Ley [LIF_2025_abro]

Artículo octavo de Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2025

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Ley De Ingresos De La Federación Para El Ejercicio Fiscal De 2025 (LIF_2025_abro)

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TRANSITORIOS

octavo..- En el ejercicio fiscal de 2025, la Secretaría de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria deberá publicar estudios sobre la evasión fiscal en México. En la elaboración de dichos estudios deberán participar instituciones académicas de prestigio en el país, instituciones académicas extranjeras, centros de investigación, organismos o instituciones nacionales o internacionales que se dediquen a la investigación o que sean especialistas en la materia. Sus resultados deberán darse a conocer a las comisiones de Hacienda y Crédito Público de ambas Cámaras del Congreso de la Unión, a más tardar 35 días después de terminado el ejercicio fiscal de 2025.

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