Ley [LGS]

Artículo 309 de Ley General De Salud

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 309. Los horarios en los que las estaciones de radio y televisión y las salas de exhibición cinematográfica podrán transmitir o proyectar, según el caso, publicidad de bebidas alcohólicas, se ajustarán a lo que establezcan las disposiciones generales aplicables.

Artículo reformado DOF

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