Ley [70]
Articulo 3º
Ley De Sociedades De Responsabilidad Limitada De Interés Público
Artículo 3º. La solicitud se presentará ante la Secretaría de Economía, la que otorgará o negará la autorización dentro del término de treinta días, contados a partir de la fecha en que reciba el ocurso acompañado del proyecto de escritura.
Artículo reformado DOF