Ley [LGS]

Artículo 60 quinquies de Ley General De Salud

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 60 quinquies.- Los integrantes del Sistema Nacional de Salud podrán suscribir los instrumentos jurídicos que permitan reconocer la competencia, procedimientos y determinaciones emitidas por la Comisión Nacional de Arbitraje Médico.

Artículo adicionado DOF

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