Ley [LIFNVT]

Articulo 25 bis 1

Ley Del Instituto Del Fondo Nacional De La Vivienda Para Los Trabajadores

Artículo 25 bis 1.- Son funciones del Comité de Transparencia, además de las establecidas en la Ley General y la Ley Federal en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública, las siguientes:

Párrafo reformado DOF

    I- Proveer lo necesario para que toda persona pueda tener acceso a la información de conformidad con la normatividad vigente del Instituto y apegada a los principios y políticas generales de la materia;
    II- Transparentar la gestión mediante la difusión de la información que genera el Instituto;
    III- Garantizar la protección de los datos personales en posesión del Instituto y el ejercicio de los derechos de acceso, rectificación, corrección y oposición;

Fracción reformada DOF

    IV- Favorecer la rendición de cuentas a las personas, de manera que puedan valorar el desempeño del Instituto;

Fracción reformada DOF

    V- Mejorar la organización, clasificación y manejo de los documentos;
    VI- Contribuir a la democratización de la sociedad mexicana y la plena vigencia del Estado de derecho;
    VII- (Se deroga).

Fracción derogada DOF

    VIII- Publicar un informe anual que contenga las actividades realizadas para garantizar el acceso a la información y remitir una copia del mismo al Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales.

Fracción reformada DOF

    VIIIas anteriores funciones se reglamentarán en la normatividad que en esta materia expida la Asamblea General.

Artículo adicionado DOF

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