Ley [LIFNVT]

Articulo 22

Ley Del Instituto Del Fondo Nacional De La Vivienda Para Los Trabajadores

Artículo 22.- La persona titular de la Dirección General será nombrada por la persona titular de la Presidencia de la República y deberá actuar en su representación. Para ocupar dicho cargo, se requiere ser persona mexicana por nacimiento, de reconocida honorabilidad y experiencia técnica y administrativa.

Artículo reformado DOF

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