TÍTULO PRIMERO - Disposiciones generales · Capítulo único
ARTÍCULO 8. No se podrá realizar que propicie atentar o poner en riesgo la seguridad o integridad física o mental o dignidad de las personas.
REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Publicidad
TÍTULO PRIMERO - Disposiciones generales · Capítulo único
ARTÍCULO 8. No se podrá realizar que propicie atentar o poner en riesgo la seguridad o integridad física o mental o dignidad de las personas.