Ley [LESS]
Artículo 33 de Ley De La Economía Social Y Solidaria
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 33. Los Organismos de Representación deberán precisar claramente en sus estatutos su jurisdicción, así como los sectores económicos o las formas asociativas o solidarias que representan.
Artículo reformado DOF