Ley [LFDC]
Articulo 9o
Ley Federal De Los Derechos Del Contribuyente
Artículo 9o.- Sin perjuicio de lo establecido en el , los contribuyentes podrán formular a las autoridades fiscales consultas sobre el tratamiento fiscal aplicable a situaciones reales y concretas. Las autoridades fiscales deberán contestar por escrito las consultas así formuladas en un plazo máximo de tres meses.
Dicha contestación tendrá carácter vinculatorio para las autoridades fiscales en la forma y términos previstos en el .