
 
 
PRODUCTO
 
 
 
 
 
PARTES DEL PRODUCTO A ANALIZAR
 
 
 
 
 
 
 
ARTICULOS ESCOLARES
 
 
 
 
 
 
 
Lápices mecánicos o de puntillas individuales
 
 
 
 
 
Cuerpo o cilindro, tapa y puntilla
 
 
 
 
 
 
 
Lápices de grafito para escritura
 
 
 
 
 
Laca de recubrimiento, goma, anillo metálico y grafito de
 
todos los productos que integran la muestra
 
 
 
 
 
 
 
Lápices de colores en diferentes presentaciones
 
 
 
 
 
Grafito y recubrimiento
 
 
 
 
 
 
 
Acuarelas en diferentes presentaciones
 
 
 
 
 
Pastilla
 
 
 
 
 
 
 
Gises de colores
 
 
 
 
 
La pieza
 
 
 
 
 
 
 
Crayones
 
 
 
 
 
Crayón y papel que lo contiene (envoltura)
 
 
 
 
 
 
 
Plumones
 
 
 
 
 
Tapa, cuerpo, filtros de los colores, recubrimiento cuando
 
tengan
 
 
 
 
 
 
 
Gomas escolares
 
 
 
 
 
La pieza
 
 
 
 
 
 
 
Plastilinas y/o masas para moldear
 
 
 
 
 
La pi
eza
 
 
 
 
 
 
 
Temperas
 
 
 
 
 
El contenido del frasco de pintura
 
 
 
 
 
 
 
Pinturas de agua/acuarelas con accesorios
 
 
 
 
 
El contenido del frasco de pintura
 
 
 
 
 
 
 
Sacapuntas
 
 
 
 
 
La pieza completa (sin navaja)
 
 
 
 
 
 
 
Calcomanías de uso escolar
 
 
 
 
 
Pieza
 
 
 
 
 
 
 
Sellos
 
 
 
 
 
Cojín, goma del sello y cuerpo
 
 
 
 
 
 
 
Tijeras
 
 
 
 
 
La pieza
 
 
 
 
 
 
 
Pegamento
 
 
 
 
 
Envase y producto
 
 
 
 
 
 
 
Plumas
 
 
 
 
 
La pieza y tintas
 
 
 
 
 
 
 
JUGUETES
 
 
 
 
 
 
 
Muñecas
 
 
 
 
 
Cabello, cara, ojos (cuando tengan más de 1cm) cuerpo,
 
ropa, accesorios.
 
 
 
 
 
 
 
Figuras humanas con o sin articulaciones y accesorios
 
 
 
 
 
Recubrimiento y otros materiales.
 
 
 
 
 
 
 
Juegos de té
 
 
 
 
 
Recubrimiento y otros materiales
 
 
 
 
 
 
 
Sets de belleza incluidos aquellos para maquillar o pintar
 
ya sea el rostro o uñas.
 
 
 
 
 
Producto a aplicar, recubrimientos y otros materiales
 
coloreados.
 
 
 
 
 
 
 
Sets de joyería
 
 
 
 
 
Recubrimientos y materiales coloreados
 
 
 
 
 
 
 
Rompecabezas
 
 
 
 
 
Recubrimientos y materiales coloreados
 
 
 
 
 
 
  
 
 
 
  
 
 
 
 
 
 
Sets de joyería con o sin recubrimiento
 
 
 
 
 
Recubrimientos y colores
 
 
 
 
 
 
 
Yoyo, trompos
 
 
 
 
 
La pieza por color incluyendo accesorios
 
 
 
 
 
 
 
Coches de cualquier material con o sin fricción
 
 
 
 
 
Llanta, parte con recubrimiento por cada color o materiales
 
coloreados
 
 
 
 
 
 
 
Sonajas
 
 
 
 
 
Toda la pieza
 
 
 
 
 
 
 
Móviles
 
 
 
 
 
Toda la pieza
 
 
 
 
 
 
 
Burbujas
 
 
 
 
 
Tapa del frasco, recipiente, calcomanía en su caso, líquido
 
por cada color y aditamento con el cual se forma la burbuja
 
 
 
 
 
 
 
Pelotas
 
 
 
 
 
La pieza por color
 
 
 
 
 
 
 
Figuras de plástico inyectado
 
 
 
 
 
La pieza
 
 
 
 
 
 
 
Juguetes para playa
 
 
 
 
 
Los materiales coloreados y sus recubrimientos en su
 
caso.
 
 
 
 
 
 
 
Juguetes armables
 
 
 
 
 
1 parte de los bloques o piezas por cada color y material
 
 
 
 
 
 
 
Figuras de ficción con y sin cuerda, sin recubrimiento
 
 
 
 
 
1 pieza por figura
 
 
 
 
 
 
 
Juegos de cocina
 
 
 
 
 
Recubrimientos, materiales coloreados ya sean extendidas
 
y hondas, por color, las que se puedan desarmar y entren
 
en el cilindro de partes pequeñas
 
 
 
 
 
 
 
Calcomanías
 
 
 
 
 
Separar por cada color
 
 
 
 
 
 
 
Accesorios de andaderas
 
 
 
 
 
Recubrimiento y materiales coloreados
 
 
 
 
 
  
 
  
 
 
__________________________
 
 
  
 

## RESPUESTA a los comentarios recibidos
respecto del Proyecto de Norma Oficial Mexicana PROY-NOM-252-SSA1-2008, Salud
ambiental. Juguetes y artículos escolares. Límites de biodisponibilidad de
metales pesados. Especificaciones químicas y métodos de prueba, publicado el 27
de abril de 2010.

Tipo de publicación: respuestas

Relación con la ficha: historial

Fuente del documento: https://dof.gob.mx/normasOficiales/4687/salud2a/salud2a.htm

Recuperación pendiente o parcial; consultar el archivo y la fuente original.

[Documento con formato](/normas/nom-252-ssa1-2011/documentos/html-5db26519de7d8f7fdb7b502d0803a0b82a407d75462ff1f19eb84213296cbdde/)

