Ley [CNPCF]
Artículo 352 de Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Segundo TÍTULO Segundo CAPÍTULO III
Artículo 352. Al juicio oral sumario le resultan aplicables las disposiciones generales de Nacional, siempre que no contravengan lo previsto en este Capítulo.