Ley [256]
Articulo 16
Ley De Transparencia Y De Fomento A La Competencia En El Crédito Garantizado
La comisión que se establezca por pago anticipado en la Subrogación de Acreedor en los Créditos Garantizados a tasa variable, no podrá ser superior al uno por ciento del monto remanente del crédito que falte por amortizar.