Ley [LFRCF_200521]
Artículo 102 de Ley De Fiscalización Y Rendición De Cuentas De La Federación
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 102.- La Comisión, a través de la Unidad, vigilará que el Titular de la Auditoría Superior de la Federación, los auditores especiales y los demás servidores públicos de la Auditoría Superior de la Federación en el desempeño de sus funciones, se sujetarán a lo establecido en la y a las demás disposiciones legales aplicables.