Ley [LGS]

Artículo 186 de Ley General De Salud

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 186.- La Secretaría de Salud fomentará las actividades de investigación que permitan obtener la información que oriente las acciones contra el alcoholismo y el uso nocivo del alcohol, en los siguientes aspectos:

Párrafo reformado DOF

  1. Causas del alcoholismo y acciones para controlarlas.
  2. Efectos de la publicidad en la incidencia del alcoholismo y en los problemas relacionados con el consumo de bebidas alcohólicas;
  3. Hábitos de consumo de alcohol en los diferentes grupos de población y
  4. Efectos del abuso de bebidas alcohólicas en los ámbitos familiar social, deportivo, de los espectáculos, laboral y educativo.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias