Ley [192]
Articulo 10
Ley Que Crea El Fondo De Garantía Y Fomento Para La Agricultura, Ganadería Y Avicultura
Artículo 10.- Todas las operaciones a que se refiere la sólo podrán efectuarse por conducto de las instituciones de banca múltiple, de las uniones de crédito, de los almacenes generales de depósito o de los demás intermediarios financieros no bancarios que determine la .
Artículo reformado DOF