Ley [LFDC]

Articulo 9o

Ley Federal De Los Derechos Del Contribuyente

Artículo 9o.- Sin perjuicio de lo establecido en el , los contribuyentes podrán formular a las autoridades fiscales consultas sobre el tratamiento fiscal aplicable a situaciones reales y concretas. Las autoridades fiscales deberán contestar por escrito las consultas así formuladas en un plazo máximo de tres meses.

Dicha contestación tendrá carácter vinculatorio para las autoridades fiscales en la forma y términos previstos en el .

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