Ley [LFPSDMH]

Artículo 7 de Ley Federal Para Prevenir Y Sancionar Los Delitos Cometidos En Materia De Hidrocarburos

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Buscar artículo o término en esta ley

Ley Federal Para Prevenir Y Sancionar Los Delitos Cometidos En Materia De Hidrocarburos (LFPSDMH)

Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.

Artículo 7.- El Ministerio Público de la Federación y el Poder Judicial de la Federación, en el ámbito de sus respectivas competencias, conocerán sobre los delitos señalados en la presente Ley.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Publicidad