Ley [LFPPI]

Artículo 91 de Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Federal De Protección A La Propiedad Industrial (LFPPI)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 91.- Para obtener una patente deberá presentarse ante el Instituto una solicitud que cumpla con los requisitos previstos en esta Ley, en su Reglamento y demás disposiciones aplicables en la materia.

El expediente de la solicitud de patente será confidencial hasta el momento de su publicación, conforme al artículo 107 de esta Ley.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad