Ley [LFDA]
Artículo 101 de Ley Federal Del Derecho De Autor
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 101.- Se entiende por programa de computación la expresión original en cualquier forma, lenguaje o código, de un conjunto de instrucciones que, con una secuencia, estructura y organización determinada, tiene como propósito que una computadora o dispositivo realice una tarea o función específica.