Ley [88_200521]
Artículo 25 de Ley Del Instituto Nacional De Las Mujeres
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 25.- Las integrantes del Consejo Social durarán en su encargo tres años, pudiendo permanecer un periodo más. Las nuevas integrantes deberán representar a organizaciones distintas de las representadas en el periodo inmediato anterior. Al término de su encargo, el Consejo Social presentará un informe anual a la Junta de Gobierno.