Ley [LEPEPM]
Artículo 120 de Ley De La Empresa Pública Del Estado, Petróleos Mexicanos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 120.- En el cumplimiento de las obligaciones de difusión de información previstas en la y demás disposiciones aplicables en materia de transparencia y acceso a la información, Petróleos Mexicanos debe procurar que los informes o reportes se presenten de forma clara, sencilla, precisa, confiable y actualizada.