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Ley De La Economía Social Y Solidaria (LESS)

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Ley De La Economía Social Y Solidaria

El texto fuente indica que esta ley fue publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2012. También señala texto vigente con última reforma publicada el 16 de abril de 2025. Las reformas recientes mantienen su enfoque como ley reglamentaria del artículo 25 constitucional en materia de Sector Social de la Economía.

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Resumen de la ley

La Ley De La Economía Social Y Solidaria regula el Sector Social de la Economía previsto en el artículo 25 constitucional. Establece principios, valores, formas de organización, apoyos públicos, mecanismos de fomento, evaluación y obligaciones para organismos de propiedad social como ejidos, comunidades, cooperativas, organizaciones de trabajadores y otras formas asociativas. Su finalidad es fortalecer una economía basada en solidaridad, cooperación, trabajo digno, democracia participativa, distribución equitativa del ingreso y desarrollo social. También organiza al Instituto Nacional de la Economía Social y al Consejo Consultivo encargado de acompañar la política pública del sector.

Economía social y solidaria. Sector social de la economía. Propiedad social y trabajo asociado. Cooperación, solidaridad y reciprocidad. Fomento productivo y financiamiento social. Desarrollo local y comunitario. Inclusión económica y empleo digno. Evaluación de programas públicos.

Lo esencial

Qué regula

  • El reconocimiento del Sector Social de la Economía.
  • Las formas de organización social de producción, distribución, consumo y financiamiento.
  • Principios, valores y prácticas de organismos del sector.
  • El Instituto Nacional de la Economía Social.
  • El Consejo Consultivo de Fomento de la Economía Social.
  • Programas, apoyos, estímulos y acciones de fomento.
  • Derechos y obligaciones de los organismos del sector.
  • Evaluación de políticas públicas de fomento.
  • Sanciones por simulación o uso indebido de beneficios.

A quién aplica

  • Ejidos, comunidades y organizaciones de trabajadores.
  • Sociedades cooperativas y empresas pertenecientes mayoritaria o exclusivamente a trabajadores.
  • Organismos del sector social dedicados a producción, distribución, consumo o financiamiento.
  • Personas integrantes de organizaciones de economía social.
  • Secretaría de Bienestar e Instituto Nacional de la Economía Social.
  • Consejo Consultivo de Fomento de la Economía Social.
  • Autoridades que otorguen apoyos, estímulos o programas de fomento.
  • Beneficiarios de recursos públicos destinados al sector.

Materias principales

  • Economía social y solidaria.
  • Sector social de la economía.
  • Propiedad social y trabajo asociado.
  • Cooperación, solidaridad y reciprocidad.
  • Fomento productivo y financiamiento social.
  • Desarrollo local y comunitario.
  • Inclusión económica y empleo digno.
  • Evaluación de programas públicos.
  • Simulación, responsabilidades y sanciones.

Derechos principales

  • Derecho de los organismos del sector a ser reconocidos y apoyados conforme a la ley.
  • Derecho a participar en programas de fomento si cumplen requisitos.
  • Derecho a organizarse bajo principios de solidaridad, cooperación y democracia.
  • Derecho a acceder a formación, información, gestión y beneficios sin discriminación.
  • Derecho a promover empleo, propiedad social y desarrollo comunitario.
  • Derecho a participar en mecanismos consultivos del sector.

Aplicación práctica

Autoridades relacionadas

  • Secretaría de Bienestar.
  • Instituto Nacional de la Economía Social.
  • Consejo Consultivo de Fomento de la Economía Social.
  • Consejo Nacional de Evaluación de la Política de Desarrollo Social.
  • Cámara de Diputados y Senado en materia de seguimiento legislativo.
  • Autoridades fiscales y administrativas cuando intervengan apoyos públicos.
  • Autoridades agrarias, cooperativas o de desarrollo social según el tipo de organismo.

Obligaciones principales

  • Los organismos deben respetar fines, valores, principios y prácticas de economía social.
  • Deben cumplir requisitos de constitución, registro o reconocimiento aplicables.
  • Deben usar apoyos públicos conforme a su destino autorizado.
  • Deben observar obligaciones administrativas, fiscales y de transparencia cuando reciban recursos.
  • Las autoridades deben fomentar, evaluar y transparentar la política pública del sector.
  • Quienes administren organismos deben evitar simulación o uso indebido de beneficios.

Trámites, procedimientos o acciones relacionadas

  • Constitución o registro de organismos del sector.
  • Reconocimiento como organismo del Sector Social de la Economía.
  • Solicitud de apoyos, estímulos o financiamiento social.
  • Participación en programas regionales, especiales o productivos.
  • Integración de información para evaluación de resultados.
  • Comprobación del uso de recursos públicos.
  • Participación en mecanismos consultivos.
  • Denuncia o revisión por simulación o beneficios indebidos.

Sanciones o consecuencias

  • La simulación para obtener beneficios puede generar sanciones.
  • El uso indebido de apoyos puede obligar a reintegro, cancelación o responsabilidades.
  • El incumplimiento de reglas administrativas o fiscales puede impedir recibir nuevos apoyos.
  • Los organismos que no cumplan requisitos pueden perder reconocimiento o acceso a programas.
  • Las personas administradoras pueden enfrentar responsabilidades por actos contrarios a la ley.
  • La información falsa o incompleta puede afectar evaluación, registro y elegibilidad.

Definiciones importantes

ConceptoSignificado en la ley
Sector Social de la EconomíaSistema socioeconómico integrado por organismos de propiedad social basados en solidaridad, cooperación y reciprocidad.
Organismos del sectorFormas de organización social como ejidos, comunidades, cooperativas, organizaciones de trabajadores y otras previstas por la ley.
SecretaríaSecretaría de Bienestar.
InstitutoInstituto Nacional de la Economía Social.
ProgramaPrograma de Fomento a la Economía Social.
ConsejoConsejo Consultivo de Fomento de la Economía Social.
Actividad económicaProducción, distribución, consumo o financiamiento realizado por organismos del sector.
Apoyos y estímulosInstrumentos públicos para promover constitución, desarrollo, consolidación o expansión de organismos sociales.
CatálogoRegistro o identificación de organismos que pueden ser reconocidos como parte del sector.
SimulaciónConducta de aparentar ser organismo del sector para obtener beneficios indebidos.
Consulta guiada

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Artículos clave
ArtículoPor qué importa
1Define la relación con el artículo 25 constitucional y el objeto de la ley.
2Establece mecanismos de fomento y fortalecimiento del sector.
3Define el Sector Social de la Economía.
4Enumera formas de organización que integran el sector.
8Describe fines de los organismos del sector.
9Contiene principios aplicables a la economía social.
10Establece valores del sector.
13Crea el Instituto Nacional de la Economía Social.
21Regula el Consejo Consultivo de Fomento de la Economía Social.
41Prevé reconocimiento de organismos del sector.
46Regula el Programa de Fomento a la Economía Social.
58Contiene sanciones por simulación.
Mapa de temas
TemaArtículos relacionadosPara qué sirve
Objeto de la ley1 a 3Entender qué es el Sector Social de la Economía y por qué se regula.
Formas de organización4 a 7Identificar qué entidades pueden formar parte del sector.
Fines, principios y valores8 a 11Revisar la orientación social, democrática y solidaria de los organismos.
Instituto Nacional de la Economía Social13 a 20Ubicar autoridad de fomento, funciones y recursos institucionales.
Consejo Consultivo21 a 30Conocer el órgano de consulta y participación del sector.
Organismos del sector31 a 45Revisar reconocimiento, derechos, estructura interna y obligaciones.
Programa de fomento46 a 48Entender apoyos públicos, estímulos y proyectos productivos.
Evaluación52 a 55Revisar seguimiento y medición de resultados.
Sanciones58Ubicar consecuencias por simulación o uso indebido de beneficios.
Plazos importantes
  • El Consejo Consultivo debe sesionar al menos cada seis meses.
  • La evaluación de la política de fomento se realiza en términos de los mecanismos previstos por la ley y por la autoridad evaluadora.
  • La evaluación del desempeño del sector debe considerar periodos plurianuales cuando así lo establezca la ley.
  • Los organismos beneficiarios deben cumplir oportunamente reglas administrativas, fiscales y de comprobación aplicables a los apoyos recibidos.
  • Los programas regionales o especiales se sujetan a los calendarios presupuestarios y reglas de operación que emitan las autoridades.

Preguntas frecuentes

¿De qué trata la Ley De La Economía Social Y Solidaria?

Regula organizaciones económicas de propiedad social, como cooperativas, ejidos, comunidades y otras formas asociativas, para fomentar producción, consumo, distribución y financiamiento con principios solidarios.

¿En qué casos puedo usar esta ley?

Puedes usarla para revisar si una organización pertenece al Sector Social de la Economía, cómo acceder a apoyos, qué obligaciones tiene y qué autoridades participan en su fomento.

¿Qué es el Sector Social de la Economía?

Es un sistema de organizaciones de propiedad social que operan con solidaridad, cooperación, reciprocidad, participación democrática y prioridad del trabajo y las personas.

¿Qué autoridad impulsa esta materia?

La Secretaría de Bienestar y el Instituto Nacional de la Economía Social participan en el fomento, promoción, fortalecimiento y seguimiento de organismos del sector.

¿Qué pasa si una organización simula pertenecer al sector?

Puede enfrentar sanciones y perder beneficios o apoyos públicos, además de otras responsabilidades si hubo uso indebido de recursos.

Aviso legal: Este contenido es informativo y creado por IA; no sustituye asesoría legal profesional.

Índice de artículos

Ley De La Economía Social Y Solidaria

65 artículos disponibles en LESS.

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LEY DE LA ECONOMÍA SOCIAL Y SOLIDARIA
(Antes “Ley de la Economía Social y Solidaria, Reglamentaria del Párrafo Octavo del Artículo 25 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en lo referente al sector social de la economía”)
Nueva Ley publicada en el Diario Oficial de la Federación el 23 de mayo de 2012
TEXTO VIGENTE

Última reforma publicada DOF 16-04-2025

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantes sabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO