Ley [70]

Articulo 3º

Ley De Sociedades De Responsabilidad Limitada De Interés Público

Artículo 3º. La solicitud se presentará ante la Secretaría de Economía, la que otorgará o negará la autorización dentro del término de treinta días, contados a partir de la fecha en que reciba el ocurso acompañado del proyecto de escritura.

Artículo reformado DOF

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