Ley [CNPCF]

Artículo 352 de Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares

Texto íntegro, referencias y ley completa.

LIBRO Segundo TÍTULO Segundo CAPÍTULO III

Artículo 352. Al juicio oral sumario le resultan aplicables las disposiciones generales de Nacional, siempre que no contravengan lo previsto en este Capítulo.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias