Ley [LRArt76_fracVI]

Articulo 25

Ley Reglamentaria De La Fracción Vi Del Artículo 76 De La Constitución Política De Los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 25. Si el poder remiso no rinde dicho informe o se niega al cumplimento de la resolución, ello será considerado, conforme a los artículos constitucionales , fracción I; , párrafo segundo y , párrafo primero, una violación grave a la , por lo que el Pleno de la Cámara de Senadores declarará su desacato para los efectos legales correspondientes.

TRANSITORIO

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