Ley [28]
Artículo 20 de Ley De Comercio Exterior
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 20.- En todo caso, las mercancías sujetas a restricciones o regulaciones no arancelarias se identificarán en términos de sus fracciones arancelarias y nomenclatura que les corresponda conforme a la tarifa respectiva.