Artículo 2o.- Las disposiciones de son de orden público y de aplicación en toda la República, sin perjuicio de lo dispuesto por los tratados o convenios internacionales de los que México sea parte. La aplicación e interpretación de estas disposiciones corresponden, para efectos administrativos, al Ejecutivo Federal por conducto de la .

Artículo reformado DOF

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 2o

Ampliar

Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 2o Llegan al 2o
  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Publicidad