Ley [202]
Articulo 1o
Ley Reglamentaria De La Fracción V Del Artículo 76 De La Constitución General De La República
Artículo 1o.- Corresponde exclusivamente a la Cámara de Senadores determinar que se ha configurado la desaparición de los poderes Legislativo, Ejecutivo y Judicial de un Estado y hacer la declaratoria de que debe nombrarse un gobernador provisional.