Ley [CNPCF]
Artículo 794 de Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares
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Código Nacional De Procedimientos Civiles Y Familiares (CNPCF)
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LIBRO Quinto TÍTULO Primero CAPÍTULO II SECCIÓN Tercera
Artículo 794. De la resolución que niegue la declaración de formalidad de un testamento privado, pueden apelar el promovente y cualquiera de las personas interesadas en la disposición testamentaria.
De la que otorgue la declaración de formalidad, puede apelar el Ministerio Público.