Ley [30]

Articulo 12

Ley De Contribución De Mejoras Por Obras Públicas Federales De Infraestructura Hidráulica

Artículo 12.- No son objeto de la :

    I- Las obras públicas para prestar el servicio público de agua potable, drenaje y alcantarillado realizados parcialmente con inversión estatal y municipal, con crédito interno y externo y parcialmente con subsidio federal, cuando se convenga que la inversión se recuperará a través del cobro de contribuciones o derechos estatales o municipales.
    II- Las obras públicas federales de control de ríos.
    III- Las obras públicas federales para el tratamiento de aguas residuales.
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