Ley [LRArt76_fracVI]
Articulo 11
Ley Reglamentaria De La Fracción Vi Del Artículo 76 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos
Artículo 11. La Cámara de Senadores dará trámite a toda solicitud de intervención, para lo cual deberá ceñirse a lo previsto en .