Ley [28]

Artículo 22 de Ley De Comercio Exterior

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 22.- No se utilizarán permisos previos para restringir:

  1. La importación de mercancías en el caso previsto en la fracción V del artículo de , o
  2. La exportación, importación, circulación o tránsito de mercancías con el fin de cumplir con las disposiciones en materia de normas oficiales mexicanas.
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