Ley [LNSIJPA]
Artículo 243 de Ley Nacional Del Sistema Integral De Justicia Penal Para Adolescentes
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Cuarto TÍTULO Ii CAPÍTULO VIII
Artículo 243. Procedencia del recurso de apelación
El recurso de apelación procederá en contra de las resoluciones que se pronuncien sobre:
- Modificación o extinción de la medida de sanción;
- Sustitución de la medida de sanción;
- Cumplimiento de la reparación del daño;
- Ejecución de las sanciones disciplinarias;
- Traslados;
- Afectación a los derechos de visitantes, defensores y organizaciones observadoras, y
- Las demás previstas en .