Ley [LFDA]

Artículo 101 de Ley Federal Del Derecho De Autor

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 101.- Se entiende por programa de computación la expresión original en cualquier forma, lenguaje o código, de un conjunto de instrucciones que, con una secuencia, estructura y organización determinada, tiene como propósito que una computadora o dispositivo realice una tarea o función específica.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias