Ley [LFCPo_190521]
Artículo 25 de Ley Federal De Consulta Popular
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 25. Cuando el escrito de solicitud de la consulta popular no señale el nombre del representante, sea ilegible o no acompañe ninguna firma de apoyo, la Cámara que corresponda prevendrá a los peticionarios para que subsane los errores u omisiones antes señalados en un plazo de tres días naturales, contados a partir de la notificación.
En caso de no subsanarse en el plazo establecido, se tendrá por no presentada.