Ley [LFDA]

Artículo octavo de Ley Federal Del Derecho De Autor

Texto íntegro, referencias y ley completa.

TRANSITORIOS

octavo..- Los recursos financieros y materiales que están asignados a la Dirección General del Derecho de Autor serán reasignados al Instituto Nacional del Derecho de Autor, con la intervención de la Oficialía Mayor de la Secretaría de Educación Pública y de acuerdo a las disposiciones que al efecto dicte el Secretario de Educación Pública.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias