Ley [LFPDPPP]
Artículo 42 de Ley Federal De Protección De Datos Personales En Posesión De Los Particulares
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 42. El plazo máximo para dictar la resolución en el procedimiento de protección de derechos será de cincuenta días, contados a partir de la fecha de presentación de la solicitud de protección de datos. Cuando haya causa justificada, la Secretaría podrá ampliar por una vez y hasta por un período igual este plazo.