Ley [CCF]
Artículo 2598 de Código Civil Federal
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Código Civil Federal (CCF)
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LIBRO Cuarto TÍTULO Noveno CAPÍTULO VI
Artículo 2598.- El mandante puede exigir la devolución del instrumento o escrito en que conste el mandato, y todos los documentos relativos al negocio o negocios que tuvo a su cargo el mandatario.
El mandante que descuide exigir los documentos que acrediten los poderes del mandatario, responde de los daños que puedan resultar por esa causa a terceros de buena fe.