Ley [170_171215]
Articulo 5o
Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia
Artículo 5o. Para cumplir con sus objetivos, el Instituto se organiza:
- De acuerdo con sus funciones, en las áreas de:
- Investigación en Antropología, Arqueología e Historia.
- Conservación y Restauración de Bienes Culturales.
- Museos y Exposiciones.
- Docencia y Formación de recursos humanos en los campos de competencia del Instituto.
- De acuerdo con su estructura territorial, en Centros o Delegaciones Regionales; y
- De acuerdo con su estructura administrativa, en las unidades que el reglamento de establezca para el mejor desempeño de sus funciones.
Artículo reformado DOF