Ley [LGS]
Artículo 309 de Ley General De Salud
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 309. Los horarios en los que las estaciones de radio y televisión y las salas de exhibición cinematográfica podrán transmitir o proyectar, según el caso, publicidad de bebidas alcohólicas, se ajustarán a lo que establezcan las disposiciones generales aplicables.
Artículo reformado DOF