Ley [219]

Articulo 168

Reglamento Para El Gobierno Interior Del Congreso General De Los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 168.- Las leyes votadas por el Congreso General se expedirán bajo esta fórmula: “El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, decreta: (aquí el texto de la ley o decreto).” Cuando la ley se refiera a la elección de Presidente Interino de la República, la fórmula será la siguiente: “El Congreso de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que le da el artículo y el (según el caso), de la , declara:”

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