Artículo septimo

TRANSITORIOS

SEPTIMO.- Los recursos humanos con los que actualmente cuenta la Dirección General del Derecho de Autor, pasarán a formar parte del Instituto Nacional del Derecho de Autor. Los derechos de los trabajadores serán respetados conforme a la ley y en ningún caso serán afectados por las disposiciones contenidas en esta Ley.

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