Reglamento [Reg_LGS_MPSAM]

Artículo 154 de REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley General de Salud en Materia de Prestación de Servicios de Atención Médica (Reg_LGS_MPSAM)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 154

CAPITULO IX - Disposiciones para la prestación de los servicios auxiliares de diagnóstico y tratamiento · SECCION SEGUNDA - De los Laboratorios

ARTICULO 154.- Los servicios a que se refiere el artículo anterior deberán contar con los medios necesarios para la toma, conservación y transporte de las muestras.

Ver artículo Markdown