Ley [170_171215]
Articulo 8o
Ley Orgánica Del Instituto Nacional De Antropología E Historia
Artículo 8o. El Instituto contará con un Consejo General Consultivo que será presidido por el Director General y que estará integrado a partir de la representación de los Consejos de Area. Su conformación y funcionamiento serán regulados por el reglamento de .
Artículo reformado DOF