Ley [28]

Artículo 20 de Ley De Comercio Exterior

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 20.- En todo caso, las mercancías sujetas a restricciones o regulaciones no arancelarias se identificarán en términos de sus fracciones arancelarias y nomenclatura que les corresponda conforme a la tarifa respectiva.

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