Ley [LFD]
Artículo 195-k de Ley Federal De Derechos
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Artículos cercanos
Artículo 195-k .- Por la inscripción de los actos jurídicos en materia sanitaria, se pagará por cada registro, el derecho de inscripción, de conformidad con las siguientes cuotas:
Párrafo reformado DOF
- I- De cesión de derechos de autorizaciones sanitarias entre personas físicas $201.40
- II- De cesión de derechos de autorizaciones entre personas morales o entre personas físicas y morales $1,009.88
- III- (Se deroga).
Fracción derogada DOF