Ley [LFIV_230518]

Artículo 8 de Ley De Fomento A La Industria Vitivinícola

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Ley De Fomento A La Industria Vitivinícola (LFIV_230518)

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Artículo 8. El Ejecutivo Federal, a través de sus dependencias y entidades, podrá suscribir convenios de coordinación con los gobiernos de las entidades federativas, y de los Municipios para el cumplimiento de los objetivos de esta Ley.

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