Ley [88_200521]

Artículo 10 de Ley Del Instituto Nacional De Las Mujeres

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Del Instituto Nacional De Las Mujeres (88_200521)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 10.- El Instituto contará con los siguientes órganos de administración:

  1. La Junta de Gobierno;
  2. La Presidencia;
  3. La Secretaría Ejecutiva;
  4. El Consejo Consultivo;
  5. El Consejo Social, y
  6. La Contraloría Interna.
    VIa Presidencia y la Secretaría Ejecutiva contarán con las estructuras administrativas que se establezcan en el Estatuto Orgánico del Instituto.
Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad